“Si hay algo digno para reinsertar a una persona en la sociedad es el trabajo"
El magistrado dijo que “la cárcel no es un lugar para castigo de los reos” y que “el preso tiene el mismo derecho que cualquiera a trabajar”. "Hay que leer un poco la Constitución”, recomendó.
El juez de Garantías Ramón Porfirio Acuña,al ser consultado sobre la resolución judicial que establece que los
presos que trabajan tienen los mismos derechos que los trabajadores comunes y el
malestar que esto ha generado en un sector de la sociedad, expresó que "la
cárcel no es un lugar para castigo de los reos, según la Constitucional
Nacional, sino la finalidad de la pena es la reinserción social, la
readaptación de aquel individuo que equivocó el camino, para volverlo a la
sociedad un poco sano, por decirlo así. Como esa readaptación es progresiva,
implica la posibilidad de trabajo del interno. Si hay algo digno para
reinsertar a una persona en la sociedad es el trabajo y eso está
previsto en la Constitución Nacional, en el Código Penal y en la ley de
Ejecución Penal”.
El funcionario judicial agregó, en diálogo con Radio Ancasti,
que "históricamente la posibilidad de trabajo existió, los presos perciben una
remuneración por su trabajo, habría que ver cómo está regulado en cada
jurisdicción, cuales son las características de esa regulación y al no ser
obligatorio, cada interno decide si trabaja o no. El mal humor en la gente con
respecto a esta tema tiene que ver con la inseguridad que está sufriendo la
sociedad, pero lo que no hay que desconocer es que la Carta Magna reconoce el
principio de igualdad ante la ley, a igual trabajo igual remuneración y el
preso tiene el mismo derecho a trabajar, hay que leer un poco la Constitución”,
manifestó el magistrado para referirse al tema.
En otro orden, Acuña se refirió a la reciente reforma del nuevo Código Procesal Penal
de la Nación, expresándose de manera positiva con respecto a este nuevo instrumento.
Señaló que "el Código anterior ya era viejo y no poseía las
bondades que tiene el nuevo, cuya tendencia acusatoria es apropiada”. Lo
consideró moderno y que ya se había implementado en provincias como Córdoba,
Tucumán, Santiago y Catamarca.
"El nuevo instrumento legal es democrático e ideológico y
adopta el diseño constitucional, porque también con el nuevo Código está la
posibilidad por vía de ley especial, de la aplicación el Juicio por Jurado, que
está estipulado en la Constitución Nacional”, manifestó el magistrado.
Además el juez expresó: "Estamos muy contentos, los que nos
dedicamos al Derecho Penal, con que la Nación adopte un diseño de Código
Procesal Penal conforme a la Constitución y que sean compatibles con los
modernos códigos nacionales. Aplicar el Juicio por Jurados, seria cumplir con un
mandato Constitucional que hasta ahora está aplicado a medias, ya que
actualmente está funcionando en Córdoba, Neuquén, Rio Negro y prontamente en
Entre Ríos, de tal manera que se trata de la posibilidad concreta que de esta
manera se cumpla con la Constitución”.