martes 11 de noviembre de 2025
Narcotráfico en el Servicio Penitenciario Provincial

Varias defensas pidieron anular el juicio a la banda del "Niño J"

Defensores de un taxista, de un guardiacárcel y de un chofer casaron la sentencia en la Cámara Federal de Comodoro Py.

Los abogados defensores de al menos tres de los 10 integrantes de la banda del "Niño J" realizaron ayer sus presentaciones ante la Cámara Federal de Casación Penal de Comodoro Py, solicitando que se declare la nulidad de la sentencia emitida por los jueces del Tribunal Oral Federal (TOF), o que absuelvan a sus asistidos por beneficio de la duda.

Los recursos de casación fueron realizados por los abogados Sebastián Ibáñez y Ariel Díaz Sosa, defensores del único de los tres guardiacárceles condenado, Lucas Francisco Brandán (33); Pedro Vélez en representación del taxista Ariel Magno Brandán (49) y Juan Pablo Morales en defensa del chofer Raúl Apud (48).

En sus escritos, los abogados coincidieron en la pretensión de que se declare la nulidad absoluta del fallo o se dicte la absolución por el beneficio de la duda. El juicio terminó a fines de octubre. Por decisión unánime, el TOF, presidido por el juez Enrique Lilljedahl, condenó al guardiacárcel y a otras siete personas, al tiempo que absolvió a dos vigilantes.

Fueron declarados reincidentes y condenados a siete años de prisión: Jacobo Eliseo Jiménez, alias “Niño J” (31); su padre, Mario Roque Jiménez, alias "Coqui" (61); Raúl Apud; Kevin Emanuel Barros (27) y Cristian Miqueas Barros (31). Lucas Brandán fue sentenciado a siete años de cárcel mientras que el taxista Magno Brandán fue condenado a tres años y seis meses de prisión, y Dayana Giselle Sarmiento (31) recibió tres años de condena, al aplicarse el criterio de "perspectiva de género".

Paralelamente, los jueces absolvieron a los guardiacárceles José Alberto Molina (43) y Jorge Raúl Valdez (49) por el beneficio de la duda. Lucas Brandán fue declarado culpable de "comercialización de estupefacientes triplemente agravado por la participación de tres o más personas en forma organizada, por haber sido cometido por un funcionario público encargado de la guarda de presos y por haber sido cometido en el interior de un lugar de detención".

En casación, su defensa advirtió que hubo dos graves falencias en la sentencia al no haber pruebas contundentes que demuestren la supuesta actividad ilegal que se le endilgó y porque “fue condenado por un hecho distinto al que se lo acusó, al que se agregaron datos que lo volvieron nulo de nulidad absoluta al violar el derecho de defensa durante el juicio”. "El derecho de defensa se basa, entre otras cosas, en el principio de congruencia por el cual el hecho por el que el hombre fue acusado debe ser el mismo por el que es condenado, y el Tribunal no lo puede cambiar. Si lo hace, está violando el derecho de defensa porque el acusado no se pudo defender. El sospechoso termina siendo juzgado por una acusación y condenado por otra", explicaron desde la defensa a cargo de Ibáñez y Díaz Sosa. Consideraron que a Brandán lo acusaron de distribuir droga dentro del penal de Miraflores, aduciendo que la ingresaba el Niño J y Brandán la distribuía de celda en celda a cambio de dinero porque era celador. “El Tribunal lo condenó por eso y además porque, según los jueces, permitía el ingreso de la sustancia, agregando así actos materiales a la acusación que nunca le fueron descriptos ni notificados", agregaron.

Remarcaron que el supuesto ingreso de la droga no le fue atribuido en la acusación realizada por el Ministerio Público Fiscal, y por eso plantearon la nulidad absoluta de la sentencia. Además, pidieron la absolución por beneficio de la duda argumentando que las pruebas en las que se basó el Tribunal "no permiten llegar a un mínimo de certeza que exige la norma para condenar".

Por su parte, el defensor Pedro Vélez realizó los dos planteos, de nulidad y absolución por falta de pruebas para su pupilo Magno Brandán, quien fue condenado como "partícipe secundario de transporte de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas en forma organizada".

El abogado Morales, en defensa de Apud, condenado a 7 años de prisión, con declaración de reincidencia", por "comercialización de estupefacientes doblemente agravado por la participación de tres o más personas en forma organizada y por haber sido cometido en el interior de un lugar de detención, en concurso real con el delito de transporte de estupefacientes agravado por la participación de tres o más personas en forma organizada”, reiteró la falta de pruebas que vinculen a su asistido con el guardiacárcel Brandán.

Remarcó además que el caso se basó en "grabaciones de conversaciones y suposiciones entre integrantes de las fuerzas de seguridad, que no encuentran corroboración para arribar a la certeza exigida" para emitir sentencia. Por otra parte dijo que no se secuestraron drogas en el penal, lo que pone en “duda razonable” todo el procedimiento investigativo que derivó en el juicio ante el TOF. Al igual que los demás defensores, planteó la nulidad del fallo y pidió que sea revocado, señalando que en todo el debate el estado de inocencia de su asistido "no fue destruido, prevaleciendo la duda razonable" que da sostén al pedido de absolución.

Lo que viene

La Justicia Federal tiene tres días para conceder el recurso y elevarlo a la Cámara de Comodoro Py, donde el expediente podría llegar a permanecer como mínimo seis meses, hasta que los jueces se expidan. Entre las tres posibles resoluciones a las que arribaría la Cámara de Casación son: podría rechazar el recurso y confirmar las condenas.

Otra opción sería que haga lugar al pedido de nulidad absoluta de las sentencias, lo que provocaría la realización de un nuevo un juicio con un nuevo tribunal. Esta solución evidenciaría un grueso error por parte del los jueces que dictaron sentencia. La tercera posibilidad es que si los jueces no hacen lugar al planteo de nulidad pero sí al pedido la absolución, dispongan absolver a los acusados por el beneficio de la duda. En el caso del guardiacárcel Brandán, si Casación lo absolviera sin anular la sentencia, podría haber consecuencias importantes en las condenas de otros sentenciados.

Seguí leyendo

Te Puede Interesar