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Nueva reforma del código de procedimientos mineros

El Gobierno busca endurecer las condiciones para retener pedimentos mineros

Los cambios en el Código de Procedimientos Mineros alcanzarían también a la CAMYEN, que tiene centenares de pedimentos. Se tratará de alentar a pequeños y medianos inversores.

6 de abril de 2026 - 00:09

La nueva reforma del Código de Procedimientos Mineros que impulsa el Gobierno busca reducir el margen de especulación con derechos mineros con condiciones más rigurosas y específicas para la retención de pedimentos, tanto para privados como para CAMYEN, de modo de garantizar que los derechos mineros concedidos se correspondan con capacidad real de ejecución.

Aparte de transferir las competencias del Juzgado de Minas al Ministerio de Minería, la reforma de 2020 incorporó de manera más explícita las obligaciones ambientales derivadas de la Ley Nacional 24.585 de protección ambiental para la actividad minera. La Gestión Ambiental Minera quedó definida como una de las funciones básicas de la estructura del organismo, con responsabilidad sobre la tramitación de las declaraciones de impacto ambiental y la participación de organismos técnicos con competencia en la materia.

La evolución normativa en el sector muestra un modelo predominantemente administrativo, que el Gobierno busca profundizar ahora con un objetivo adicional: fomentar la participación de pequeñas y medianas empresas mineras en la actividad, teniendo en cuenta que en Chile, las pymes mineras exportan cerca de 6.000 millones de dólares anuales, un umbral que evidencia el potencial del sector cuando las condiciones normativas y el acceso a derechos mineros están ordenados y son competitivos

La reforma de 2020

La Ley 5682, sancionada el 10 de diciembre de 2020, representó la transformación institucional más profunda del régimen minero catamarqueño desde 1967. No fue un retoque, sino que derogó el esquema vigente desde la Ley 2233 y estableció un nuevo código que cambió quién decide, cómo se tramita y dónde se resuelven los conflictos.

El primer Código de Procedimientos Mineros provincial colocó al Juzgado de Minas como eje del sistema. Durante más de cinco décadas, los trámites mineros —concesiones, permisos de cateo, caducidades— se sustanciaban en sede judicial.

El cambio estructural más relevante de 2020 está en el artículo 2 del nuevo código: la Autoridad Minera pasó a ser ejercida en primera y única instancia administrativa por el Ministerio de Minería, que tiene desde entonces la facultad de otorgar concesiones, rechazar solicitudes y declarar caducidades.

El Juzgado no desapareció, pero su función se redefinió de manera profunda. La ley lo reconvirtió en Juzgado Electoral y de Minas, integrado plenamente a la justicia ordinaria. Su competencia quedó acotada: entiende en recursos de revisión contra decisiones administrativas y en acciones judiciales puntuales, principalmente indemnizaciones. Pasó de ser autoridad decisora a órgano de control.

En materia de pedimentos, la ley de 2020 fue el puntapié inicial para ordenar y depurar el padrón minero provincial.

Estableció requisitos formales precisos, fijó plazos estrictos de abandono y caducidad, e incorporó la intervención obligatoria de Catastro Minero para verificar superposiciones y la validez de cada pedimento antes de su inscripción.

Ese esquema permitió limpiar un padrón que acumulaba situaciones irregulares y capitalizar a la CAMYEN con los pedimentos caídos.

Respaldo

condicionado

El anuncio de la reforma encontró respaldo opositor, aunque con condiciones. El diputado Mamerto Acuña (UCR) valoró la iniciativa pero advirtió que "no puede ser un trámite formal ni una validación de decisiones ya tomadas". El legislador también subrayó que la licencia social "se construye con participación y transparencia, no solo con discurso".

Por su parte, el diputado Tiago Puente, presentó en enero un proyecto de ley para crear un régimen provincial de transparencia y control social de la actividad minera.

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