Una mujer que cada vez que salía de su casa, ubicada cerca de la terminal de una línea de colectivos en el barrio de La Boca, se cruzaba con un grupo de choferes que la molestaban, la miraban de manera intimidante, le hacían comentarios denigrantes sobre su cuerpo y a veces hasta la insultaban, radicó la denuncia correspondiente y la causa finalmente fue a juicio.
Las situaciones de acoso comenzaron en enero de 2020, se repitieron durante más de dos años e impactaron en su vida cotidiana, ya que para esquivar los malos tratos cambió todas sus rutinas.
La denuncia fue por acoso sexual callejero, hostigamiento e intimidación.
En el caso tomó intervención la Fiscalía especializada en género del Fuero Penal, Contravencional y de Faltas N°32, a cargo de la Carolina Zanni. Con la colaboración de la denunciante, el equipo de investigadores logró identificar a dos de los colectiveros señalados por la mujer.
Ambos fueron imputados y llevados a juicio. El debate se realizó recientemente y uno de los acusados fue condenado.
“Es algo sin precedentes en el área de doctrinas y jurisprudencia de colectiveros del ámbito judicial porteño”, explicaron fuentes consultadas.
El chofer, empleado de la Línea 64, recibió cuatro días de prisión en suspenso, informaron fuentes del caso.
En su fallo, además, la jueza Natalia Ohman, titular del Juzgado PCyF N°17, le impuso una prohibición de acercamiento a la víctima y otras pautas de conducta de cumplimiento obligatorio, entre ellas asistir a un taller especializado en la problemática de la violencia de género. Mariela lloró de emoción al escuchar la resolución.
El juicio duró tres días y, además de Mariela, también contó con los testimonios de su madre, una vecina y una amiga, quienes relataron cómo los hechos denunciados repercutieron en la víctima.
A lo largo del debate también testificaron dos psicólogas que la asistieron y le brindaron contención a la mujer durante el proceso, una de ellas de la Oficina de Asistencia a Víctimas y Testigos (OFAVYT).
Tanto la fiscal Zanni como la jueza Ohman encuadraron el caso con perspectiva de género y consideraron la figura del acoso sexual -incorporada al plexo contravencional mediante Ley N°5742-, tiene como objeto prevenir y sancionar el acoso en espacios públicos o de acceso público, verbal o físico, que hostiguen, maltraten o intimiden mediante actos de connotación sexual y se basen en su condición de género, identidad y/u orientación sexual para su comisión.
“En su denuncia, la mujer dijo que en una ocasión, además, el condenado se tocó sus partes íntimas mientras la miraba”, destacaron.
La magistrada sostuvo en su fallo: “No quedan dudas de que hubo intimidación y hostigamiento".