viernes 29 de marzo de 2024
otra mirada en la justicia

Tras la condena a prisión perpetua, aparece una nueva oportunidad

El fallo de la Corte de Justicia que concedió la libertad a Yésica Paola Ferreyra sentó un precedente.

Por Redacción El Ancasti

La libertad no es más que la oportunidad de ser mejor”, es una frase que legó el escritor Albert Camus a la humanidad. El sueño de las personas privadas de libertad de volver a ser libre algunas veces se hace realidad, aunque más no sea para algunos pocos. De esta manera, esos pocos privilegiados tienen una nueva oportunidad en la vida. La Corte de Justicia ya sentó precedentes de personas que luego de haber sido condenadas a prisión perpetua, recuperaron la libertad.

El caso más reciente es el de Yésica Paola Ferreyra, quien en octubre del año pasado fue condenada, por unanimidad, por la Cámara Penal de Tercera Nominación a la pena máxima. La joven fue sentenciada junto con su pareja, Ariel Leguizamón, al haber sido hallados culpables en el delito de “homicidio agravado por alevosía” por el denominado “crimen del motel”, ocurrido en julio de 2016. Sin embargo, la defensora oficial de Quinta Nominación, Mariana Vera, apeló la sentencia y el martes pasado el máximo tribunal de justicia de Catamarca dispuso la inmediata libertad de la joven. Ya libre, Yésica Paola podrá reencontrarse con sus tres hijos, de entre cinco y 11 años, a quienes no ve desde que fue privada de la libertad.

Los ministros de la Corte votaron con disidencia. La ministra Vilma Molina advirtió en su voto que la situación de Yésica Paola debió haber sido analizada “con perspectiva de género”, de acuerdo con tratados internacionales, como la Convención de Belem Do Pará, que en Argentina tienen rango constitucional. “Yésica Paola Ferreyra era víctima de violencia de género, se encontraba inmersa en un círculo de violencia del que no podía salir, pese a haberlo intentado en distintas oportunidades, conforme quedó acreditado con la denuncia formulada en contra de su concubino. Allí, dejó constancia de que su relación con Leguizamón finalizó hace cinco meses, porque es una persona muy agresiva, que le pegó en varias oportunidades. También pone de resalto distintos episodios de violencia vividos, que la corrió de su casa, que no le quería dar a sus tres hijos”, resaltó.

Para Molina, el círculo de violencia transitado por la joven también quedó acreditado con lo constatado en el informe socio ambiental que destaca que la pareja se enmarcaba en una relación enferma, basada en la violencia de género. Además, se observó el estado emocional por el que atravesaba Yésica Paola, a consecuencia de la violencia ejercida por su concubino que también era percibido por sus compañeras de trabajo.

“En definitiva, se observa que la sentencia en crisis no arribó a una solución ajustada a derecho por no interpretar los hechos y las pruebas aportadas a la causa, parcializando y descontextualizando su análisis, dando cuenta de la situación de la acusada, dentro de un contexto de violencia de género, todo lo cual vulnera las garantías de defensa en juicio y debido proceso de la nombrada”, resaltó.
El voto de Molina fue acompañado por los ministros Luis Raúl Cippitelli, Amelia Sesto de Leiva y José Cáceres. En disidencia, el ministro Miguel Figueroa Vicario, advirtió que, a su criterio, la condena debía ser confirmada. “La defensa pretende que su asistida sea considerada como una víctima de violencia de género, sumida en una condición de vulnerabilidad respecto de su pareja conviviente que ha llegado incluso a anularla como persona, convirtiéndola en autómata. Pero diversos pasajes de su propio descargo me convencen de que a Ferreyra -si bien mantenía con Leguizamón una relación caracterizada por el sometimiento, el temor y la necesidad de aprobación-, le era exigible un comportamiento diferente para evitar el ataque que terminó con la vida de Herrera. En este caso, no se juzgó la consecuencia de la reacción de una mujer víctima de violencia de género e intrafamiliar, como respuesta a la agresión de quien la sometía como víctima –es decir su pareja, Leguizamón-, sino que se juzgó y condenó el ataque concertado por Ferreyra con este último, para atacar a Herrera -que era un tercero ajeno a la relación-", señaló.

Padre libre

En 2015, Domingo Delgadino, quien fue condenado a prisión perpetua junto a sus hijos Diego y Facundo por el crimen de Leandro Centeno (ver página 17), fue liberado. La Corte de Justicia de la Provincia hizo lugar al recurso de casación presentado por sus abogados. Durante el debate, Domingo Delgadino manifestó, en todo momento, no saber nada del hecho que terminó con la vida de Leandro Centeno en septiembre de 2012. El 11 de septiembre de ese año, a las 11.30, fue encontrado el cuerpo de Leandro Centeno, el adolescente de 15 años que supuestamente le había robado la moto a la madre de los Delgadino. Su cuerpo fue hallado envuelto en una lona que estaba bajo un montículo de arena en la casa de los condenados.

Libre, al fin, por haber matado para defenderse

En los registros judiciales se encuentra el caso de Cecilia Leiva, una mujer que pasó seis años privada de la libertad por un homicidio. La noche del 3 de junio de 2005 le clavó un destornillador en el tórax a su pareja y padre de sus hijos. La mujer, quien dijo que por la violencia de su pareja ya había perdido un embarazo, sostuvo que actuó en legítima defensa. Cecilia, al momento de la tragedia, estaba embarazada de seis meses. Sin embargo, sus argumentos fueron descartados por la Cámara Penal de Primera Nominación, que en noviembre de 2006 la condenó a 12 años de prisión, luego de haberla hallado culpable en el delito de “homicidio simple”.

Su abogado defensor Pedro Eugenio Despouy Santoro casó la sentencia y si bien en la Corte de Justicia de Catamarca no se le hizo lugar al planteo, en noviembre de 2011 –cinco años después de la condena-, la Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la sentencia por considerar que en el juicio no se analizaron los argumentos de la acusada.

Un dictamen de la Procuración de 2009, al que adhirió ahora la Corte catamarqueña, sostuvo que en el juicio la Cámara de Catamarca no revisó “todas la lesiones que dice la imputada haber sufrido de manos de su pareja” y que omitió “estudiar las condiciones psíquicas”. La decisión de la Corte fue adoptada por los jueces Ricardo Lorenzetti, Enrique Petracchi, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni, Elena Highton de Nolasco y Carmen Argibay, estas dos últimas con votos propios. En mayo de 2012, la Corte de Justicia de Catamarca finalmente absolvió a Cecilia Leiva y le concedió la libertad.

SENTENCIAS CONFIRMADAS
De perpetuas y absoluciones
En junio de 2014, la Cámara Penal de Primera Nominación condenó a Francisco Andrés “El Negro la Carpa” Quiroga a la pena de prisión perpetua. Los jueces lo hallaron culpable en el delito de “homicidio agravado por femicidio”. Se trató de la primera condena por femicidio del país, por lo que este tribunal sentó un precedente. Quiroga había asesinado y descuartizado el cuerpo de María Rita Valdez (23), su pareja y madre de dos de sus hijos.
Su abogado defensor Víctor García casó la sentencia. En diciembre de 2015, la Corte de Justicia de la Nación ratificó la condena y, de esta manera, confirmó el precedente judicial.
En julio de 2015, el supremo tribunal catamarqueño confirmó las condenas a prisión perpetua de los hermanos Diego y Facundo Delgadino, por el homicidio de Leandro Centeno –ocurrido en septiembre de 2012-. La condena se concretó en agosto de 2014 por la Cámara Penal de Primera Nominación. Los jóvenes no tuvieron la misma suerte que su padre, Domingo. También se ratificó la absolución de Rosa Vera y la pena de 5 años impuesta a Nelson Solórzano.
En marzo de 2017, la Cámara Penal de Primera Nominación condenó a Marcos Beltramello y a Sofía Beltramello, ambos primos, a prisión perpetua, al haber sido hallados culpables en el delito de “homicidio calificado por haber sido cometido criminis causa y de robo calificado por el uso de armas en concurso real”.  En abril de 2015, habían asesinado a puñaladas al pediatra Ignacio Burchakchi. Los primeros, cada uno por su lado, apelaron la sentencia y en abril de este año el máximo tribunal de justicia catamarqueño confirmó la condena.
En junio del año pasado, la Corte de Justicia de Catamarca confirmó la absolución de José Orlando “Maturano” Barros, también conocido como “Matu”. En marzo de 2016, la Cámara Penal de Segunda Nominación absolvió a Barros, quien estaba señalado como el principal sospechoso del doble crimen de La Merced. En marzo de 2012, de manera violenta, las hermanas Petrona y Trinidad Barrionuevo habían sido asesinadas. Este doble homicidio aún permanece impune.

 

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