Orden judicial. El juez federal Guillermo Díaz Martínez hizo lugar al amparo de los discapacitados.
El amparo concedido por el juez federal Guillermo Díaz Martínez para que la Administración Nacional de Discapacidad (ANDIS) restituya las pensiones suspendidas a los discapacitados catamarqueños podría proyectarse a nivel nacional, pero más allá de eso pone en cuestión el procedimiento aplicado por el organismo.
ANDIS despojó de sus ingresos a decenas de miles de discapacitados antes de verificar si estaban en infracción y obligó a los afectados realizar engorrosos trámites para tratar de recuperar sus beneficios.
Aparte de insensibilidad hacia un universo de personas para las que el auxilio estatal resulta tan indispensable como insuficiente, el caso expone incompetencia funcional para sanear el padrón de beneficiarios. Se trata de una suspensión de ingresos “por las dudas”, agravada por defectos en las notificaciones que tienen toda la apariencia de haber sido deliberados y sistémicos.
Aparte de insensibilidad, la suspensión masiva de pensiones por discapacidad expone incompetencia funcional en ANDIS. Aparte de insensibilidad, la suspensión masiva de pensiones por discapacidad expone incompetencia funcional en ANDIS.
La administración libertaria pretendió sacar provecho político del incremento desmesurado de las pensiones por discapacidad, que habían pasado de 76 mil en 2001 a 1,2 millones en 2024. Las usinas libertarias postularon el aumento exponencial como un caso paradigmático de clientelismo estatal, resaltando que el país no había sufrido en el período ninguna catástrofe o guerra que lo justificara.
Seguramente hubo abusos, pero el discurso oficial omitía un cambio de la legislación clave que se produjo en 2003. Hasta entonces, las pensiones por discapacidad se asignaban a un cupo fijo, de modo que una persona debía fallecer para que otra entrara: el sistema “alta por baja”. La reforma de 2003 flexibilizó los criterios para otorgar el beneficio a quienes tuvieran un 76% de incapacidad laboral y en la gestión de Alberto Fernández se adoptaron criterios más amplios.
Había, de tal manera, razones verificables adicionales al mero instinto clientelar de la política para el aumento del número de pensionados, pero la pasión por la “motosierra” estaba en alza y ANDIS suspendió al barrer.
Díaz Martínez destaca en su sentencia que “la ANDIS, fundada en normas cuya validez ha sido puesta en cuestión, habría dispuesto suspender las pensiones de manera masiva e indiscriminada y –lo que sería más grave– sin dar siquiera participación al colectivo afectado”.
Los amparistas plantearon que se enteraron de la suspensión de sus beneficios porque dejaron de depositárselos en sus cuentas y en algunos casos les confirmaban luego la medida “por notificaciones en carta documento que debían retirar del Correo Argentino, todas ellas redactadas en un léxico extremadamente técnico, y practicadas en defecto de los requisitos exigibles”.
El amparo, ante el cual habrá que ver cómo reacciona ANDIS, no solo ordena restituir las pensiones retenidas, sino que también prohíbe continuar con las suspensiones. Es decir, al margen de los subterfugios leguleyos que el organismo nacional pueda intentar, obligaría a hacer las auditorías respetando el derecho a defensa de los afectados y sin suspensiones preventivas más insólitas si se considera sobre quiénes caen.
Esto permitiría saber cuántas de las pensiones suspendidas estaban efectivamente en infracción, cosa que a la ANDIS y al Gobierno nacional debería interesarles si es que se proponen demostrar que no fue todo una mascarada demagógica para satisfacer al público fascinado en otros tiempos por la decisión de meterle motosierra al gasto público.
Es un dato importante. ¿Cuántos de los centenares de miles de pensionados por discapacidad accedieron al beneficio legítimamente? En algún punto, Díaz Martínez le ofrece a la ANDIS la oportunidad de demostrar, al momento de discutir el fondo de la cuestión, que sus decisiones no estuvieron orientadas únicamente por el frenesí de la reducción de gasto. Esto es: que no fueron indiscriminadas.