Los jueces subrogantes de la Cámara en lo Criminal de Primera Nominación dieron a conocer los argumentos de la sentencia contra Ernesto Rodríguez, el hombre que fue juzgado nuevamente y condenado a 14 años de prisión por tres hechos de abuso sexual agravado en contra de su hijastra de 12 años. Para ellos, la defensa del acusado, que decía que se trataba de un "invento" para deshacerse de él, "carece de asidero frente al concluyente material probatorio que lo compromete", entre otras cosas.
Los magistrados hicieron un minucioso desglose de todo lo vertido durante el debate. Así, en cuanto a los argumentos que expuso el imputado y su mujer, quien aseguró que su ex esposa lo denunció solo "para quedarse con todo” y porque tenía una relación con otro hombre, los jueces señalaron que "aceptar la tesis de la defensa al negar los hechos sería ni más ni menos que aceptar la propuesta de una conspiración, de una falsa denuncia o falsa acusación en la que habrían intervenido la víctima, su madre, las autoridades escolares, los facultativos que examinaron a la menor, los que formarían parte de una trama urdida para perjudicar a un inocente, lo que no parece aceptable”. En este contexto, mencionaron que uno de los testigos propuesto por el abogado de Rodríguez, quien supuestamente habría escuchado que la medre de la menor quería levantar la denuncia porque había mentido, no dijo eso en el debate, y aclaró además que la mujer nunca le dijo que ella inventó lo sucedido.
En cuanto a los cuestionamientos de Rodríguez sobre posibles contradicciones en los relatos, el Tribunal señaló: "Observamos como sumamente relevante la declaración que brindara la víctima en debate en forma personal, oportunidad en que se pudo percibir en ella un relato sincero a pesar de su tremendo deterioro emocional y alto grado de angustia al tratar de recordar entre sollozos los padecimientos sufridos. Resultó evidente que sus gestos, actitudes y respuestas denotaban que no estaba fingiendo, aunque su particular estado de zozobra no le permitiera abundar en mayores explicaciones y no recordara con precisión circunstancias no esenciales o de menor trascendencia. Al convocársela a debate, a instancia del Tribunal superior, demostró su esfuerzo y decidida actitud para venir desde tan lejos a expresar lo que le sucediera y ratificar los abusos sexuales de los que fuera objeto por su ex padrastro. Aunque la defensa técnica, en su loable labor ejercida cuestione el valor de sus dichos, su sentida deposición guarda esencial y armónico correlato con la denuncia que realizara su madre, al igual que el testimonio que esta brindara”.
También se tuvo en cuenta el testimonio de la madre y los análisis psiquiátricos que se concretaron en donde se daba cuenta del gran estrés y cansancio que tenía tras la exposición a que fue sometida cuando se ventiló en su pueblo lo sucedido. "Esa situación fue traumática totalmente y le produjo a la niña un daño psicológico y psíquico, también le trajo consecuencias sociales porque se hizo público. Había persecución hacia su familia en forma de amenazas, tuvo que cambiarse de escuela. Cuando vinieron al Tribunal, estaba la familia de Rodríguez y se sintieron intimidadas".
Es por esto que a la hora de dar la condena se hizo hincapié principalmente en que "la extensión del daño provocado en el aspecto psicológico y emocional de la menor son de importante magnitud, conforme refieren los informes psicológicos, psiquiátricos, testimonios que la menor y psicólogas vertieran en debate y que además el Tribunal lo pudo percibir”. También en la falta de arrepentimiento de Rodríguez.