domingo 12 de abril de 2026
El crimen de Miguel Ángel Ferreyra

"Nada permite pensar que estamos ante un caso de legítima defensa"

Se conocieron los fundamentos del juez Vaccaroni, quien dictó la prisión preventiva de Castro y Murúa.

El martes 10 de octubre de 2023, el juez de Control de Garantías Nº 3, Lucas Vaccaroni, dictó la prisión preventiva de Jorge Castro y Mónica Murúa, los dos acusados de haber asesinado a Miguel Ángel Ferreyra. Con el paso de los días, se conocieron las razones por los cuales el magistrado resolvió que los imputados continúen detenidos.

Entre sus fundamentos, Vaccaroni señaló que en la audiencia la defensa de Castro y Murúa, ejercida por los abogados Arturo Herrera Basualdo y Jorge Bracamonte (h), planteó que “estaríamos en presencia de una causa de justificación de las acciones de ambos imputados. Castro por legítima defensa y Murúa por legítima defensa a favor de terceros”.

En este sentido, añadió que del análisis del material probatorio “nada permite pensar que estamos en presencia de un caso de legítima defensa. Es más, no se explicó en audiencia cuál sería la agresión actual e inminente que repelieron los imputados y que llevaron a agredir a Ferreyra”.

Luego, remarcó que hasta el momento se aprecian dos estados de situación. “La primera, una pelea entre Castro y Ferreyra a orillas de un canal y luego de ello Castro se retira. Y en un segundo estado, el regreso tiempo después de Castro y su madre Murúa a efectos de agredir a Ferreyra, provocándole posteriormente la muerte mediante una puñalada”, siguió.

Vaccaroni destacó que no advierte “los presupuestos necesarios para reconocer que existe una causa de justificación”.

Este tema puntual está relacionado con un presunto episodio al que hizo referencia la defensa, en el que Ferreyra y otras personas habían atacado a Castro en minutos previos al crimen.

En síntesis, para el juez la defensa “habló de posibles lesiones y de posibles causas de justificación, pero no dio suficientes argumentos para ello”.

Por otra parte, consideró que el fiscal de Instrucción Nº 2, Laureano Palacios, quien está a cargo de la investigación del homicidio, “ha dado suficientes argumentos y prueba para sostener la existencia del hecho y la participación en el mismo por parte de los imputados, cada uno con sus roles asignados por el fiscal”. También remarcó que “la estructura del caso sostenida por el Ministerio Público Fiscal (MPF) y en adhesión a la parte querellante es suficiente para sortear esta etapa procesal. Los argumentos vertidos por la defensa, tanto del hecho como de posibles cambios de calificación legal, no son suficientes”.

Vaccaroni contempló el hecho de que Castro y Murúa se domicilian cerca del lugar de los hechos y donde reside la familia de Ferreyra, “lo que motiva que Castro y Murúa continúen privados de su libertad a los efectos de que estos no intenten contactarse con ellos para amedrentarlos”.

Para el juez es necesario mantener privados de la libertad a los imputados, “ya que de obtener la libertad en estos momentos podrían entorpecer la investigación contactándose con los testigos, influenciándolos. Lo que se pretende preservar es la naturalidad y la espontaneidad de los testimonios vertidos por estas personas durante estas etapas de investigación y hasta, si corresponde, el juicio oral y público”.

Vaccaroni puso énfasis en que la defensa de Castro y Murúa se refirió a que la imputación de los hechos realizada por Palacios es equivocada y consideró que “no le asiste razón a la defensa, ya que el MPF funda la existencia del hecho en un abanico probatorio importante. Lo que advierto es que la defensa tiene una visión diferente de los hechos conforme lo relata el MPF, pero no ha logrado, propio del nivel de análisis de esta instancia procesal, poder contrarrestarlo o ponerlo en tela de juicio”.

El funcionario judicial señaló la existencia de dos actas de visualización de videos, proceso en el que se observaron las imágenes que captaron las cámaras de seguridad del suceso.

“De las mismas se puede advertir que la secuencia de los hechos coincide en mayor o menor medida con lo relatado por testigos y con la prueba rendida”, agregó.

En definitiva, consideró que de todo el material recolectado por Palacios “surge que el hecho tal cual lo manifestara el fiscal y en adhesión la parte querellante ha existido, y los imputados han participado en él. Y, además, la calificación legal que actualmente el MPF les adjudica a las acciones emprendidas por Castro y Murúa, por el momento, son contestes con lo ocurrido”.

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Caso

Miguel Ángel Ferreyra fue asesinado el domingo 10 de septiembre de 2023. Lo mataron de una puñalada en el pecho. Sucedió en el barrio 140 viviendas, en el departamento Valle Viejo.

Para la Fiscalía, Castro apuñaló a la víctima. Murúa y Castro están acusados por el hecho. Palacios imputó a Castro por el delito de “homicidio simple en calidad de autor” y a Murúa, por “homicidio simple en calidad de partícipe secundaria”.

El martes 10 de octubre, el juez Vaccaroni dictó la prisión preventiva para Castro y Murúa. Castro está encarcelado en el Servicio Penitenciario Provincial (SPP) en Miraflores, departamento Capayán. En tanto, Murúa está detenida con prisión domiciliaria por su cuadro de hipertensión.

Por esta razón, está previsto que se realice la junta médica de Murúa para determinar si podrá o no ser alojada nuevamente en la Unidad de Mujeres Nº 2.

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