jueves 10 de julio de 2025
Se dictó una nueva disposición

Privada ratificó el monto de las cuotas

Por Redacción El Ancasti

La Dirección de Educación de Gestión Privada y Municipal dispuso ratificar los porcentajes de aumento de cuota establecidos en la Disposición 874/17 para los colegios. 


Según el director del organismo, Fabián Herrera, en respuesta a todas las presentaciones que realizaron los colegios en algunos casos como nota y otros como recurso de reconsideración, en contra de la decisión de establecer los montos máximos para las cuotas, “se emitió una nueva disposición en la que se ratifican los montos de aumento y hace lugar parcialmente a las presentaciones efectuadas por los establecimientos educativos Belgrano, Pía Didoménico y Padre Ramón de la Quintana, dejando en suspenso la ejecución del artículo 3 que establecía la devolución o reintegro del excedente cobrado durante los primeros meses del año por un plazo de 30 días, a partir de la nueva normativa, para que presenten un informe acreditando con la información respaldatoria las presentaciones realizadas y que tienen que ver con la inversión realizada durante el primer semestre que había sido calculada de acuerdo con el monto del arancel que ellos habían estimado que se iba a autorizar”, explicó el funcionario. 

Sanción


Herrera afirmó que se ratificó que a partir de agosto, “las instituciones tienen que cumplir con el arancel detallado y establecido para cada colegio”. 


Respecto al Colegio Fasta, que ya informó a los tutores que la cuota del mes de septiembre es de $940 ($890 más $50 de gastos administrativos), Herrera reiteró que el monto autorizado es de $765 de agosto a diciembre, “vamos a convocarlos (a los representantes legales) nuevamente, como se acordó, para trabajar sobre la matrícula 2018, antes de que ellos comiencen a comunicar a los padres un arancel que no es el autorizado; y allí vamos a volver sobre lo que ellos ya tendrían que dar cumplimiento efectivo a los valores máximos y en base a eso se tomarán las determinaciones que corresponden a quienes no estén cumpliendo con lo establecido”.


La nueva disposición que lleva el número 1198 señala que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación, se ha expedido aconsejando que "se instrumente un acto administrativo que en mérito al tiempo lectivo transcurrido en el servicio brindado por los establecimientos educativos de gestión privada suspenda únicamente la ejecución de la devolución del dinero que se cobró de más". 
Esta misma disposición establece que los colegios percibirán como valor mínimo de arancel mensual a partir de agosto el monto de $400 sin perjuicio de la decisión de los propietarios de fijar un valor menor al mismo. "Vamos a reunirnos y volver a insistir en la normativa que está vigente, esperamos llegar a un acuerdo definitivo en un tema que es preocupación para los padres", concluyó.

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