viernes 6 de noviembre de 2026
No se dió lugar al recurso extraordinario federal

Condena de 11 años de prisión quedó firme para un abusador

Recientemente quedó firme la condena de 11 años de prisión para Julio Burgos. En mayo del año pasado, la Cámara de Sentencia en lo Criminal de Tercera Nominación lo halló culpable por el delito de “abuso sexual con acceso carnal” y lo condenó a la pena de 11 años de prisión. No obstante, mantenía la libertad hasta tanto el fallo quedara firme.

El condenado casó la sentencia pero la Corte de Justicia de Catamarca confirmó la condena. Ante este revés, Burgos planteó el recurso extraordinario federal, a efectos de casar el fallo ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Sin embargo, el máximo tribunal de justicia catamarqueño no hizo lugar al planteo. Tras quedar firme la condena, desde la Corte se remitió el expediente a la Cámara a los fines de ejecutar la sentencia.

La agresión sexual sucedió a principios de 2009. La víctima era una niña. Recién nueve años después, siendo una adolescente, pudo tener el valor de romper el silencio, contar su secreto y hacer la denuncia. A finales de 2021, la causa llegó a esta Cámara y se dio trámite para realizar el debate.

El Tribunal estuvo integrado por los jueces Jorge Palacios, Marcelo Soria y Patricia Olmi. En los fundamentos de la condena, los magistrados sostuvieron que el ultraje quedó acreditado “a la luz de lo que emerge del testimonio prestado por la víctima, por las declaraciones de su madre y de su hermano, a quienes les cuenta lo que le había sucedido. Pero también, en general, a ello se adunan las pericias psicológicas y la pericia psiquiátrica”. Además, se advirtió la situación de especial vulnerabilidad de la denunciante en razón de su edad. Por entonces, era una niña de ocho años y estaba indefensa.

¿Qué hacer ante un abuso?

El abuso sexual en la infancia (ASI) es una de las formas de violencia más extrema contra niños, niñas y adolescentes.

En octubre de 2018, tras una modificación en el artículo 72 del Código Penal Argentino (CPA) se convierten en carácter de orden público los delitos sexuales contra chicos y chicas. La acción ante la Justicia podrá ser iniciada por cualquier persona y el Estado, a través de los fiscales, estará obligado a llevar adelante las investigaciones correspondientes. Es decir, se elimina el requisito de la denuncia de los representantes legales del niño, niña o adolescente como condición para proceder.

Para ello se puede llamar a la Línea 102 de Ayuda a chicos y chicas en riesgo.

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