Se estaban realizando las gestiones pertinentes para llevar a cabo un juicio por jurado. El acusado debía responder por los delitos de “abuso sexual simple continuado” y “abuso sexual con acceso carnal agravado” ambos “agravados por la guarda”. El miércoles último, la Oficina de Gestión de Audiencia (OGA) tenía todo listo para realizar el sorteo de potenciales jurados para este juicio popular. Para ello, se había acondicionado la Escuela de Capacitación Judicial.
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Confesó ultrajes y fue condenado a 13 años y seis meses de prisión
La magistrada de Cámara de Sentencia en lo Criminal de Tercera Nominación, Patricia Olmi, era la jueza directora. El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por los fiscales Alejandro Gober y Augusto Barros, quienes estuvieron acompañados por la abogada de la querella Silvia Barrientos. El acusado fue asistido por la defensora Penal Oficial de Segunda Nominación, Florencia González Pinto.
En la oportunidad, las partes estuvieron presentes y de común acuerdo solicitaron suspender el sorteo de potenciales jurados. Dada la índole de delito, esta nueva audiencia se realizó a puertas cerradas. Fuentes consultadas por El Ancasti indicaron que el acusado confesó los ultrajes. La víctima es cercana a su círculo familiar. Es decir, se trató de un abuso sexual en la infancia (ASI) intrafamiliar.
La Ley Provincial 5719 de Juicios por Jurado establece, entre los artículos 25 y 26, la realización del sorteo de potenciales jurados y la audiencia de admisión de evidencias. En esta última instancia –previa al juicio por jurados-, las partes pueden solicitar la realización de un “juicio abreviado”.
A tal fin, el imputado reconoce el hecho y se acuerda una pena entre las partes, Ministerio Público Fiscal, defensa y querella –si hubiera-. El imputado confiesa el hecho, se releva la producción de prueba y se hace lectura de la prueba obrante tras la investigación penal. En estos casos, la única ventaja para el imputado es que la pena mínimamente se morigera, se aclaró. Reconocer el hecho hace que se considere la pena por las circunstancias de reconocimiento, pedir perdón a la víctima y ofrecer una reparación, entre otras cuestiones.
Mal social
En relación con el (ASI), es importante tener en cuenta, según estudios afines, que al menos la mitad de los casos se produce en el hogar; el victimario, es decir quien perpetra el abuso, es alguien conocido por la víctima y, por lo general, no es solo conocido, sino que tiene algún grado de familiaridad.
A la vez, se remarcó que la vulnerabilidad en estos casos reside en el hecho de que chicos y chicas, por su inocencia, condición física o sexual no comprenden la criminalidad de los ultrajes, más aún cuando el agresor es padre o un familiar cercano. “Estos agresores se aprovechan del amor y la confianza”, explicaron.n
