La Corte autorizó a Nucete a movilizar aceitunas crudas
La firma presentó un recurso de amparo debido a que el Gobierno de La Rioja, a través de un decreto, le prohibía realizar esa operación.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación falló en contra del Gobierno riojano que, a través de un decreto, pretendió prohibir a los productores olivareros sacar las aceitunas crudas para su elaboración fuera del territorio.
La Corte hizo lugar a un recurso de amparo presentado por el grupo Nucete y le dio diez días a la empresa, con sede en La Rioja y en Mendoza, para que canalice su pedido de inconstitucionalidad por la justicia ordinaria y no por la vía del amparo -que frena momentáneamente la aplicación del decreto en cuestión. La resolución fue firmada por los ministros de la Corte Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi y Juan Carlos Maqueda, al hacer lugar al dictamen de la procuradora general Laura Montes.
El fallo alude a la fábrica olivarera más importante del país que fue noticia días atrás, cuando anunció el cese de actividades en la planta por tiempo indeterminado en el marco de la crisis económica generada tras el freno de las exportaciones.
Ahora, la Corte Suprema intervino en un planteo de amparo que presentó la empresa José Nucete e hijos S.C.P.A. ante la Justicia Federal de Mendoza.
En ese escrito se reclamaba la inconstitucionalidad de un decreto del Gobierno de La Rioja (el 240/2012), que prohibió hasta fin de año el traslado de aceitunas en crudo producidas en territorio riojano fuera de allí.
La empresa manifestó que ese decreto en forma actual e inminente lesiona, restringe, altera y amenaza, con arbitrariedad e ilegalidad manifiesta, sus derechos de propiedad, de libre comercio y de libre circulación de personas y bienes, y los principios de legalidad, igualdad y razonabilidad.
Nucete dijo que el decreto provincial le impide el traslado de las aceitunas correspondientes a la cosecha de febrero de 2012, sean de producción propia o derivadas de los contratos que celebró con otras empresas, hasta su planta industrial ubicada en el Municipio de Guaymallén de la Provincia de Mendoza.
Señaló que realizó una presentación ante el Secretario de Agricultura de la provincia, requiriendo la liberación de esa materia prima, pero sólo se le autorizó el traslado de 600.000 kilogramos de mercadería desde la finca C.A.C. Sociedad Anónima, que es de su propiedad y tiene una producción de 2.000.000 de kilogramos, así como también se le negó respecto de los contratos de compra celebrados con otros productores. En ese marco, la justicia de Mendoza se declaró incompetente y entendió que el caso debía ser resuelto por la Corte Suprema, tribunal que entiende en los casos que involucran directamente a los estados provinciales.