miércoles 11 de septiembre de 2024
Editorial

Derechos vulnerados

La celebración del Día Internacional de las Poblaciones Indígenas, conmemorada ayer 9 de agosto, es una oportunidad propicia para analizar cómo en nuestro país, que ostenta un marco legal de avanzada en el reconocimiento de los derechos de los pueblos originarios, muchos de esos postulados no se cumplen, o se cumplen apenas parcialmente.

La fecha mencionada fue proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1994. El propósito es destacar los aportes culturales, sociales, económicos y de cuidado del medio ambiente de las comunidades aborígenes, pero también sensibilizar respecto de los problemas y padecimientos que enfrentan permanentemente.

En la Argentina los derechos de los pueblos originarios están contemplados expresamente en la Constitución Nacional. La reforma de 1994 reconoció la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos, pero además garantiza el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconoce la personería jurídica de sus comunidades y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan, regula la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; y asegura su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten.

Pero, además, desde la recuperación de la democracia se han aprobado numerosas leyes que les reconocen a las comunidades originarias el derecho a la educación, a la salud, al acceso a la tierra, a la entrega de los restos de antepasados que se encuentran en museos, entre otros.

Finalmente, existen normas internacionales que protegen a las comunidades indígenas y a las que ha adherido Argentina, como la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos Indígenas y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que dice que los gobiernos están obligados a respetar la relación especial que los indígenas tienen con sus tierras y que esos pueblos tienen derecho a utilizar, administrar y conservar los recursos naturales que existan en sus tierras.

Sin embargo, el reconocimiento formal de estos derechos no significa que se respeten. Las personas que se reconocen como pertenecientes a pueblos originarios suelen ser discriminadas y sus derechos al acceso a la educación o a la salud muy limitados. El acceso a la propiedad comunitaria de las tierras en las que habitan no siempre es respetado, lo mismo que la participación en la gestión referida a los recursos naturales.

El corolario de esta falta de reconocimiento en la práctica de los derechos de los pueblos originarios es que la inmensa mayoría de las personas que integran este colectivo se encuentran en la indigencia o la pobreza.

De modo que la sanción de normas que consagran esos derechos es insuficiente: es imprescindible además que se generen políticas que garanticen su cumplimiento efectivo.

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