viernes 8 de mayo de 2026
En junio de 2016 le encontraron una cantidad considerable de sustancia

Transportaba droga, se reconoció consumidor y lo condenaron

Para el Tribunal Oral Federal, el transporte no siempre forma parte de una cadena de tráfico.

Por Redacción El Ancasti

El pasado 14 de diciembre en un debate unipersonal en el Tribunal Oral Federal, el juez José Camilo Quiroga Uriburu condenó a Matías Ceballos Guzmán (37) tras haber sido declarado culpable en el delito de “transporte de estupefacientes”. El acusado se responsabilizó por el hecho y se confesó como consumidor; su abogado defensor y la representante del ministerio público fiscal federal María Delicia Correa acordaron una pena.


Con el acuerdo entre las partes, el magistrado federal estipuló una pena de cinco años más $4.000 de multa económica. Según fundamentó, “el delito de transporte de estupefacientes no requiere, como elemento ultraintencional o elemento subjetivo distinto del dolo, la intención de comercialización del ilícito transportado o la acreditación de quien transporta lo hace con la intención de participar de una cadena de tráfico de dichas sustancias”.


El 30 de junio de 2016 el acusado transportó gran variedad y cantidad de sustancias estupefacientes, entre cocaína, LSD y marihuana, desde Córdoba hasta Catamarca. Estaba en pleno conocimiento del material ilícito que tenía en su poder. Tras haber cotejado llamados telefónicos, se advirtió que Ceballos Guzmán se dedicaba a actividades en infracción a la ley de drogas.


El joven venía en micro desde Córdoba a Catamarca y cerca de las 20.20 llegó a la Terminal de Ómnibus. Llevaba una mochila y un bolso. Una vez identificado, personal policial que intervino en el operativo le solicitó que mostrara sus pertenencias. Ceballos Guzmán entregó un teléfono celular, una pulsera, una bolsa negra de nailon que contenía 50 gramos de cocaína, tres pequeñas láminas, 99 troqueles de LSD y $64,75. También tenía una mochila en la que transportaba dos trozos compactos de marihuana, por un peso total de 414 gramos, más otros siete trozos compactos de la misma hierba que pesaban seis kilos con 173 gramos.


Más tarde, se realizó un allanamiento ordenado por la Justicia Federal en el domicilio de Ceballos Guzmán en la zona norte de la Capital, donde residía desde hacía un año. En el interior encontraron 17 gramos de marihuana y 39 macetas de plástico, sobre la mesa había una balanza y un plato de loza con seis gramos de probable marihuana. En uno de los dormitorios se encontró un invernáculo de madera revestido en su interior con papel aluminio; dentro de éste,  había macetas de plástico con plantines de cannabis sativa y en su parte superior varios botes de fertilizantes, fungicidas, un medidor de PH y tenía colgado desde su parte superior una lámpara de 105W con su respectivo cable de alimentación eléctrica. Al mismo tiempo, encontraron varias macetas con un total de 27 plantines de cannabis sativa; también se observó que dicho invernáculo tenía pegado a una de sus paredes un termómetro, una llave térmica y ventiladores. En el mismo lugar se encontró otro invernáculo de tamaño mediano de plástico transparente con una lámpara tipo tubo fluorescente con su respectivo cable de alimentación eléctrica, se detalló.


El trabajo de inteligencia se había realizado seis meses antes, cuando la Dirección Drogas Peligrosas de la Policía de la Provincia tomó conocimiento de que en el domicilio de Ceballos Guzmán se realizaban actividades vinculadas al tráfico de estupefacientes, más precisamente a la comercialización, y que el acusado adquiría la sustancia ilícita de la provincia de Córdoba, sea a través de encomiendas o por viajes que él mismo efectuaba.


Según la información a la que había accedido este diario, desde que el acusado se radicó en esta provincia organizó su "empresa" y con base a los datos que manejaban los investigadores el cordobés trabajaba en un bar céntrico en donde vendía la sustancia. 

Denegado
En su alegato, el defensor oficial de Ceballos Guzmán solicitó al Tribunal que su asistido sea traslado, a los fines de cumplir la pena impuesta, a la cárcel de la Ciudad de Villa María, provincia de Córdoba, a los efectos de tener una mayor proximidad con su hermano que padece un cuadro de epilepsia. No obstante, el juez Quiroga Uriburu advirtió que tal planteo no fue materia del acuerdo arribado con el Ministerio Público Fiscal. Por ello, el pedido deberá ser sustanciado en la etapa de ejecución de la sentencia.

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