jueves 30 de julio de 2026
Caso José Aguilar

La Corte examinará la condena de 20 años por el crimen del policía Chávez

Los jueces del Tribunal hicieron lugar al planteo de la defensa que pide una condena cercana a los ocho años de prisión. Aseguran que el juez director se contradijo y se extralimitó.

La Corte de Justicia admitió el recurso de casación interpuesto por la defensa de José Javier Aguilar, declarado culpable a mediados de junio en juicio por jurados, por el homicidio del cabo de Policía Hugo Chávez.

En su presentación, los abogados defensores Jorge Bracamonte (H) y Gabriel Quiroga Barros acusaron al juez director Fernando Damián Esteban, de incurrir en contradicciones y de introducir circunstancias que habían sido descartadas en el debate o que nunca fueron tratadas en el juicio.

No cuestionaron el veredicto de homicidio simple dictado por el jurado popular -remarcando que Aguilar admitió haber cometido el asesinato-, pero criticaron la forma con la que el juez lo condenó a 20 años de prisión.

La defensa pidió a la Corte que fije una condena "sensiblemente más próxima" al mínimo legal de ocho años previsto para el delito, y sólo de manera subsidiaria solicitaron que se anule la sentencia y se ordene la aplicación de una nueva pena.

Señalaron además que el jurado popular declaró culpable a Aguilar del delito de homicidio simple -y no agravado por la condición policial de la víctima que sostenía el Ministerio Público Fiscal-, y que el veredicto fue acompañado por la defensa.

Entre otros argumentos, los abogados consideraron que la sentencia tiene "déficit de fundamentación" que la vuelve arbitraria, aduciendo que el juez no explicó el razonamiento que lo llevó a fijar la pena en 20 años, cuyo máximo es de 25 años y el mínimo es de ocho.

Sostuvieron también que el juez agravó la sanción, computando circunstancias que habían sido excluidas del juicio. Indicaron que en la condena se describió el ataque de Aguilar hacia el policía como "repentino, imprevisto y certero", lo que equipararía con el criterio de alevosía, un agravante que no le fue imputado a Aguilar.

Por otra parte, pidieron que se revea el supuesto "contexto de violencia de género" que, según la defensa, no integró la acusación y fue introducido recién en la etapa de determinación de la pena.

Sobre este punto, la defensa remarcó que el juez se contradijo porque días antes de la sentencia le indicó al jurado que el caso solo debía juzgarse por los delitos endilgados por la Fiscalía. Para los abogados, al sumar la figura de "violencia de género" a último momento, fueron vulnerados los derechos de Aguilar.

En el planteo pidieron que a la Corte de Justicia que además de reducir la condena, subsidiariamente se reenvíen las actuaciones al tribunal de origen para que dicte una nueva mensuración de la pena.

La defensa dejó planteado, además, que se reservan el derecho de recurrir a una instancia federal, ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que es el máximo tribunal del país, si la Corte provincial rechazara sus planteos. Se prevé que próximamente la Corte fijará la fecha de audiencia de expresión de agravios para que las partes intervinientes defiendan sus argumentos.

Los jueces deberán resolver si los cuestionamientos de la defensa afectan la validez de la sentencia emitida por el juez Esteban, o si confirma la condena de 20 años de prisión.

El caso

Chávez fue asesinado por Aguilar frente a su casa de Valle Chico, en abril de 2022.

Según la investigación, mató al policía de un puntazo en el pecho cuando éste acudía al llamado de auxilio de una mujer, a quien en ese momento Aguilar agredía. La damnificada era su pareja y ese día, cuando era agredida, se ocultó en una habitación para proteger su integridad.

El 11 de junio de este año, el jurado popular declaró culpable a Aguilar por "homicidio simple".

La principal discusión durante el debate estuvo centrada en la calificación legal del hecho. El Ministerio Público Fiscal (MPF), acompañado por la querella, sostuvo que correspondía aplicar el agravante por la condición de policía de la víctima.

La defensa, por su parte, sostuvo que el acusado debía responder por homicidio simple, al entender que no actuó motivado por la condición de efectivo policial de Chávez.

Primer juicio

A principio de febrero la Sala Penal de la Corte de Justicia anuló la condena a prisión perpetua de Aguilar por el crimen de Chavez. El tribunal invalidó tanto el veredicto del jurado popular como la sentencia del juez. Aguilar había sido condenado a prisión perpetua el 23 de agosto de 2024, por el homicidio. La decisión de la Sala Penal dispuso entonces que se realice un nuevo juicio desde cero, para determinar su responsabilidad, a pesar de que había admitido haber cometido el crimen.

El fallo se fundamentó en "errores críticos" cometidos, según la Justicia, por el entonces juez director Marcelo Soria, quien habría brindado respuestas contradictorias al jurado popular sobre cómo interpretar el homicidio calificado. Tras esta resolución judicial, las actuaciones regresarán a la Oficina de Gestión de Audiencias para designar un nuevo tribunal.

La decisión del Tribunal fue duramente cuestionada por el Centro Mutual de Policías Retirados de Catamarca, que expresó un "profundo repudio".

La entidad manifestó su preocupación e indignación ante la decisión judicial, al considerar que representa "un retroceso alarmante en la búsqueda de justicia" y un "desprecio a la vida de un servidor público". Recordaron que Chávez perdió la vida en cumplimiento del deber, cuando intervino para asistir a una mujer víctima de violencia de género.

Señalaron que, tras casi cuatro años de espera, la nulidad del proceso genera incertidumbre y mantiene abierta una herida tanto en la familia del efectivo como en la fuerza policial y en la sociedad catamarqueña.n

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