"El Ministerio de Desarrollo Social deberá coordinar esfuerzos"
El juez Penal Juvenil Gershani Quesada ordenó una serie de medidas mientras dure la detención.
Dos meses. La medida del Tribunal penal juvenil es por 60 días.
“Estamos ante hechos de acción pública y el joven resulta punible, pues tenía, al momento de la comisión del hecho, 17 años de edad”, advirtió el juez Penal Juvenil Fabricio Gershani Quesada en los fundamentos. Días pasados, el magistrado del Tribunal de Responsabilidad Penal Juvenil confirmó la prisión preventiva, por el lapso de 60 días, a un adolescente de 17, imputado por cuatro hechos. Sin embargo, cuenta con otras denuncias. En la sentencia, el juez del fuero especializado señaló que el Ministerio de Desarrollo Social debate mancomunar esfuerzos con los Ministerios de Salud y de Seguridad, a fin de dar cumplimiento con la medida impuesta.
Este adolescente en conflicto con la Ley se encuentra en una situación de riesgo. No está escolarizado y tiene un consumo problemático de sustancias. Además, los hechos que se le reprochaban fueron incrementando el nivel de violencia.
“El joven detenido en espera de juicio deberá estar separado de los declarados culpables. Esto genera un conflicto en las actuales instalaciones del Centro Juvenil Santa Rosa –que depende del Ministerio de Desarrollo Social-, que deberá adecuar sus instalaciones, funcionamiento y prácticas, a las normativas provinciales, nacionales y supranacionales, como fuera requerido y advertido por este magistrado desde mucho tiempo atrás”, remarcó Gershani Quesada.
En este sentido, señaló que en su tratamiento se pondrá particular empeño en la enseñanza obligatoria, en la capacitación profesional y en el mantenimiento de los vínculos familiares. El chico deberá permanecer alojado en el Centro Juvenil Santa Rosa. A criterio del magistrado, éste es el lugar que mejor se adapta a las necesidades específicas que requiere su privación de la libertad. Su equipo de profesionales se encargará del abordaje interdisciplinario del joven mientras se encuentre allí alojado, sin perjuicio de ser trasladado, justificadamente a otras instituciones a fin de continuar con su tratamiento en este esfuerzo por dejar las drogas.
“Por otro lado, deberá estar separado de los adultos y bajo las siguientes condiciones que a continuación se detallan, siempre con la colaboración del Ministerio de Salud y el Ministerio de Educación, organismos que en conjunto son los encargados de la recuperación del joven. En beneficio del adolescente se deberán coordinar esfuerzos y los recursos del Ministerio de Desarrollo Social, que por intermedio de los Equipos Interdisciplinarios del Centro Juvenil Santa Rosa, abordarán la problemática del joven de manera integral, respetando y garantizando como mínimo los derechos”.
Expediente
El chico fue imputado por cuatro hechos: “robo doblemente calificado por el uso de arma y por ser perpetrado con escalamiento”, “robo calificado por escalamiento”, “robo calificado por escalamiento” y “encubrimiento por receptación”. “Las modalidades de los hechos cometidos por el joven encartado –delitos contra la propiedad (ingresando a domicilios con sus moradores adentro) incluyen violencia contra mujeres y lesiones provocadas por el uso de armas, sus antecedentes penales -si bien no computables, pero sí con un número considerable, más de 10-”, detalló.
Ante esta situación, el magistrado consideró que las causas que se instruyen contra el sindicado, las cuales por su número, gravedad y avanzado estado procesal, dan por tierra un pronóstico de excarcelación o de prisión en suspenso. “No sólo por su número, repito, sino también y sobre todo por su gravedad".
También, el juez Gershani Quesada destacó que, de la sola lectura de esta resolución, “surge la necesidad de neutralizar su conducta antijurídica y cada vez más violenta”, que lo llevaron a ser detenido en varias oportunidades por delitos contra la propiedad, en la que las víctimas eran niñas, adolescentes o mujeres. “Conducta antijurídica y social que lo ha vuelto una persona peligrosa para sí y para terceros según lo han manifestado las partes y diferentes profesionales, constando en el expediente de medidas asistenciales que corre por cuerda”, precisó.
En relación con el riesgo procesal, el juez Penal Juvenil advirtió que se han fijado las audiencias para efectuar las pericias psiquiátricas y el chico no compareció. “Tampoco compareció a la pericia psicológica y hasta el momento no se pudo realizar. Se le impuso la obligación de fijar domicilio y no mudarlo y tampoco cumplió. Se le ordenó asistir a la Fiscalía a firmar planilla y no compareció ni una vez. Tampoco realizó el tratamiento por sus graves problemas de adicciones y obviamente no cumplió con la disposición de no reincidir en el delito. Su estado social es de absoluta vulnerabilidad, casi en situación de calle y abandonado desde muy pequeño por su familia, conforme surge del expediente de medidas asistenciales”, precisó.
Prisión preventiva
Entre algunas cuestiones, el juez Penal Juvenil Gershani Quesada resolvió:
Prisión preventiva por 60 días.
El Ministerio de Desarrollo Social deberá coordinar esfuerzos y sus recursos con el Ministerio de Salud y el Ministerio de Seguridad.
Se prepararán y presentarán informes completos y demás información pertinente acerca de la situación personal y circunstancias del chico.
Notificada la sentencia al Centro Juvenil se preparará un informe psicológico y social en el que consten los datos pertinentes al tipo y nivel concretos de tratamiento y programa que requiera.
El lugar de alojamiento deberá responder a su finalidad, es decir, la rehabilitación del adolescente en tratamiento de internado. Se deberán tomar las medidas necesarias para reducir al mínimo el riesgo de incendio y garantizar una evacuación segura del lugar.
Educación, formación profesional y trabajo: el chico tiene derecho a la escolaridad obligatoria adaptada a sus necesidades y destinada a prepararlo para su reinserción en la sociedad. El Ministerio de Desarrollo Social a través del Centro Juvenil Santa Rosa deberá articular con las instituciones pertinentes para que este derecho se haga efectivo de inmediato. El Centro Juvenil deberá facilitar su acceso a una biblioteca y/o al material necesario para su educación.