La defensa de Mónica Beatriz Murúa y Jorge Roberto Castro, madre e hijo condenados por el crimen de Miguel Ángel “Látigo” Ferreyra, presentaron un recurso de casación, a fin de revocar el veredicto popular. La defensa, representada por los abogados del foro local Jorge Rafael Bracamonte (h) y Gabriel Quiroga Barros presentaron el planteo. La Sala Penal de la Corte de Justicia deberá resolver.
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Madre e hijo presentaron recurso para revocar condena
Jorge Roberto Castro fue condenado a 10 años de prisión y Mónica Beatriz Murúa, a cinco años y seis meses.
En diciembre último, en juicio por jurados, un grupo de 12 vecinos halló a Castro culpable en el delito de “homicidio simple”, en calidad de autor y a su madre, como partícipe secundaria del mismo delito. En audiencia de cesura de pena, el juez director Silvio Martoccia fijó una condena de 10 años para el hijo y de cinco años y seis meses para la madre.
En septiembre de 2023, en El Bañado, Valle Viejo, “Látigo” Ferreyra y Castro tuvieron un altercado. La discusión escaló rápidamente a una pelea y el desenlace fue trágico; Castro apuñaló a Ferreyra en el tórax con una cuchilla tipo carnicero, produciéndole la muerte. La víctima tenía 30 años, estaba casado y tenía hijos.
"Nosotros, el jurado encontramos al acusado, Jorge Roberto Castro, culpable del delito de ‘homicidio simple, en calidad de autor, por unanimidad". Respecto a Murúa: "Culpable del delito de ‘homicidio simple’, en calidad de partícipe secundaria, por unanimidad", resolvió el jurado popular.
En audiencia de cesura de pena, el magistrado impuso una condena de 10 para Castro y de cinco años y seis meses para Murúa. "Si bien el jurado descartó la inimputabilidad y afirmó la capacidad de comprender la criminalidad del acto, no puede soslayarse que dicha condición incide como factor atenuante en el juicio de culpabilidad, al disminuir su capacidad de autodeterminación sin excluirla", advirtió el juez.
Esta distinción fue crucial. Castro podía comprender que matar estaba mal, pero su condición mental reducía su capacidad de autodeterminación. No era inimputable pero merecía una atenuación en la pena.
"La pena requerida por el Ministerio Público Fiscal para el imputado Castro se presenta como razonable y ajustada a los criterios del Código Penal", fundamentó. Descartó el mínimo legal de ocho años solicitado por la defensa, considerando que no lograba refutar las circunstancias agravantes debidamente acreditadas. A la vez, rechazó los 17 años pedidos por la querella. En un párrafo aparte, remarcó que la querella no está alcanzada por el deber de objetividad del fiscal, pero ello "no la exime de la carga de argumentar y justificar adecuadamente el quantum de pena solicitado, más aún si se aparta significativamente del pedido fiscal".
Contradicción
Con relación a Murúa, el juez director Silvio Martoccia rechazó los pedidos de pena de fiscal y querella para Mónica Beatriz Murúa, madre de Jorge Castro, y la condenó a 5 años y seis meses de prisión. En los fundamentos, cuestionó duramente a los acusadores por sostener durante el juicio que era partícipe secundaria, pero luego pretender agravantes que la equipararían al autor del homicidio. "Esto es manifiestamente inadmisible", advirtió.
Martoccia fue implacable al analizar los argumentos del Ministerio Público Fiscal y la querella particular respecto a la condena de Murúa. En párrafo aparte, se señaló que los acusadores "incurren en una grosera incongruencia con sus propios actos".
Para el Ministerio Público Fiscal, Murúa tuvo una participación que, aunque legalmente no fue decisiva, "en términos fácticos impidió claramente que el contrincante, único al que atacaron, pudiera retirarse". A la vez, se solicitó siete años de prisión para Murúa.
La querella particular fue aún más lejos. El querellante Ibáñez pidió 10 años de prisión, prácticamente el máximo dentro de la escala disminuida. Para Ibáñez, Murúa era una persona mayor, la madre de Castro, y con una palabra podría haber evitado todo: la muerte de Ferreyra y la situación de ellos ante la ley penal y la Justicia.
En tanto que el defensor Bracamonte construyó una narrativa radicalmente diferente. "El eje central de la defensa es que la señora Murúa salió en defensa de su hijo con discapacidad", insistió una y otra vez durante el juicio y en la audiencia de cesura.
El juez valoró también la edad de Murúa (52 años al momento del hecho), su bajo nivel de instrucción y, especialmente, la ausencia total de antecedentes penales. A diferencia de Castro, que al menos tenía alguna entrada registrada en comisarías, Murúa no tenía ni siquiera un ingreso policial previo.
Trámite
Los abogados de la defensa, Jorge Rafael Bracamonte (h) y Gabriel Quiroga Barros presentaron el recurso y éste fue remitido a la Sala Penal de la Corte de Justicia para que resuelva.