domingo 21 de diciembre de 2025
MOTÍN EN CAPILLITAS

Revueltas que reescribieron las reglas del trabajo minero

La Asamblea, reunida en Buenos Aires en 1813, dictó sus primeras leyes sobre minería. Sin embargo, aquella normativa resultó claramente beneficiosa para los cateadores y los propietarios en su mayoría de origen extranjero, sin contemplar mejoras para los obreros mineros. Más allá de esos códigos iniciales, la verdadera ley madre seguía siendo la legislación minera de la Nueva España, que continuaba marcando el modelo regulatorio heredado de la época colonial.

En Catamarca, las primeras disposiciones específicas sobre el régimen minero se dictaron en 1846, entre ellas las referidas a la mina de oro de Culampajá, donde se estableció formalmente la figura del Juez de Minas. Más tarde, el 28 de noviembre de 1853, durante el gobierno de Pedro José Segura, un decreto de diecinueve artículos buscó ejercer un control más efectivo sobre la actividad. Esta reglamentación exigía la identificación de trabajadores, patrones y directores de minas, y debía organizarse una Corporación de Mineros, de la cual así obtendrían ciertos beneficios legales y económicos. Quienes quedaran fuera de dicha institución perdían el respaldo estatal y no tenían capacidad para hacer valer sus reclamos. Aunque de este modo el gobierno ejercería cierto control sobre los centros mineros privados establecidos en Capillitas y en otros puntos de la provincia. (1)

Se trataba de un documento que imponía un férreo control laboral: ningún obrero podía abandonar su faena sin autorización del patrón y, si faltaba sin aviso, podía ser encarcelado por cuatro días. El Juez de Minas, además, tenía facultades para intervenir con fuerza armada en caso de disturbios, reforzando un sistema donde la autoridad minera estaba por encima de los derechos de un minero.

El auge minero y las primeras sociedades

Entre 1852 y1853 el empresario británico Samuel Fisher Lafone estaba asociado con otros empresarios Manuel Malbrán, Marcelino Augier y Cristino Figueroa para las tareas de fundición. En 1855 visitó el mineral el naturalista geógrafo Alfred Marbais du Graty, escribió que existían dos ingenios en actividad: “Mercedes”, de Malbrán y “Victoria”, de Fisher Lafone. Este último ingenio recibía minerales provenientes de las minas Restauradora, Santa Clara, Argentina y Peregrina. En total, en todas las faenas mineras trabajaban 239 personas. Los productos eran transportados en lomo de mula hasta Tucumán y, desde allí, las cargas pasaban a carretas con destino a Rosario, donde el Bottoms era embarcado rumbo a Europa.

Las normativas de 1853 no lograron garantizar una actividad minera armoniosa. Tres años después, a comienzos de junio de 1856, se produjo un serio disturbio en Capillitas, donde el Juez de Mina y varios vecinos estuvieron a punto de perder la vida.

El gobierno provincial atribuyó el motín minero al consumo excesivo de alcohol, una explicación que, aunque posible, resulta claramente insuficiente. Si bien el licor pudo haber sido un detonante, las tensiones acumuladas, la dureza de la vida en el mineral y la opresión patronal fueron sin duda factores decisivos. Tras aquel primer motín, el 11 de junio de 1856, el gobernador Navarro dictó un decreto de cinco artículos que prohibía estrictamente la introducción de bebidas alcohólicas en los distritos mineros. Quienes infringieran la norma debían pagar una multa de $100 o enfrentar un año de trabajo forzado; los funcionarios que colaboraran con los infractores recibirían la misma pena.

Las revueltas no eran exclusivas del ámbito minero. En la ciudad de Belén, por ejemplo, el 2 de diciembre de 1857, partidarios unitarios se alzaron contra el gobierno federal del Teniente Coronel Octavio Navarro. El Gobernador, con la aprobación de la Cámara Legislativa, marchó el 2 de febrero de 1858 para sofocar la rebelión, regresando con los sediciosos prisioneros a la capital provincial.

Transcurridos tres años del primer motín, el Mineral de Capillitas contaba con un nuevo Juez de Paz: Francisco C. Malbrán (Pastor), de 19 años. Su hermanastro, Manuel Malbrán (Recalde) o “Manuel 2°” como a veces firmaba, era ocho años mayor para ese tiempo, era comerciante diestro en Andalgalá, dirigía el Ingenio “Mercedes”, en el distrito de Choya. Ambos eran hijos del doctor Manuel Malbrán y Zamora, fallecido el 2 de mayo de 1860 en Andalgalá

Francisco, nacido Córdoba en 1840, era hijo de Petrona Nolasca Martina Tecla de las Mercedes Pastor, en segundas nupcias con Malbrán y Zamora. Es probable que su llegada al Mineral de Capillitas se debiera a la influencia y vínculos de la empresa “Lafone”. Tras dejar sus funciones como juez en el mineral, la firma lo destinó a la provincia de La Rioja. No se conoce con exactitud cuándo se desvinculó de la compañía, estando en Córdoba Malbrán ya con 25 años, el 6 de julio de 1865 se casa con Luisa Ferreira en la Iglesia de la Merced, ella hija de Roque Ferreira y Felipa Rodríguez. No pasó mucho tiempo y se establece como educador en Santiago del Estero, allí aparece en el censo del 15 de septiembre de 1869.

El segundo motín de Capillitas

El sábado 3 de junio de 1859, el Juez Partidario y de Policía del Fuerte de Andalgalá, don Segundo Gutiérrez, envió una nota a Malbrán a mi ver, un joven aún inexperto que se encontraba en Capillitas para que capturara y trasladara a cinco mineros presos desde el mineral. Cumplida la orden y efectuadas las notificaciones, sólo tres se presentaron: Diego Martínez, Aquelino Centurión y un tercero no identificado.

Dos de los mineros aceptaron el traslado. Según testigos, Centurión se había enterado de que venían a buscarlo antes de presentarse ante el juez al día siguiente. Esa noche, en la madrugada del día seis, se encontraba ebrio y amenazando a las autoridades, sabiendo exactamente dónde se hallaban. Ya de día fue conducido ante el Juez Malbrán, quien intentó persuadirlo. Ante su negativa y tras decirle varias palabras amenazadoras, el magistrado buscó una espada para intimidarlo, buscando convéncelo a la fuerza. Esto desencadenó que el minero, de entre sus ropas saque un cuchillo. Al ver la situación, el juez ingresó a la habitación contigua, tomó su revólver e intimó a Centurión a cumplir la orden. Frente a la creciente agresividad del individuo, efectuó un disparo al aire como advertencia y, ante el avance inminente del minero, realizó un segundo disparo que terminó con su vida.

Según el decreto del gobernador Navarro con fecha 2 de noviembre de 1853, en su artículo 2: “Se prohíbe el uso absoluto del cuchillo, daga y toda clase de arma blanca y chupa, bajo la multa de cuatro pesos”. El minero estaba incumpliendo una norma vigente.

Su muerte provocó la furia de sus compañeros, más de cuarenta mineros, encabezados por Santos Baquinzay, Eduardo Camisay, Mercedes Pilar y Cruz Valdez, intentaron tomar represalias. Malbrán se refugió junto al mayordomo Hermelindo Balles en un cuarto de la mina, mientras los amotinados intentaron romper la puerta como no pudieron se subieron al techo para ingresar por arriba. Malbrán vio esta oportunidad y escapó hacia la mina Restauradora, propiedad de Fisher Lafone, donde fue protegido por el administrador Francisco Horty y varios obreros.

Finalmente, los mayordomos de La Restauradora y de Mina Grande llegaron a un acuerdo con los amotinados en entregar al juez de paz del mineral a las autoridades, del Fuerte de Andalgalá. Fue engrillado y trasladado custodiado por la policía y algunos mineros. Al llegar al Ingenio Mercedes, se le retiraron los grilletes por encontrarse en la propiedad de su padre. (3)

El proceso judicial y las declaraciones

El expediente judicial revela que la víctima, según testigos, se resistió al arresto porque debía pagar una multa y no tenía dinero. El herrero Fidel Bazán declaró haber confeccionado los grilletes por orden del encargado Manuel José Franco para así trasladar al Juez de minas. También se tomó declaración a Enrique D. Hopkins, administrador de Mina Grande, y al mayordomo Emerenciano Balles, todos participantes en proteger a Malbrán.

Se presume que el hecho ocurrió en las instalaciones de Mina Grande, muy próximas a La Restauradora. Ambas explotaciones estaban ubicadas muy cercanamente, lo que explicaría la protección que el juez recibió durante su huida hacia La Restauradora, ya que un par de años antes ambas casas comerciales habían sido socias en negocios mineros.

La defensa de Malbrán y la intervención del gobierno

En el Fuerte de Andalgalá, el alcalde partidario Segundo Gutiérrez ya había tomado declaración a Santiago Salguero y a Prudencio Maldonado. También se recibieron los testimonios de los policías Mercedes Contreras y Pedro Miguel Romero.

Mientras avanzaba mi investigación, surgió el nombre de Julio Rozet, un jurista que, al año siguiente del amotinamiento, representando a la empresa Lafone, realizó la compra de “Balde de Carpintería”, luego este territorio Samuel A. Lafone le devolvería su nombre original “Pilciao”. El 15 de junio de 1859, el alcalde partidario Segundo Gutiérrez envió un conducto solicitando acelerar las declaraciones; dicho documento estaba firmado por el propio julio Rozet y por un testigo Sixto de la Madrid. Todo indica que la empresa Lafone había enviado a este jurista para representar a Francisco Malbrán, mientras esto ocurría Malbrán le escribió al Juez partidario:

“En estos momentos he recibido orden del director de los trabajos del Sr. Don Samuel Fisher Lafone para trasladarme a la provincia de La Rioja sin pérdida de tiempo, a evacuar allí negocios de gravedad.

Pongo en conocimiento de usted que marcho a llenar estos objetos, en cuyo desempeño se halla comprometida mi palabra. Sensible me es esta ocurrencia en circunstancias en que también mi honor y crédito demandan mi presencia aquí, para llevar al cabo el esclarecimiento referente a la muerte del finado Aquelino Centurión, cuyos desacordados procedimientos han acarreado para mí la desgracia de verme envuelto en ellos. Sin embargo, desde el punto designado promoveré eficazmente todos los medios conducentes al objeto que indico y allí mismo me encontrará usted siempre dispuesto para desempeñar cuales quiera orden que ya sea como Juez o ya como amigo quisiese usted dirigirme. Despidiéndome de usted tengo justamente el placer de repetirme como siempre muy amigo.”

Un día después de la carta, el 18 de junio, el juez partidario suplente Wellington Mercado acompañado por J. M. Lenz y por Mardoqueo Molina, hermano del gobernador Samuel Molina, todos ellos vinculados a intereses mineros en Capillitas continuaba tomando declaraciones. Cabe señalar, además, que Wellington era concuñado de Manuel Malbrán, ya que su esposa, Clementina, era hermana de Carlota del Carmen. Esta relación permite suponer que la celeridad con que actuó podría haber estado motivada por un interés de resguardo familiar, dado que Francisco era hermanastro de Manuel. Entre los declarantes de aquella jornada se encontraban Fidel Bazán, Baidón Rodríguez, el mayordomo o encargado Emerenciano Balles y el administrador Enrique D. Hopkins.

El gobernador Samuel Molina, en carta del 25 de junio, expresó su satisfacción por la intervención armada que había logrado restablecer el orden, pero solicitó al Juez Partidario, el sumario completo para que Malbrán pudiera justificar su proceder, ante la justicia de la capital.

El 8 de julio, el juez partidario suplente Wellington Mercado seguía en Capillitas recibiendo declaraciones. Una vez concluido el trámite, todos los documentos fueron remitidos a la ciudad. El proceso finalizó el 5 de diciembre de 1859 con el fallo del juez provincial Vicente Lezana, quien expresó dos puntos centrales:

“La terquedad e imprudencia del juez al no observar el moderamine de la ley le hacen reo de crimen, e incluso a una consigna supresión la que por parte del fiscal con el texto expreso de la ley le será aplicada según hubiere lugar”… “En cuanto a los mineros amotinados que persiguieron al Juez, serán remitidos presos a la capital para ser juzgados según sus hechos.” Las cosas no cambiaron mucho Malbrán siguió su vida normal y los mineros fueron ajusticiados de acuerdo a su delito.(4)

Un episodio con eco en los años siguientes

Siete años después de los hechos, en 1866, el administrador del ingenio Pilciao, Juan Héller, describía con amargura la situación en el mineral. Señalaba que la mina Santa Clara constituía un serio obstáculo para el orden y el trabajo en la zona:

“La mina Santa Clara es un estorbo muy grande en el mineral; no trabajan las minas y las casas abrigan jugadores, contrabandistas, ociosos y pícaros... Es muy difícil saber qué hacer en estos casos, no tengo mucho tiempo que perder en demandas; si pido al juez hacer traer a estos sujetos, sé por experiencia que dentro de ocho días están sueltos y de nuevo en la Santa Clara.”

Estas palabras muestran que, aun varios años después del amotinamiento, persistían la indisciplina, el desorden y la fragilidad institucional en los distritos mineros de Capillitas.

Así concluimos uno de los episodios más tensos del mineral de Capillitas en 1856 y 1859, un reflejo fiel de un tiempo en que la minería catamarqueña se debatía entre el impulso del progreso, las leyes surgentes pos a las turbulencias del desorden social.

Texto y Fotos: Colaboración de Claudio Benjamín Balsa - Investigador

Referencia documental

(1) A.H.C. - Libro leyes y decretos Tomo 2 F°80 (1851-1855)

(2) A.H.C. - libro leyes y decretos Tomo 3 F°26 (1856-1860)

(3) Libro en preparación Claudio Balsa “Negocio de minas en la Prov. de Ctca”

(4) A.H.C. - Causa criminal paquete N° 11 Exp. N° 1689 (1856 a 1859)

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