miércoles 12 de agosto de 2026
ESTA SEMANA SE LE DICTÓ FALTA DE MÉRITO

Para la Justicia, Guaraz actuó sin dolo en cobro de peajes truchos

Vialidad Nacional había denunciado al intendente de Santa Rosa en dos oportunidades por esta práctica ilegítima.

Por Redacción El Ancasti

La Justicia Federal consideró que el intendente de Santa Rosa, Elpidio Guaraz (FT), actuó sin dolo en el cobro de peajes sobre la ruta nacional nº64, ya que lo hacía con un sustento en apariencia legal, como era la ordenanza que había sancionado el Concejo Deliberante. En este sentido, esa ordenanza fue declarada inconstitucional por cuestiones jurisdiccionales.

Según pudo conocer El Ancasti, para dictar la falta de mérito del intendente, el juez Miguel Contreras consideró que Guaraz actuaba sin dolo al ampararse en una ordenanza municipal que había sido sancionada por el Concejo Deliberante y era considerada como soporte legal de esta "tasa municipal" para vehículos de gran porte, que en la práctica se convirtió en una especie de peaje pero ilegal.

En ese sentido, la ordenanza se declaró inconstitucional porque la Justicia consideró que un municipio no tiene jurisdicción para legislar sobre áreas que son propiedad del Estado nacional, como en este caso el tramo de la RN64.

Por este motivo, Guaraz no sólo quedó inhabilitado para continuar con el cobro de estas "tasas municipales", sino que en caso que insista con la medida se podría considerar que comete un delito culposo, y el trámite sería distinto.

El miércoles, el intendente quedó desvinculado de la causa que le inició Vialidad Nacional, luego de las quejas de varios productores que se veían afectados por el cobro de este peaje cada vez que pasaban con máquinas pesadas por ese tramo de la RN64.

Alertado por esta denuncia, Guaraz mudó los "controles" a la ruta provincial nº30, donde hubo incidentes en junio pasado y que terminaron con un camionero hospitalizado por recibir un ladrillazo en la nuca y un empleado municipal detenido.

Por ese episodio, El Ancasti consultó oportunamente con Vialidad Provincial y no se conoció denuncia alguna.

El intendente había justificado el cobro de la tasa municipal al advertir que los vehículos pesados dañaban el pavimento y no existía una jurisdicción definida sobre ese tramo.

"Para nosotros es una avenida, porque incluso cruza por nuestra plaza. Y en Vialidad Nacional no definen si corresponde a la jurisdicción de Catamarca o de Santiago del Estero", había señalado Guaraz en declaraciones radiales.

Antecedente
Si bien la ordenanza en la que se amparaba Guaraz se había sancionado en 2018, ya había antecedentes en 2014 y 2012, en los que el municipio instaló una casilla de peaje no autorizada sobre la RN64. En ambas oportunidades, las víctimas de esta maniobra eran los vehículos pesados, especialmente aquellos que transportaban granos o cítricos.

Por los episodios de 2014 ya se había presentado una denuncia en Fiscalía Federal por parte del Distrito Catamarca de Vialidad Nacional.

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