Fue herido durante una marcha en defensa de los jubilados
Caso Pablo Grillo: la Cámara Federal confirmó el procesamiento del cabo Héctor Guerrero
La decisión ocurre tras la investigación por las gravísimas lesiones al fotógrafo durante la represión policial en marzo pasado.
La Cámara Federal confirmó este viernes el procesamiento del cabo Héctor Guerrero por las lesiones que le provocó al fotógrafo Pablo Grillo durante la represión policial en la marcha de jubilados. El documento lleva las firmas de los jueces Eduardo Farah, Martín Irurzun y Roberto Boico. Uno de los jueces planteó expresamente la necesidad de profundizar la investigación sobre la cadena de mando, es decir, quiénes habilitaron o hicieron posible el accionar que terminó con Grillo gravemente herido.
Guerrero, cabo primero de la Gendarmería, es acusado de haber disparado una granada de gas lacrimógeno que impactó en la cabeza del fotógrafo Pablo Grillo durante la marcha en defensa de los jubilados realizada el 12 de marzo pasado en las inmediaciones del Congreso. Los camaristas ratificaron la acusación por lesiones gravísimas y abuso de armas, ambos delitos agravados por abuso de su función como integrante de una fuerza de seguridad.
Por su parte, el camarista Roberto Boico planteó la necesidad de profundizar la investigación para determinar eventuales responsabilidades de las autoridades que intervinieron en el operativo, en especial en lo referido a la cadena de mando.
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Héctor Guerrero, el gendarme que le disparó a Pablo Grillo.
Según la resolución, Guerrero efectuó seis disparos con una pistola lanza gases, de manera “prácticamente horizontal” y en dirección a los manifestantes, entre las 17 y las 17.22. Uno de esos disparos impactó directamente en Grillo, quien sufrió fractura expuesta de cráneo y hematomas intracraneales, lesiones que, de acuerdo con el Cuerpo Médico Forense, “pusieron en riesgo su vida”.
El fallo remarcó que las imágenes incorporadas a la causa, junto con peritajes y reconstrucciones técnicas, muestran que el disparo que hirió al fotógrafo fue realizado “en forma directa –horizontal– hacia el conjunto de personas que se encontraban frente al cordón policial”, una modalidad que los jueces consideraron antirreglamentaria y altamente peligrosa.
En ese sentido, el Tribunal citó los manuales de uso del arma y estándares internacionales, que establecen que “nunca deben dispararse cartuchos de gas lacrimógeno directamente hacia una persona”, ya que su impacto puede provocar lesiones graves e incluso la muerte.
Caso Pablo Griilo: piden investigar las órdenes impartidas
Más allá de confirmar la responsabilidad penal provisoria de Guerrero, uno de los votos, el del juez Boico, puso especial énfasis en el contexto de protesta social en el que ocurrieron los hechos y sostuvo que el análisis del caso no puede limitarse a la conducta individual del tirador.
En esa línea, indicó que corresponde avanzar en la investigación sobre las decisiones operativas y órdenes impartidas, para establecer si existieron responsabilidades por parte de superiores jerárquicos que habilitaron o toleraron el accionar cuestionado.
De este modo, la causa no solo mantiene bajo proceso al gendarme imputado, sino que abre la puerta a la posibilidad de un análisis más amplio sobre el rol de las autoridades y el uso de la fuerza estatal, el denominado “Protocolo Bullrich “ en manifestaciones públicas. La Sal II de la Cámara, integrada por los jueces Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico, dejó al gendarme Guerrero a un paso del juicio oral.