miércoles 8 de julio de 2026
fue presentado por un grupo de abogados

La Corte rechazó planteo contra la Comisión Evaluadora

El máximo tribunal destacó que el organismo creado por el Ejecutivo es legal y cumple con los preceptos constitucionales.

Por Redacción El Ancasti

La Corte de Justicia (con su antigua conformación de cinco miembros) declaró inadmisible la acción de amparo presentada por un grupo de abogados, encabezado por Horacio Pernasetti, que se oponía a la conformación de la Comisión Evaluadora para la designación de jueces y funcionarios del Poder Judicial.

Si bien el rechazo del tribunal fue unánime, el juez José Ricardo Cáceres incluyó en su fallo algunos cuestionamientos contra la Comisión.

Pernasetti y los demás abogados se oponían al decreto del Ejecutivo que crea este organismo y, a su vez, al reglamento interno redactado por la Comisión. Los letrados pedían que se declare la inconstitucionalidad y nulidad absoluta del decreto, del reglamento y de todos los actos emitidos por el cuerpo.

En la presentación, los abogados cuestionaban la eliminación del Consejo de la Magistratura y planteaban que el organismo que lo reemplace debía ser creado por ley. También sostenían que el procedimiento de selección confeccionado por la Comisión no garantiza la participación y el control ciudadano, entre otras críticas.

En el voto de los jueces Vilma Molina, Miguel Figueroa Vicario y Raúl Cippitelli se destacó que el Poder Legislativo, al derogar la ley que crea el Consejo de la Magistratura, "bajo ninguna circunstancia modificaba la atribución original" del Ejecutivo de nombrar con acuerdo del Senado magistrados y funcionarios del Poder Judicial.

Añadió que el decreto con el que se elimina el Consejo es "autónomo, dictado para regir materia organizativa, que crea, en ejercicio de funciones propias, un órgano asesor y consultivo" y que esto no significa que el Gobernador renuncie a sus facultades constitucionales "sino que se diseña un mecanismo de autolimitación, para que su participación sea más reducida y equilibrada en la evaluación de quienes aspiren a cubrir vacantes en el Poder Judicial".

"De lo expresado, surge la ausencia de la ilegalidad o arbitrariedad alegada por la parte actora, pues no se vulnera norma constitucional alguna, sino que el Poder Ejecutivo reglamenta una facultad otorgada por la Constitución, fijando voluntariamente límites a su actuación", advierte.

"Cuestionable"

Por su parte y si bien Cáceres vota en forma similar a sus pares, realiza una serie de planteos contra la Comisión en cuestión. Su voto fue acompañado por Amelia Sesto.

Señaló que "la problemática de la designación de jueces constituye una vieja preocupación" ya que, a su  criterio, "la Constitución no prevé un  Consejo de la Magistratura y por lo tanto, al carecer de rango constitucional, queda la posibilidad de instituirlo por una ley o por decreto".

"Estamos en presencia de la discrecionalidad, lo que supone que, ante varias opciones válidas, se elige una de ellas", afirmó y añadió: "No hay que confundir con arbitrariedad; por lo que, en la medida que el decreto o ley de creación esté fundado, es válido y resiste cualquier ataque respecto de su juridicidad".

En este contexto y sin bien Cáceres planteó que los demandantes no tienen legitimidad para atacar la legalidad de la Comisión, advirtió que esto "no quiere decir que no sea cuestionable" que este cuerpo "es uno de los pocos Consejos -si no el único- en que la Corte de Justicia no participa".

También consideró "cuestionable" que se abandonó la terna para elevar una nómina de cinco candidatos, "criterio que va en contra de cualquier procedimiento encaminado a designar jueces".

Finalmente, asegura que "se podría evitar el escándalo que de la noche a la mañana los abogados y magistrados han bajado a tal punto el nivel que no han podido aprobar una serie de concursos que fueron declarados vacantes, habilitándose así el nombramiento directo del Gobernador" en lugar de llamar a un nuevo concurso.

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