El ministro de la Corte de Justicia José Ricardo Cáceres expresó su conformidad con la decisión de la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara baja de dar admisibilidad formal a la denuncia que realizó el abogado Eduardo Andrada, en contra de dos miembros de la Corte de Justicia.
"Ya habíamos pedido que se dé inicio formal. No pueden estar dos ministros de la Corte supeditados a juicio político porque no hace bien a la Justicia y no pueden estar fallando con la tranquilidad que se necesita si está supeditado a un juicio político", dijo ayer en declaraciones a Radio Ancasti.
Cáceres se refirió a la impugnación que se realizó por su condición de jubilado y por haber superado los 65 años.
"Me da satisfacción que le den curso a la denuncia"
"Fue declarado inconstitucional por la Corte de Catamarca y también en la Corte Suprema de Santa Fe . Con fundamentos, consideramos ilógico que en plena madurez intelectual se tenga que ir un juez cuando tiene la experiencia", señaló.
"Más sabe el diablo por viejo que por diablo", ironizó Cáceres y recordó las instituciones que valoraban la autoridad de los adultos mayores.
En ese marco, Cáceres valoró la intervención que realizó la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia al tratar la situación de inestabilidad para los ministros de Catamarca.
"Lo que estamos pidiendo es que se respeten las instituciones . Las cosas juzgadas los acuerdos prestados no se pueden revisar", señaló el magistrado.
Cáceres participó en la reunión que se realizó en San Luis de la Federación de Cortes y comentó que pidió que el pronunciamiento no sea en forma personal para ellos sino en defensa de las instituciones.
A través de un comunicado, la entidad dijo que ni un jurado de enjuiciamiento, ni una sala legislativa juzgadora pueden revisar una sentencia o un acuerdo.
En este sentido, el ministro de la Corte consideró que sería "una locura" plantear a la actual integración del Senado que evalúen el acuerdo que él tuvo 20 años atrás y Sesto de Leiva hace 10.
LA CONSTITUCIÓN
El juicio político
- El juicio político está contemplado en la Constitución provincial.
- La acusación de los funcionarios sujetos a juicio político solo podrá fundarse en la comisión de delito en el desempeño de sus funciones o comunes, por mala conducta, negligencia, de conocimiento reiterado y notorio del derecho, morosidad en el ejercicio de sus funciones, por incapacidad física o moral sobreviniente o por incumplimiento de otros deberes inherentes al cargo. Deberá formularse por la Cámara de Diputados en base a denuncias de sus miembros o de cualquier particular.
- Para declarar viable la acusación, se necesitará dos tercios de los miembros de que se compone la Cámara. Aceptada la acusación, el imputado quedará suspendido en sus funciones y la Cámara de Diputados nombrará de su seno una comisión compuesta de cinco miembros para que formalice ante el Senado el capítulo concreto de cargo.
- Presentada la acusación ante el Senado, este se constituirá en Tribunal.