miércoles 26 de marzo de 2025
A más de una semana del acuerdo de reparación

La Corte de Justicia guarda silencio sobre los sobreseimientos pagos

A pesar de la presión política, el máximo tribunal no emitió ninguna opinión. El Ministerio Público ya se pronunció al respecto.

A una semana de conocerse el acuerdo que avaló la Justicia y que permitió el sobreseimiento total y definitivo de los cuatro hombres que estuvieron imputados por el asalto en Parque América, no se conoce opinión alguna de la Corte de Justicia de la Provincia.

El escándalo de las absoluciones pagas generó la indignación de varios referentes de la política que apuntaron no solo al fiscal Hugo Costilla, quien propuso el acuerdo, y al juez de control de Garantías, Héctor Maidana, quien lo homologó, sino a todo el sistema judicial provincial.

Ante esta situación, el Ministerio Público Fiscal (uno de los órganos que componen el Poder Judicial), salió a dar su opinión al respecto indicando que analizará la medida tomada por su miembro, el fiscal Costilla. Sin embargo, el otro miembro del Poder Judicial, la Corte de Justicia, no ha dicho nada al respecto. Hasta la fecha, el tribunal ha mantenido el silencio y no realizado ninguna acción al respecto, a pesar de tener el poder de superintendencia de los juzgados inferiores.

Por el sobreseimiento total y definitivo de Guillermo Hernán Nieva (34), Diego Marcelo Arroyo (44), Camilo Alberto Carrizo (34) y Fernando Ariel Pacheco (40), quienes estaban acusados de asaltar a uno de los procesados de la causa RT Inversiones SRL, Matías Exequiel Rolón Reynoso, varios referentes de la política salieron a cuestionar la medida. El primero fue el diputado Hugo Ávila (Frente Amplio Catamarqueño), quien afirmó que “el mismo fiscal (por Costilla) que tiene impune el crimen de Rojas (el ministro de Desarrollo Social), aprueba un acuerdo privado entre partes, donde los damnificados al recibir una contribución pecuniaria de parte de esta banda de asaltantes se extingue la acción penal y les dan el sobreseimiento definitivo a personas que podrían haber ido 15 años presos. Es decir, si tenés plata, quedás libre. Si no tenés plata, vas preso”.

Luego se sumó el diputado nacional Francisco Monti (UCR), quien afirmó que con la medida se sienta un grave precedente en el contexto social de las criptoestafas. Pidió que el Procurador y la Fiscalía General aclaren esta situación que terminó en un acuerdo entre partes.

Ante la presión política, el procurador general, Tristán Lobo, y el fiscal General, Alejandro Gober, emitieron un comunicado en el que informaron que se revisará el acuerdo que avaló la Justicia y que permitió el sobreseimiento total y definitivo de los cuatro hombres que estuvieron imputados por el asalto en Parque América. No obstante, aclararon que las actuaciones de la Fiscalía en el caso y en otros hechos similares no son vinculantes, por lo que la responsabilidad final es exclusiva del juez.

En el comunicado, los funcionarios judiciales explicaron “los criterios que orientan la actuación funcional del organismo en relación con los Acuerdos de Reparación previstos en el artículo 59 inciso 6 del Código Penal”. En este sentido, indicaron que esta modalidad “se encuentra autorizada por ley en el marco de un proceso penal, el cual, una vez homologado por el tribunal, produce la extinción de la acción en contra del imputado buscando poner fin al conflicto a través de una indemnización aceptada por la víctima”.

No obstante ello, aclararon que, “conforme a las obligaciones internacionales asumidas por el Estado argentino, leyes nacionales y provinciales de víctimas que guían al Ministerio Público, las fiscalías se oponen a la homologación de acuerdos de reparación cuando se trata de hechos cometidos contra niños, niñas y adolescentes; hechos de violencia de género o sexual contra mujeres y personas LGBTIQ+; hechos cometidos contra adultos mayores o personas en situación de vulnerabilidad, hechos motivados por discriminación racial, religiosa, política, física o de salud mental de las víctimas, reincidentes; hechos cometidos por funcionarios públicos o en perjuicio de la administración pública”.

“Tratándose específicamente de delitos contra la propiedad sin violencia grave a la víctima (hurto, robo, estafas, daños), cuando las partes presentan un acuerdo de reparación, la Fiscalía del caso realiza una evaluación jurídica y criminal sobre la procedencia del mismo, además de proveer a la víctima de la información y asesoramiento acerca de las consecuencias legales del convenio", explicaron.

En este contexto, señaló que el dictamen previo que debe emitir el fiscal, “ya sea a favor o en contra del convenio, no resultará vinculante para el Tribunal” y que en el caso particular del ataque en Parque América, el Ministerio Pública advirtió que "se realizará el correspondiente control funcional de las actuaciones a través de la Fiscalía General".

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