sábado 23 de septiembre de 2023

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Fundamentos de condena por femicidio

"Ejercía una constante manipulación psicológica en contra de Anyelén"

Leonardo Olás confesó y admitió su responsabilidad. Fue condenado a perpetua, la pena máxima.

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“Todos esos actos hacen presumir, no solo la modificación de la escena del hecho, sino esa recreación que el imputado trató de argüir a los fines de que el personal policial o judicial que concurriera al lugar crea y lo conduzca hacia una muerte natural y posterior impunidad”, concluyó el juez Fernando Esteban. El magistrado halló culpable a Leonardo Olás por los delitos de “violación de domicilio” y “homicidio doblemente calificado por haberse cometido en contra de una persona con la cual mantiene una relación de pareja y por mediar violencia de género” y lo condenó a prisión perpetua. Oportunamente había sido acusado por el “femicidio” de Anyelén Gallo Arias, su expareja.

El expediente de la causa se había remitido a la Oficina de Gestión de Audiencia (OGA) del Poder Judicial para la realización de un juicio por jurados. Sin embargo, Olás decidió confesar y asumir su responsabilidad.

El 16 de agosto en la Cámara de Sentencia en lo Criminal de Primera Nominación se llevó a cabo la audiencia de debate abreviado. Esteban fue el juez director. El Ministerio Público Fiscal fue representado por el fiscal del caso Hugo Costilla y el fiscal de Cámara Miguel Mauvecín, quienes estuvieron acompañados por los abogados de la querella Sebastián Ibáñez y Bruno Jerez. La defensora penal oficial de Cuarta Nominación, Lorena Paschetta, asistió al acusado.

“Ha quedado fehacientemente acreditado que Anyelén Gallo Arias ha sido víctima de un terrible hecho violento, que culminó con su vida por asfixia mecánica mixta, como se ha demostrado a lo largo de la investigación penal preparatoria. Claramente se advierte que Héctor Leonardo Olás ejercía una constante manipulación psicológica en contra de Anyelén”, precisó el magistrado.

El juez Esteban valoró el testimonio de varias amigas. De acuerdo con estos relatos, advirtió que el acusado no pudo soportar la relación sentimental que su expareja estaba comenzando con un conocido de él. Lo tomó “como algo imposible de sobrellevar”, remarcó.

Para el magistrado, “este uso de violencia se generó aprovechándose el imputado de ese contexto, contextura física que tiene y valiéndose de la desigualdad propia que hay entre el sexo masculino y femenino, máxime si se tiene en cuenta que el imputado se desempeña como personal de seguridad. Por lo tanto, posee un adiestramiento mínimo y una capacidad mínima para situaciones conflictivas”.

Montaje

A mediados del año pasado, Olás y Anyelén se habían separado. La joven había manifestado que el acusado se había retirado del hogar “por una crisis existencial, por lo que procedió a abandonar” a su expareja y a sus hijas. También había contado que en los últimos tiempos la relación era muy conflictiva; se llevaban muy mal. Según Anyelén, Olás ejercía violencia verbal y psicológica sobre la denunciante.

En septiembre del año pasado, Anyelén había denunciado a Olás, su expareja, por “violación de domicilio”. Un mes después, él ingresó por la fuerza a su domicilio y al día siguiente, el 26 de octubre, personal judicial, policial y médico llegó a la casa de la joven. Olás había asegurado que Anyelén la noche anterior había manifestado que quería dormir. A la mañana siguiente, amaneció sin signos vitales.

El personal médico advirtió algunos detalles, como manchas violáceas en algunas partes de su cuerpo. También, al levantar la almohada se encontraron con unas manchas. Si bien su habitación se encontraba ordenada, se realizó una inspección ocular por toda la casa. En una habitación que funcionaba como depósito, se encontró escondida –casi como descartada- ropa de cama. Éstas presentaban manchas que coincidían con las que estaban en la cama de la víctima.

“Todo ello echa por tierra el desesperado intento del imputado Olás al pretender hacer creer un hecho distinto al real. Con esa falsa creencia intentó mostrar un escenario y querer hacer creer que no había tenido contacto con la víctima, que había vuelto a las 21, que ella dormía, que durmió toda la noche con ella y que no se dio cuenta. Al otro día la vio desvanecida e intentó hacer reanimación con RCP, que las lesiones que la víctima visiblemente presentaba eran por ese tipo de mecánica. Esto queda plasmado, ese artificio que el imputado trató de montar ante el personal policial. Esa primera impresión quiso dar el imputado con respecto a cómo habían sucedido los hechos; quería hacer creer que era una muerte natural”, detalló.

Olás no aceptaba que su expareja estuviera con otra persona. Éste “fue el desencadenante por el cual le aplica el golpe de puño y luego le produce la asfixia mecánica mixta por sofocación. “Estimo que se da la violencia de género en este contexto por los testimonios de las amigos, quienes relataban la distinta personalidad que tenía la víctima sola y cuando estaba el imputado. Esta persona podría ser peligrosa para terceros, dependiendo la situación circundante que no tolera, como lidiar con sus frustraciones ya que presenta una modalidad de paso al acto agresivo. La baja tolerancia a la frustración lo lleva al acto agresivo como respuesta psíquica”, destacó el juez.

Manipulador y egocéntrico

Las pericias psicológicas y psiquiátricas pusieron foco en la personalidad de Leonardo Olás. “El imputado Olás ante el relato del hecho se destaca en un posicionamiento de victimización, con intención de manifestar angustia, pero ante ello predomina la emisión superficial que se modifica al instante, se puede percibir un encanto y la seducción. Predomina una marcada tendencia a presentar rasgos de personalidad de tipo manipulador, egocéntrico, controlar y de tipo psicopático. Justifica su posicionamiento desvalorizando a la víctima como objeto, ‘cosificación’. Predomina la ausencia de angustia, ansiedad y/o sentimientos de culpa", se precisó.

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