miércoles 25 de febrero de 2026
Análisis

Reforma a la Ley Glaciares: todo tiene que ver con todo

Por Ing. de Paisajes Claudia Marcela Romero

El paisaje como sistema: la escala de análisis que la reforma ignora

La bióloga María Cristina Morláns definió el paisaje como el nivel de organización superior al ecosistema: un sistema dinámico donde los elementos físicos, biológicos y antrópicos se relacionan entre sí de manera funcional e interdependiente. No es la suma de las partes. Es la relación entre ellas (Morláns, 2005).

Ese marco conceptual es fundamental para entender porqué la reforma propuesta en el proyecto PE-161/25 tiene un error de base: trata los glaciares y las geoformas periglaciales como elementos individuales que pueden evaluarse y protegerse uno por uno, según los identifique la autoridad provincial. Un sistema no funciona así. Intervenir una parte afecta al todo.

En el primer análisis de fragmentación del paisaje aplicado al territorio catamarqueño se demostró que cuando una matriz paisajística se fragmenta, los parches que la componen quedan aislados y los corredores que los conectan desaparecen. En ecosistemas frágiles, esa fragmentación no produce daño parcial y localizado: produce degradación sistémica (Romero, 2009). El periglacial catamarqueño es exactamente ese tipo de sistema.

Qué es el ambiente periglacial en Catamarca y por qué importa

Catamarca recibe entre 50 y 200 milímetros de precipitación anual en la Puna y la alta cordillera. En ese contexto de aridez extrema, los glaciares y el ambiente periglacial —suelos congelados, permafrost y glaciares de roca o glaciares de escombros— son los principales reguladores hidrológicos de cuencas áridas.

Los glaciares de escombros son invisibles desde la ruta pero funcionalmente críticos: pueden contener entre un 35% y un 70% de hielo en su interior y en los Andes Áridos pueden aportar entre el 25% y el 50% del caudal total de los ríos en años de sequía, cuando la demanda de agua es más alta y las precipitaciones no alcanzan (IANIGLA-CONICET, 2019).

La Dra. Ana Lía Ahumada, investigadora del IANIGLA-CONICET, publicó inventarios de glaciares de escombros activos e inactivos en las subcuencas del río Andalgalá, del río Santa María y de la ladera occidental del Aconquija, documentando su presencia a menos de 700 metros del yacimiento minero Agua Rica en el departamento Andalgalá (IANIGLA, 2018).

El Inventario Nacional de Glaciares, completado y presentado por el IANIGLA en 2018, identificó, ubicó y caracterizó morfológicamente los cuerpos de hielo del país. En diciembre de 2024 se publicó la primera actualización para los Andes Desérticos, que incluye Catamarca. Lo que nunca se realizó es el paso siguiente: el estudio de la contribución hidrológica efectiva de cada geoforma periglacial inventariada. Se sabe dónde están y cuántos son. No se sabe cuánta agua aporta cada uno ni cómo funciona cada sistema. Es exactamente esa determinación de función hídrica la que la reforma le encomienda a las provincias (IANIGLA-CONICET, 2024).

El sistema hídrico completo: de la cumbre al mar

Los glaciares y el periglacial son el primer eslabón de un sistema hídrico continuo. El deshielo lento y sostenido se infiltra a través de la roca fracturada y recarga los acuíferos subterráneos. Esos acuíferos alimentan los ríos en épocas de sequía. Esos ríos dan agua a las ciudades, a la agricultura y a las comunidades (Crespo, IANIGLA-CONICET, s.f.).

En Catamarca ese sistema funciona en tres cuencas principales. La cuenca del río Abaucán, con 351 glaciares documentados y el Campo de Hielo Pissis, da agua a Tinogasta y Fiambalá. La subcuenca del río Andalgalá pertenece a la cuenca endorreica del Salar de Pipanaco: el uso humano y agrícola del agua ocurre en el tramo superior de la subcuenca, antes de que los excedentes alcancen el salar. Los glaciares de escombros documentados por Ahumada en las nacientes del Nevado del Candado (Aconquija, 5.450 msnm) son los que regulan ese caudal. La cuenca del río Santa María, que nace en glaciares del límite entre Catamarca y Salta, riega el Valle de Yocavil y las comunidades del departamento Santa María e integra un sistema hídrico interprovincial que finalmente drena en la cuenca del Paraná.

El sistema no se detiene en Catamarca. Los nevados del Aconquija alimentan el sistema Salí-Dulce a través de sus afluentes en Tucumán. Esa cuenca, que recibe aportes hídricos de Catamarca, Tucumán y Salta en sus nacientes, atraviesa cinco provincias —Catamarca, Tucumán, Salta, Santiago del Estero y Córdoba— abasteciendo a cerca de 2,5 millones de personas. Cuando se debate la protección de los glaciares catamarqueños, se está debatiendo el agua de millones de personas que viven aguas abajo.

Los acuíferos: el agua que nadie inventarió

Debajo de la superficie, en los acuíferos fracturados de la Puna y la cordillera catamarqueña, existe agua acumulada durante miles y en algunos casos cientos de miles de años. Una revisión científica reciente sobre la antigüedad de los acuíferos argentinos determinó que en los sistemas andinos existen aguas de entre 6.000 y más de un millón de años de antigüedad. Los acuíferos confinados más antiguos no tienen conexión con la superficie y no reciben recarga. Son recursos no renovables a escala humana. Lo que se extrae no vuelve (Martínez et al., 2024).

En las cuencas endorreicas de la Puna —cuencas cerradas sin salida al mar donde la evaporación supera entre cinco y siete veces a las precipitaciones— ese problema se agrava: no hay entrada de agua desde otras cuencas. Lo que se pierde, se pierde definitivamente (CONICET-INALI, s.f.).

Los humedales del altiplano catamarqueño se encuentran entre los ecosistemas menos estudiados desde un punto de vista científico, debido a la dificultad de acceso, los costos del muestreo y la falta de especialistas en la zona. El conocimiento científico disponible sobre estos sistemas nació a partir de preguntas que las propias comunidades realizaron durante la construcción de un acueducto para una empresa minera (CONICET-INALI, s.f.).

El dato más significativo en este contexto es que los gobiernos de Catamarca y Salta firmaron un Memorando de Entendimiento con la Oficina de Investigaciones Geológicas y Mineras de Francia (BRGM) y la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD) para estimar la recarga de acuíferos en los salares donde se produce litio, precisamente porque no existen inventarios de los recursos hídricos subterráneos en el altiplano catamarqueño (Ámbito Financiero, 2024). No hay con qué medir lo que se está perdiendo porque nadie midió lo que había.

Contaminación cruzada entre acuíferos: el mecanismo que nadie explica

Cuando se extrae salmuera del salar, se genera un diferencial de presión hidrostática que induce el flujo del acuífero dulce adyacente hacia el salino. El agua dulce migra para equilibrar la presión y queda salinizada en el proceso, inutilizable para consumo humano y para riego. Se pierden los dos: el agua fósil extraída del salar y el agua dulce que migró para reemplazarla.

Este proceso, conocido como contaminación cruzada entre acuíferos, fue señalado en el expediente judicial Nº054/2022 ante la Corte de Justicia de Catamarca como uno de los riesgos documentados de la extracción minera en el Salar del Hombre Muerto (Argento, 2022; Corte de Justicia de Catamarca, 2024).

La reforma PE-161/25: qué cambia exactamente

La Ley 26.639 vigente protege glaciares y ambiente periglacial de manera automática. Las prohibiciones de minería, industria e infraestructura existen desde el momento en que existe el glaciar o la geoforma periglacial. La carga de prueba pesa sobre quien quiere intervenir.

El proyecto PE-161/25 modifica ese principio en tres puntos críticos. El nuevo artículo 6° establece que las prohibiciones aplican solo a los glaciares y ambientes periglaciales que la autoridad provincial haya identificado previamente como portadores de función hídrica. Sin identificación previa, no hay protección. El nuevo artículo 8° otorga a la autoridad provincial la potestad exclusiva de esa identificación —la misma provincia que es socia del 60% del yacimiento MARA-Agua Rica a través de Yacimientos Mineros Aguas de Dionisio, y que su propio Tribunal Superior señaló por autorizar proyectos mineros sin conocer el funcionamiento real de las cuencas hídricas afectadas—. El nuevo artículo 3° bis establece que un glaciar o geoforma periglacial puede ser retirado del Inventario Nacional si la autoridad competente constata que no cumple funciones hídricas, sin mecanismo automático de revisión nacional vinculante.

La inversión de la carga de prueba que produce esta reforma, en un territorio sin inventario de acuíferos y con un inventario glaciar incompleto, equivale a proteger lo que se pueda identificar y dejar sin protección todo lo que el conocimiento científico disponible aún no alcanzó a documentar.

La Ley General del Ambiente: lo que ninguna reforma puede derogar

La Ley 25.675 General del Ambiente establece en su artículo 28 que quien cause daño ambiental es objetivamente responsable de su restablecimiento al estado anterior. Si eso no es técnicamente posible, debe indemnizar. Su artículo 31 establece que esa responsabilidad es solidaria entre todos los que participaron de las decisiones que produjeron el daño, incluyendo las autoridades que otorgaron autorizaciones. Es una ley de presupuesto mínimo de jerarquía constitucional. Ninguna modificación a la Ley de Glaciares puede derogar ese principio.

Conclusión

El territorio que esta reforma pone en riesgo no es un espacio vacío. Es un sistema vivo, funcionando, habitado.

El Sitio Ramsar Lagunas Altoandinas y Puneñas de Catamarca, designado el 2 de febrero de 2009 con el número 1865 de la lista mundial, comprende 1.228.175 hectáreas en los departamentos Antofagasta de la Sierra, Belén y Tinogasta. Incluye las lagunas Aparejos, Las Tunas, Azul, Negra, Verde y Tres Quebradas —esta última en el área directa de operación del Proyecto Tres Quebradas de la empresa Zijin-Liex—. El Convenio Ramsar, ratificado por Argentina mediante la Ley 23.919, obliga al Estado a promover la conservación y el uso racional de los humedales incluidos en la lista, y a consultar con otros Estados signatarios cuando las actividades puedan afectar sus características ecológicas. En ese territorio viven el 18% de la población mundial de parina chica y el 6% de la parina grande. Viven también el gato andino en peligro de extinción, la chinchilla en peligro crítico y la Telmatobius hauthali, rana endémica exclusiva de Catamarca (Ramsar, 2009).

Las vegas son la unidad ecológica clave de ese sistema: la fuente de agua dulce y forraje para toda la fauna silvestre y doméstica de la región. Las plantas que crecen en ellas son forraje, artesanía, construcción, medicina y alimento. Son la base material de una forma de vida que lleva siglos en ese territorio (Instituto Multidisciplinario de Biología Vegetal, CONICET-UNC, 2022).

Las comunidades que habitan ese paisaje —menos de 700 personas en Antofagasta de la Sierra— organizan toda su existencia en torno a esos hilos de agua que nacen en el periglacial. Su ganadería trashumante de llamas y ovinos sigue las vegas. Sus tejidos y artesanías dependen de ese ganado. Su cultura, su identidad y su economía están construidas sobre el mismo sistema hídrico que la minería extrae y que la reforma desprotege.

En marzo de 2024, la Corte de Justicia de Catamarca, en el expediente Nº054/2022, ordenó la realización de un estudio de impacto ambiental acumulativo e integral y dispuso que los ministerios provinciales competentes se abstuvieran de otorgar nuevos permisos hasta su realización, con el fin de considerar los efectos sobre el paisaje, la fauna, la flora, el clima y las condiciones de vida de las comunidades afectadas (Corte de Justicia de Catamarca, 2024). Ese fallo existe porque el Estado provincial autorizó proyectos sin conocer el funcionamiento real del sistema que estaba autorizando intervenir. La reforma propone darle a ese mismo Estado la potestad de identificar qué merece protección.

La ecología del paisaje enseña que en sistemas frágiles no existe el daño localizado. La fragmentación de un elemento afecta la funcionalidad de todo el sistema (Morláns, 2005; Romero, 2009). Los glaciares, el periglacial, los acuíferos fósiles, las cuencas endorreicas, las vegas, los salares, las lagunas Ramsar, la biodiversidad endémica y las comunidades que organizan su vida en torno a esos hilos de agua no son recursos individuales que puedan evaluarse y protegerse uno por uno. Son un sistema. Y ese sistema sostiene el agua de Andalgalá, de Tinogasta, de Fiambalá, de Santa María, de Antofagasta de la Sierra y de los 2,5 millones de personas que viven aguas abajo, en las cinco provincias de la cuenca Salí-Dulce.

Modificar la ley que protege ese sistema entregándole la potestad de identificación a quien tiene conflicto de interés para ejercerla, sobre un inventario científico incompleto y sin inventario de acuíferos, no es una adecuación normativa. Es una decisión con consecuencias irreversibles sobre un sistema que no admite reparación parcial.

La tierra nunca olvida. Y alguien tendrá que pagar las consecuencias.

Las consecuencias ambientales irreversibles trasladan costos económicos, sociales y jurídicos a las generaciones futuras.

Referencias

Ámbito Financiero. (2024, octubre). Catamarca y Salta firmaron acuerdo con Francia para estudiar acuíferos en salares de litio. Recuperado de https://www.ambito.com

Argento, M. (2022). Litio, agua y territorios en la Puna argentina. IEALC/UBA-CONICET. Recuperado de https://transicionverde.es/wp-content/uploads/2022/11/Melisa_Argento.pdf

CONICET-INALI. (s.f.). Agua y humedales del altiplano de Catamarca. Recuperado de https://santafe.conicet.gov.ar/agua-y-humedales-del-altiplano-de-catamarca-conociendo-estos-valiosos-ecosistemas/

Corte de Justicia de Catamarca. (2024, 13 de marzo). Sentencia Interlocutoria N°8. Expediente Nº054/2022, Guitian, Román E. c/ Poder Ejecutivo Nacional y Otro s/ Acción de Amparo Ambiental. Recuperado de https://juscatamarca.gob.ar/PDF/FalloAmbiental.pdf

Crespo, S. (s.f.). Aportes de aguas glaciales y periglaciales en cabeceras de cuencas de los Andes Centrales. IANIGLA-CONICET. Recuperado de https://ianigla.conicet.gov.ar/aportes-de-aguas-glaciales-y-periglaciales-en-cabeceras-de-cuencas-de-los-andes-centrales/

IANIGLA-CONICET. (2018). Informe final subcuenca Río Andalgalá. Inventario Nacional de Glaciares. Recuperado de http://glaciaresargentinos.gob.ar

IANIGLA-CONICET. (2019). Comunicado institucional del IANIGLA-CONICET. Recuperado de https://ianigla.conicet.gov.ar/comunicado-institucional-del-ianigla-conicet/

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Instituto Multidisciplinario de Biología Vegetal, CONICET-UNC. (2022). Guía de plantas de vegas de Antofagasta de la Sierra. Córdoba: CONICET.

Martínez, D. E., Quiroz-Londono, O., Basaldua, A., Solana, X., Alcaraz, E., Bertolin, L., y Glok-Galli, M. (2024). The groundwater age of the Argentine aquifers: A review and paleoclimate insight. Groundwater for Sustainable Development. https://www.sciencedirect.com/science/article/abs/pii/S2352801X24003254

Morláns, M. C. (2005). Introducción a la ecología del paisaje. Editorial Científica Universitaria, UNCA. ISSN 1852-3013. Recuperado de https://editorial.unca.edu.ar/Publicacione%20on%20line/Ecologia/imagenes/pdf/001-Introd-ecologia-del-paisaje.pdf

Morláns, M. C. (s.f.). Regiones naturales de Catamarca, provincias geológicas y provincias fitogeográficas. Editorial Científica Universitaria, UNCA. ISSN 1852-3013. Recuperado de https://editorial.unca.edu.ar/Publicacione%20on%20line/Ecologia/imagenes/pdf/006-fitogeografia-catamarca.pdf

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Ramsar. (2009). Ficha técnica Sitio Ramsar N°1865: Lagunas Altoandinas y Puneñas de Catamarca. Recuperado de https://rsis.ramsar.org/es/ris/1865

Romero, C. M. (2009). Evolución de la fragmentación del paisaje en el Valle Central de Catamarca, período 1973-2007 (Directora: Morláns, M. C.). Editorial Científica Universitaria, UNCA. ISSN 1852-3013. Recuperado de https://editorial.unca.edu.ar/Publicacione%20on%20line/Ecologia/imagenes/pdf/cap-III.pdf

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