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EL 26 DE JUNIO DE 2019 SE DICTÓ EL VEREDICTO

La Corte de Justicia confirmó el fallo por el robo a Las Grullas

Se trata del primer debate en la Cámara de Sentencia Penal Juvenil. Hubo condenas de siete y cuatro años.
23 de junio de 2020 - 01:02 Por Redacción El Ancasti

El 21 de julio de 2018, por la madrugada, dos jóvenes ingresaron al local gastronómico Las Grullas, en la zona alta de la ciudad. Mediante amenazas y armas de fuego amedrentaron a las personas que allí se encontraban. Se escuchó un disparo y uno de los dueños de este comercio resultó herido. Los sospechosos huyeron con la caja registradora, dos tablets y un teléfono celular.

Daniel Casas y un adolescente, de 17 años, fueron los acusados por el delito de “robo calificado por el uso de armas”, pero a Casas se le agravó la calificación “por la participación de un menor de edad”. Hasta entonces, la causa se encontraba en el Fuero Penal de adultos, pero, en enero de 2019, entró en vigencia la ley 5.544 de Régimen de Responsabilidad Penal Juvenil y el trámite del expediente tuvo un giro. A finales de abril del año pasado, la Cámara Penal de Tercera Nominación, advertida de la vigencia de la flamante normativa, resolvió declarar la incompetencia de este Tribunal y, a la vez, remitieron el expediente a la Cámara de Sentencia del Tribunal Penal Juvenil.  

Finalmente, el 19 de junio siguiente se abrió el debate. Con esta causa, debutó la Cámara de Sentencia Penal Juvenil. El Tribunal estuvo integrado por los jueces de este Fuero especializado Rodrigo Morabito y Fabricio Gershani Quesada y el juez de la Cámara Penal de Tercera Nominación Jorge Palacios. El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el fiscal Hugo Costilla y la defensa estuvo a cargo de Fernando Contreras, en representación del adolescente, y de Víctor García, por Casas. Finalmente, el 26 de junio, la Cámara de Sentencia del Tribunal Penal Juvenil halló culpables a Daniel Eduardo Casas (21) y al joven imputado en el delito de “robo calificado por el uso de armas”, pero Casas fue condenado a la pena de siete años de prisión y el adolescente debe cumplir una pena de cuatro años, en un establecimiento especializado, una vez que la sentencia se encuentre firme. 
Fuentes consultadas por El Ancasti informaron que la Corte de Justicia de Catamarca confirmó el fallo de la Cámara de Sentencia Penal Juvenil. De esta manera, se ordenaría la detención del joven. 

Fundamentos
En los fundamentos de esta sentencia, los magistrados aseguraron que existe un caudal de indicios de importancia que unívocamente llevan al grado de certeza acerca de que el hecho existió y que este fue ejecutado por ambos jóvenes. Para ello, previamente tomaron todos los recaudos necesarios para no ser reconocidos, ocultando sus rostros con cascos y encapuchados. Casas había trabajado en el comercio durante un tiempo aproximado de ocho meses, remarcaron.
“La existencia de las dos armas en la escena del hecho ha quedado debidamente acreditada a partir de la visualización de las cámaras del negocio y con las declaraciones de los testigos que vieron al adolescente y a Casas ingresar, ambos armados. Ahora bien, hasta aquí tenemos a ambos imputados ubicados en la escena del crimen, habiendo actuado en forma violenta con armas de fuego”, precisaron.

Los jueces valoraron el testimonio de un testigo, amigo del adolescente imputado, quien fue claro en señalar que quien le entregó una caja fue el chico acusado. “El posterior resultado respecto de la pericia papiloscópica practicada sobre la caja registradora secuestrada fue positivo. Uno de los rastros levantados se correspondió con la impresión del dígito índice de la mano derecha del adolescente. Por otra parte, si bien el testigo no pudo precisar las características de la motocicleta en la que iba el adolescente sospechoso al momento de entregarle la caja registradora, sí fue preciso al señalar que ‘llegaron los dos’ y que quien conducía la moto era ‘Danielito’, refiriéndose a Casas y que luego de entregarle el referido elemento le dijeron que después volverían a buscarla”, detallaron. 

En cuanto a la calificación, se indicó que si bien el Ministerio Público Fiscal ha mencionado al arma de fuego y el supuesto disparo que se habría producido, no ha logrado acreditar que efectivamente el arma utilizada por el adolescente haya sido disparada más allá de los dichos de las víctimas y el supuesto orificio provocado en el techo del local comercial. “Si bien las armas no fueron encontradas por la investigación, tampoco se realizaron las pericias pertinentes en el cielo raso para determinar si el orificio se correspondía con el de un proyectil. Tampoco se encontraron en el lugar vainas servidas. Sin dudas que la calificación legal que corresponde en este supuesto es el de robo agravado por el uso de armas”, se indicó. 

El adulto no se valió del adolescente para delinquir

En los fundamentos de la condena, los jueces destacaron que Casas jamás pudo valerse de la condición de adolescente de su coimputado para procurar su impunidad porque este chico tuvo un rol protagónico. “Fue quien arremetió con mayor violencia, pues él fue el que apuntó, golpeó y trasladó a las víctimas al baño para encerrarlas mientras Casas se apoderaba de los elementos”, se advirtió.

“El acto de imponer una sanción a un adolescente infractor exige agudizar el juicio prudencial porque en el caso concreto la pena va a privar el bien más preciado en occidente -la libertad-, a una persona que recién se está iniciando en la vida adulta”, se valoró.
Sin embargo, para los jueces, otra de las particularidades que llevan a endilgarle a Casas la autoría del hecho delictivo cometido, es que al haber prestado servicios laborales en el lugar, conocía muy bien los movimientos y horarios en que se cerraba el negocio y el dinero que se manejaba, de la modalidad de entrega de este a sus dueños en horas de la madrugada, como así también, quienes eran las personas que se quedaban hasta el último para hacer caja y entregar ese dinero.
Casas al ingresar al local, mientras el chico se encargaba de amedrentar y golpear a las víctimas, se dirigió directamente al lugar en donde estaban los elementos que buscaban y que finalmente sustrajeron. La particularidad de ello está dada en que esos elementos (la caja registradora, las tablets, el celular y el botiquín) se encontraban ocultos y que al salir del baño ya no estaban.

Una testigo recordó “que eso fue muy sospechoso porque los delantales estaban bien doblados, es decir que no levantaron el delantal y los tiraron para buscar las tablets, como que metieron la mano por debajo de los delantales para sacar las tablets”. Casas había trabajado durante ocho meses en el local comercial “Las Grullas” y conocía certeramente a donde se ocultaban esos elementos de valor y de las precauciones que tomaban los empleados del local (sus excompañeros de trabajo).

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