domingo 7 de diciembre de 2025
EL MIRADOR POLÍTICO

Los blindajes del sistema

“Amalaya la justicia,

vidita, los abogados.

Cuando la ley nace sorda

no la compone ni el diablo”

Chacarera del Expediente

Gustavo “Cuchi” Leguizamón

La Sala Penal de la Corte de Justicia declaró la prescripción de la causa por la Tragedia de la Alcaidía y absolvió por “insubsistencia de la acción penal” a los cuatro efectivos policiales acusados.

Principios jurídicos de incontrastable vigencia se aplicaron para garantizarles a los encartados el derecho a ser juzgados en un plazo razonable, pero tal meticulosidad privó de la más elemental justicia a los deudos de Franco Ezequiel Nieva, Nelson Alfredo Orlando Molas, Nelson Nahuel Fernández y Franco Alejandro Sosa, los cuatro adolescentes que murieron el 9 de septiembre de 2011, incinerados en una celda en la que permanecían detenidos en flagrante contravención a las leyes.

La Sala Penal de la Corte ordenó establecer responsabilidades por la mora judicial que precipitó la prescripción de la causa por la tragedia de la Alcaidía La Sala Penal de la Corte ordenó establecer responsabilidades por la mora judicial que precipitó la prescripción de la causa por la tragedia de la Alcaidía

La conmoción que provocó el siniestro acontecimiento sacudió al sistema que los tenía tan eficazmente arrumbados y alejados de la vista de las buenas conciencias catamarqueñas. Para la autodenominada parte sana de la sociedad, los marginales son un pretexto ubicuo: sirven tanto para echarles la culpa por la inseguridad, como para desenfrenar llegado el caso culposos reproches a las burocracias que los torturan o los matan. Es tan típico como terapéutico para el espíritu. ¿Alzará alguien un responso por los muertos de la Alcaidía en el ritual mariano? El obispo Luis Urbanc, por caso, aprovechando la presencia de lo más granado del poder terrenal.

El “mea culpa” judicial

La sentencia será objetada por el Ministerio Público Fiscal, que interpondrá un recurso extraordinario para tratar de llegar a la Corte Suprema de Justicia. Mientras, reluce como un acabado ejemplo de injusticia: amparó al poder policial homicida y dejó a la intemperie a sus víctimas.

La causa se cierra por mero paso del tiempo. Es decir: la Justicia no determinó si las cuatro muertes obedecieron, como mínimo, a una negligencia criminal de los policías.

Los reaseguros del sistema funcionaron a la perfección gracias a los operadores judiciales.

La sentencia de la Sala Penal, redactada por la ministra Fernanda Rosales Andreotti, lo advirtió y giró el expediente a la Secretaría de Sumarios de la Corte “para que se inicien las tareas dirigidas a determinar la responsabilidad de quienes actuaron en el proceso”.

Quiere decir que la impunidad no quedó firme. La propia Corte quedó habilitada para revertirla, identificando a los culpables de la prolongada mora que precipitó la prescripción, que son fiscales y jueces.

Es una disposición que corresponde destacar. Rosales Andreotti admitió que la ley no le dejaba margen para negarles el sobreseimiento a los encartados, pero señaló que hay responsables de haber allanado ese callejón sin salida y cargó sobre la Secretaría de Sumarios la tarea de individualizarlos y, eventualmente, sancionarlos.

La pena que les podría haber correspondido a los imputados era como máximo de cinco años. El hecho punible se produjo hace más de 14, la causa se elevó a juicio hace 10, el debate se suspendió en nada menos que siete oportunidades, de las cuales solo tres –menos de la mitad- son atribuibles a recursos de la defensa.

La defección del Poder Judicial es palmaria. El fallo tiene la decencia de consignarlo y administrar los medios para sancionarla, la Procuración apelará.

Contraste político

La actitud asumida por los funcionarios judiciales contrasta con el generalizado silencio de la política, siempre tan dispuesta a emitir declaraciones y polemizar por cualquier nimiedad.

Es otra defección, sobre todo si se considera el autoboicot del Jury de Enjuiciamiento en los procesos que complicaban al fiscal Hugo Costilla por su desempeño en causas relacionadas con las criptoestafas, que ni siquiera llegaron a hacerse.

Más curioso resulta este mutismo en cuanto se advierte que, el mismo día en que se divulgó la sentencia, El Ancasti publicó un informe del Comité Nacional para la Prevención de la Tortura con conclusiones lapidarias sobre la conducta de las fuerzas de seguridad catamarqueñas y las condiciones de alojamiento de los réprobos en los destacamentos policiales y la cárcel.

El Comité expresó su contrariedad por la falta de avances en sugerencias que había formulado a todas las autoridades provinciales en 2022 y su sorpresa por el quelónico trámite de las investigaciones administrativas y penales referidas a abusos policiales.

Las facciones políticas de mayor peso en la escena provincial se abstuvieron de cualquier opinión al respecto.

“Escenario inaceptable”

La distracción colectiva en el caso del informe del Comité contra la Tortura engranó con la indiferencia ante los fundamentos de la sentencia sobre la Tragedia de la Alcaidía, que eximen de comentarios.

Para la Sala Penal de la Corte, el Poder Judicial debe responder “como parte responsable de la desidia, inacción y falta de voluntad evidenciadas en estos años en los que, a pesar de que la causa estaba lista para la realización del debate, éste no se hizo”.

“Desde que la causa fue enviada a juicio se sumió en un letargo que hizo mella en los involucrados. Querellantes e imputados en estado de incertidumbre sin fin, concurriendo sistemáticamente a sede del Juzgado donde se les informaba que la audiencia se había suspendido nuevamente. Este escenario es inaceptable”, dice el fallo.

“El devenir del expediente a partir de su elevación a juicio no deja otra alternativa que cuestionar el compromiso de los operadores jurídicos actuantes con la declamada tutela judicial efectiva a la que estamos obligados constitucional y éticamente”, concluye.

El contraste Rojas

No hay demasiados precedentes de abdicaciones funcionales atribuidas a operadores judiciales con tanta nitidez en una sentencia del máximo tribunal de la Provincia. Resta saber la receptividad de la corporación judicial a tamañas críticas y su disposición a enmendarlas.

La prescripción de la Tragedia de la Alcaidía tomó estado público dos días antes de que se cumpliera el tercer aniversario del asesinato del ministro Juan Carlos Rojas. La efeméride coincidió con un nuevo allanamiento a los depósitos de Desarrollo Social, previa ampliación del testimonio del actual ministro, Gonzalo Mascheroni, de la que no surgieron más elementos de valor que los que ya obran en el expediente. Mascheroni les facilitó a sus interrogadores la totalidad de sus chats con su asesinado antecesor, cosa que no se sabe si era necesaria porque el fiscal Costilla, a cargo de la pesquisa, ofició en su celo a la propia sede de Google en los Estados Unidos para descular los teléfonos relacionados de alguna manera con la causa.

Ahora cifra expectativas en un “ateneo interdisciplinario” que se realizará en Córdoba, del que participarán especialistas de toda laya. Solo falta un “médium” para una sesión de espiritismo.

Bien está que se agoten todas las medidas tendientes a esclarecer el crimen, pero es llamativo que no haya avances en otra causa, instigada por la familia del occiso, para indagar en torno a eventuales maniobras de encubrimiento.

La investigación del Caso Rojas, a cargo del fiscal Hugo Costilla, multiplica medidas que no alcanzan a enfocar lo que la sentencia de la Tragedia de la Alcaidía sí enfoca: la conducta de los operadores del sistema y sus posibles responsabilidades en el derrotero de los expedientes.

¿Hubo encubrimiento en el Caso Rojas o se asiste a los resultados de la lisa y llana incompetencia? El interrogante, a tres años del asesinato, no ha sido despejado.

El misterio abre otra pregunta, vinculada con la voluntad de despejarla: ¿Existe, o están operando los reaseguros del sistema que con tanta claridad expuso la Sala Penal de la Corte?

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