miércoles 5 de agosto de 2026
CUMPLÍAN FUNCIONES EN LA COMISARÍA OCTAVA

Dos policías acusados por el delito de “vejaciones” negaron los hechos

En agosto del año pasado, los efectivos habían intervenido en una gresca entre vecinos en la zona norte capitalina.

Por Redacción El Ancasti

Ángel Eduardo Varela y Jairo Emiliano Moya son dos policías de la provincia que fueron imputados por el delito de “vejaciones agravadas por mediar violencia en calidad de coautores en concurso ideal con lesiones leves”. Ayer, en la Cámara Penal de Tercera Nominación se inició el debate por esta causa.

La audiencia se realizó de manera unipersonal, con el juez Marcelo Soria. El Ministerio Público Fiscal fue representado por el fiscal Miguel Mauvecín. En tanto que el abogado del foro local Orlando del Señor Barrientos está a cargo de la defensa de ambos imputados.

En la primera jornada, Varela y Moya negaron los hechos. De acuerdo con la investigación, el 21 de agosto del año pasado, entre las 15 y las 17.30, Varela se encontraba en funciones en la Comisaría Octava, en la zona norte de la Capital. Se anotició de que en el barrio Parque La Gruta había un disturbio. Junto con su compañero Moya se hacen presentes en el lugar. Al llegar, observaron que dos vecinos se arrojaban piedras de gran tamaño entre ellos. Dada la situación, los uniformados procedieron a reducir a ambos vecinos. A tal fin, Varela habría golpeado con los puños en las costillas y en el rostro a uno de los presuntos revoltosos y los golpes habrían continuado en la comisaría. Tal golpiza, presuntamente excedida en sus funciones, le habría generado al joven vecino lesiones que le demandaron entre 20 a 30 días de curaciones. 
Una de las testigos recordó que sus vecinos –los protagonistas de la gresca- solían hacer “barullo” y tener peleas. “Tiraban muchas piedras”, contó la mujer, sobre lo acontecido aquella tarde. Según precisó, entre padre e hijo tiraban piedras a un vecino. 

A su turno, un policía, compañero de los acusados, quien cumplía la función de celador en la sede la seccional, recordó que la tarde en cuestión llevaron a los dos detenidos y al momento del ingreso fueron requisados. Aseguró que no vio a Moya ni a Varela golpear a nadie. 

El debate pasó a un cuarto intermedio. Está previsto que hoy se reanude la audiencia, a fin de que las partes formulen sus respectivos alegatos. Finalizada esta instancia, posiblemente el magistrado Soria dé a conocer el veredicto.
Imputación

De acuerdo con la imputación que se les endilgó a Moya y a Varela, el Código Penal Argentino (CPA) estipula que será reprimido con prisión de uno a cinco años e inhabilitación especial por doble tiempo el funcionario público que, con abuso de sus funciones o sin las formalidades prescriptas por la ley, privase a alguno de su libertad personal; el funcionario que desempeñando un acto de servicio cometiera cualquier vejación contra las personas o les aplicare apremios ilegales como así también el funcionario público que impusiere a los presos que guarde, severidades, vejaciones, o apremios ilegales. Si concurriere alguna de las circunstancias enumeradas en los incisos 1, 2, 3 y 5 del artículo 142, la pena privativa de la libertad será de prisión de dos a seis años. Es decir, que de ser hallados culpables, ambos policías podrían cumplir una pena de prisión en suspenso o efectiva. 

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