13 de julio de 2008 - 00:00
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Revés judicial para la AFIP
El juez Federal declaró inconstitucional el embargo trabado contra un contribuyente moroso.
En su fallo el juez Ricardo Moreno hizo lugar al planteo de inconstitucionalidad esgrimido por el abogado Rodrigo Buldurini, en representación de Aredes, y agregó que teniendo en cuenta el resultado arribado (...) corresponde ordenar al Fisco Nacional el levantamiento de las medidas cautelares trabadas. Por último, señala, deberán abstener de trabar cualquier medida cautelar en contra de Aredes sin que exista una orden judicial que así lo disponga. Antecedente
Un claro precedente a nivel nacional fue el fallo emitido por la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba en el caso AFIP c/ Hemodinamia Río Cuarto SRL del 1 de junio del 2001, que afirmó que la intervención adoptada por el Poder Administrador -en este caso la AFIP- que cuenta con claras facultades jurisdiccionales afecta el principio de división de poderes, lo que conlleva a que resulte difícil y complejo dirimir quién, en definitiva, resulta ser el titular del ejercicio jurisdiccional, si el Administrador o el Poder Judicial.
La justicia federal de la provincia se hace eco de la jurisprudencia a nivel nacional y de la doctrina prevaleciente, sentando los precedentes necesarios para que el ciudadano, por lo menos en este caso, defienda sus derechos que tantas veces se ven diezmados y sin resguardo alguno.
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