La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos extraordinarios presentados por la defensa de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner y dejó firme el decomiso de bienes dispuesto en el marco de la causa Vialidad.
La Cámara de Casación rechazó los recursos extraordinarios de la defensa y dejó firme la medida para recuperar más de $684 mil millones vinculados a la condena por administración fraudulenta.
La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos extraordinarios presentados por la defensa de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner y dejó firme el decomiso de bienes dispuesto en el marco de la causa Vialidad.
Con esta resolución, la Justicia evitó que el planteo llegara a la Corte Suprema y continuará con el proceso para recuperar bienes vinculados a la condena por administración fraudulenta en la obra pública vial. La medida alcanza un total de 111 bienes pertenecientes a la familia Kirchner y al empresario Lázaro Báez.
En el caso de los hijos de la exmandataria, Máximo Kirchner y Florencia Kirchner, la resolución incluye 19 propiedades recibidas por herencia o cesión.
La decisión también impacta sobre bienes y empresas vinculadas a Báez, en el marco del decomiso fijado en $684.990.350.139,86, monto que forma parte de la condena a seis años de prisión domiciliaria que cumple Cristina Kirchner.
La resolución fue adoptada por los camaristas Gustavo Hornos, Diego Barroetaveña y Mariano Borinsky. Este último votó en minoría a favor de habilitar parcialmente los recursos extraordinarios respecto de algunos bienes de Máximo y Florencia Kirchner, además de determinadas empresas ligadas a Báez.
Por mayoría, el tribunal rechazó todos los planteos. En su voto, Hornos sostuvo que “el decomiso de los beneficios de origen delictivo encuentra su fundamento en que el delito no constituye un título legítimo para generar riqueza jurídicamente reconocida”.
El magistrado también afirmó que se trata de un “ilícito comprobado” con condena firme y señaló que los delitos vinculados a la obra pública vial durante los gobiernos kirchneristas generaron “un flujo económico de magnitud extraordinaria en perjuicio del erario público”.
Respecto a los bienes heredados por Máximo y Florencia Kirchner, Hornos indicó que ya existía una “respuesta extensa, fundada y razonada” en instancias anteriores y rechazó el argumento de que el decomiso vulnera principios constitucionales como la legalidad, inocencia, culpabilidad o derecho de propiedad.
Además, remarcó que, aunque los hijos de la expresidenta no fueron juzgados penalmente en la causa, eso no impide el decomiso porque existe “una vinculación razonable entre los bienes y el provecho económico derivado del delito”.
En ese sentido, agregó que “la transmisión hereditaria o gratuita no neutraliza la posibilidad de ejecutar los bienes si éstos integran el circuito patrimonial alcanzado por el decomiso”.
Por su parte, Borinsky consideró inadmisible el recurso presentado por Cristina Kirchner, aunque sostuvo que debía habilitarse parcialmente la instancia extraordinaria respecto de algunos bienes relacionados con Máximo y Florencia Kirchner y determinadas empresas de Báez.
Según argumentó, algunos decomisos fueron ordenados “sin debido sustento normativo”, debido a que se apartaron de los parámetros temporales establecidos por el tribunal oral para determinar qué bienes podían ser alcanzados por la medida.
El juez hizo referencia particularmente a inmuebles adquiridos antes del 23 de abril de 2004, fecha fijada por el tribunal como inicio del período investigado para evaluar los bienes sujetos a decomiso.
Entre los bienes alcanzados figuran diez departamentos ubicados en Río Gallegos y cinco lotes del complejo hotelero Los Sauces, en Lago Argentino. En el caso de Báez, la resolución también involucra inmuebles pertenecientes a las empresas Kank y Costilla y Loscalzo y Del Curto.