El famoso y polémico artículo 50 de la Carta Orgánica de Valle Viejo fue interpretado a conveniencia en muchas oportunidades y el conflicto se reedita otra vez.
El famoso y polémico artículo 50 de la Carta Orgánica de Valle Viejo fue interpretado a conveniencia en muchas oportunidades y el conflicto se reedita otra vez.
De manera textual, el artículo dice que “el Concejo Deliberante será presidido por un concejal titular electo del partido que hubiere obtenido el mayor número de votos en la elección de concejales, quien reemplazará al intendente”. Además, agrega que “el CD se regirá por un Reglamento Interno que sancionará al efecto y nombrará un vicepresidente y un vicepresidente segundo”.
En su fallo, la Corte no fue mucho más clara. Simplemente resolvió que “atento a la trascendencia institucional del planteo, se determina el alcance del artículo 50 de la COM, correspondiendo la presidencia del Concejo al concejal titular del partido que hubiere obtenido mayor cantidad de votos en la última elección inmediatamente anterior a la designación”.
Con este argumento, la oposición eligió a Barrionuevo como presidente a fines de 2019, ya que integra el PJ y de hecho fue precandidato a intendente del FT, la fuerza que finalmente llevó a los concejales Penisse y Figueroa a sus bancas. A fines de 2017, la oposición hizo la misma maniobra y eligió a Walter Figueroa cuando Barrionuevo reclamó la Presidencia, y ocurrió lo mismo en 2015 cuando el presidente fue Daniel Nieva, mientras Figueroa reclamaba.n