Intento de asesinato al florista Maximiliano Gutiérrez
Peritos del CIF dieron conclusiones diferentes por escrito y en audiencia
Se trata de los especialistas que participaron en la junta interdisciplinaria que se hizo al imputado Juan Ignacio Reyes Modotti. El juez Lucas Vaccaroni señaló los “contrapuntos”.
Reyes Modotti. El único imputado que tiene el hecho de sangre.
El juez de Control de Garantías Nº 3, Lucas Vaccaroni, advirtió que hubo “contrapuntos” en las conclusiones que brindaron los peritos del Cuerpo Interdisciplinario Forense (CIF) que participaron en la junta interdisciplinaria que evaluó a Juan Ignacio Reyes Modotti, el único imputado por el intento de homicidio del florista Maximiliano Gutiérrez. El magistrado expuso esta cuestión en los fundamentos que respaldaron su decisión de no hacer lugar al pedido de que se declare la inimputabilidad de Reyes Modotti, y de negarle el recupero de libertad. Vaccaroni detalló que hay “contrapuntos” en las conclusiones que estos peritos dieron primero por escrito y luego de manera oral en la audiencia que se hizo en el juzgado, y también entre los mismos peritos.
En sus argumentos, entre otras cuestiones, Vaccaroni remarcó que “las conclusiones arribadas por escrito por los peritos oficiales del CIF no son contestes con las explicaciones vertidas en audiencia. Existen contrapuntos no solo entre ellos sino también, en determinados casos, entre lo concluido por escrito y lo esgrimido en audiencia. Y más aun, por mencionadas conclusiones oficiales, si se contraponen con las conclusiones arribadas por los peritos de parte en especial de la querella particular. Todo este marco no permite arribar a la conclusión, necesaria en este tipo de casos y de planteos donde se discute la salud mental de una persona sometida a proceso penal, de que ciertamente Reyes Modotti al momento de llevar a cabo su accionar en contra de su víctima no haya podido comprender la criminalidad de ese acto. Más bien, y como mencionaré más adelante, todo lo contrario. Comprendía y sabía lo que estaba haciendo”.
La presencia de una discapacidad intelectual no implica necesariamente la inimputabilidad”. La presencia de una discapacidad intelectual no implica necesariamente la inimputabilidad”.
Lucas Vaccaroni. Juez de Control de Garantías Nº 3
El juez indicó que “para los peritos oficiales, en su dictamen por escrito y en lo que aquí interesa, refirieron que el imputado no presenta una aptitud suficiente para comprender las cuestiones comunes de la vida social y de relación, estando limitado en sus acciones en base a su diagnóstico de discapacidad intelectual moderada, no presentando un grado de discernimiento suficiente para comprender el alcance o dimensionar sus actos.
Esta conclusión arribada por escrito fue sostenida en menor o mayor medida en audiencia por parte de los peritos oficiales. Sin embargo, alguno de ellos precisó determinadas cuestiones que lejos está de arribar a la conclusión de una limitación total de las facultades mentales de Reyes Modotti al momento de realizar su acto”.
En este sentido, añadió que “los peritos oficiales integrantes del CIF en audiencia mencionaron cuestiones que se alejan a la conclusión por unanimidad resuelta por escrito. Si bien algunos de ellos se mantienen en dicha posición con algunos matices, otros no. Esto marca una cierta falta de contundencia sobre las conclusiones arribadas. El informe final, luego de lo explicado de forma oral, no permite concluir categóricamente que el imputado Reyes Modotti no comprenda la criminalidad del acto por el que se lo acusa”.
Vaccaroni, además, consideró que “Reyes Modotti al momento de accionar en el hecho sí se encontraba en circunstancias de poder reconocer que lo que estaba llevando a cabo era malo, no era bueno, era criminal. Reyes Modotti sabe y reconoce que el hecho por el que se lo acusa existe, que él participó en este y sabe de las consecuencias que provocó. Tal vez no dimensiona cabalmente las consecuencias finales (posible condena penal) pero ello en nada lo dispensa de no responder penalmente por el hecho que se lo acusa”.
Por último, destacó que “Reyes Modotti es imputable y puede responder por su accionar”, y mencionó que “la sola presencia de una discapacidad intelectual no implica necesariamente la inimputabilidad”. “No basta con acreditar un coeficiente intelectual bajo y/o moderado, o una edad mental reducida. Es necesario demostrar que, al momento de la comisión del hecho, la mencionada deficiencia privó al sujeto de entender la criminalidad del acto o de actuar conforme a ese entendimiento”, finalizó.