Las fallas del sistema colocaron a una familia de Buenos Aires en un difícil trance luego de que decidieran darle abrigo a un bebé desde los cuatro meses. La pareja se había inscripto en el 2019 para ser familia de tránsito, es decir, no querían adoptar pero sí ser auxiliares del sistema. El plazo máximo de permanencia de un niño tiene que ser de 180 días según la legislación. No obstante, a esta pareja le habían adelantado que el plazo podía extenderse pero nunca se imaginaron que podían llegar a los tres años y medio. En esos 180 días la Justicia tiene que tratar de localizar a familiares hasta agotar instancias. Sin embargo, nadie reclamó al niño y los padres transitorios solicitaron la adopción. Al comenzar los trámites se dieron contra una pared: la ley estipula que los padres de tránsito no pueden adoptar. Un fallo judicial resolvió que debían restituir el niño al sistema.
La historia de Pablo Lanús y Elena Moreno Vivot comenzó en marzo de 2019 cuando decidieron convertirse en familia de tránsito por lo que se contactaron con un hogar de San Isidro para niños y niñas. Ya tenían cinco hijos.
Esos seis meses que tiene el sistema para determinar qué es lo mejor para el niño o niña terminan resultando insuficientes en algunos casos. La Justicia solicita una serie de informes de todo tipo, incluidos dictámenes de asesores de menores para analizar qué es lo más conveniente.
Los seis meses que tiene el sistema para determinar qué es lo mejor para el niño o niña terminan resultando insuficientes en algunos casos
“Habría que acelerar estos tiempos, pero también es difícil. En esos 180 días el juez tiene que trabajar con su familia de origen para tratar de restituirlo. Y si los padres no pueden tener al niño, el juez tiene que buscar a un tío o una abuela que pueda hacerse cargo. Hasta que no se agote la familia biológica no se puede seguir adelante con un proceso de adopción”, expresó la jueza Agustina Díaz Cordero en una entrevista publicada por La Nación tras conocerse el caso de la familia Lanús – Moreno Vivot.
Una de las situaciones que provoca un retraso en el proceso es el caso de padres biológicos con problemas de adicción. “Van al juzgado a decir que ya están bien y en tres meses vuelven a caer en la adicción... y uno le quiere dar una oportunidad más a ese padre, que a su vez desea estar con su hijo, pero no puede. Es una suma de desgracias, pero exige que nosotros los jueces seamos valientes al momento de tomar decisiones. Hay que pensar siempre en el niño y cortar por lo sano. En definitiva, es darle la oportunidad al niño de vivir en una familia, crecer cuidado y con amor” señaló Díaz Cordero.
En esos tres años y medio que el niño convivió con la familia dijo “mamá” y “papá” e identificó a los otros niños como sus hermanos, en especial al más pequeño, de 6 años, que falleció hace meses en un accidente.
La familia Lanús – Moreno Vivot no busca que se modifique la ley, sino que la Justicia, de manera excepcional les otorgue la guarda con fines de adopción debido a las particularidades del caso.