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Debido a la falta de un Régimen especializado en materia Penal Juvenil

Una especialidad pendiente para los chicos infractores

Catamarca aún no cuenta con una cámara especializada para juzgar a adolescentes en conflicto con la Ley.
11 de diciembre de 2016 - 04:09 Por Redacción El Ancasti
A cinco años de la Tragedia de la Alcaidía, que le costó la vida a cuatro adolescentes, en Catamarca sigue siendo una materia pendiente la creación de un fuero especializado en materia penal juvenil. Esta situación, en gran medida, se debe a la falta de un Régimen Penal para chicos infractores y, en este contexto, un tribunal para juzgar a los adolescentes en conflicto con la Ley se convierte en una especialidad necesaria.

La Tragedia de la Alcaidía fue el primer disparador que puso en evidencia la necesidad de un abordaje especializado para los chicos infractores y, desde entonces, se presentaron en la Legislatura provincial al menos cuatro proyectos para la creación de un fuero especializado al respecto. Sin embargo, todavía ninguna propuesta fue analizada en el recinto.

El juez de Menores de Primera Instancia, Fabricio Gershani Quesada, consultado por El Ancasti, explicó que el punto de partida básico en la configuración de un sistema de justicia juvenil está en la necesidad de que el juzgamiento y la sanción de los chicos infractores sean efectuados por un sistema especial de responsabilidad, que cuente con algunas características diversas a la de los adultos.

En este sentido, indicó que este mandato fue reforzado, a nivel internacional, por el Comité de Derechos del Niño, sobre los Derechos del Niño en la Justicia de Menores. "Los niños se diferencian de los adultos tanto en su desarrollo físico y psicológico como en sus necesidades emocionales y educativas. Estas diferencias constituyen la base de la menor culpabilidad de los chicos que tienen conflictos con la justicia. Estas y otras diferencias justifican la existencia separada de la Justicia de Menores y hacen necesario un trato diferente a los chicos”, remarcó.
Ante la falta de un Régimen Penal Juvenil –todavía sigue en vigencia el Decreto Ley del Régimen Penal de la Minoridad que data de la época de facto y va en contra de los actuales paradigmas en materia de niñez-, la Justicia Juvenil se apoya en tratados internacionales. Tales tienen rango constitucional, como las Reglas de Beijing, las Directrices de Riad y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que estipula que para los adolescentes infractores se tendrá en cuenta esta circunstancia y la importancia de estimular su readaptación social. "El Comité de Derechos Humanos del Pacto Internacional reconoció la necesidad de que los procesos para el establecimiento de responsabilidad penal de los jóvenes sean conducidos de manera diferente a la de los adultos, tomando en consideración sus características especiales. Esto ha llevado a que se sostenga que el Pacto imponga, en ciertas circunstancias, garantías extras a favor de los jóvenes, en comparación con los adultos, en los procesos juveniles”, detalló.

Además, el magistrado señaló que la especialidad para el juzgamiento de estos adolescentes se debe, a la vez, en razón de su inmadurez y vulnerabilidad, debido a que requieren de protección que garantice el ejercicio de sus derechos dentro de la familia, de la sociedad y con respecto al Estado. "Es evidente que las condiciones en las que participa un chico en un proceso no son las mismas que las de un adulto. Es indispensable reconocer y respetar las diferencias de trato que corresponden a la diferencia de situación entre quienes participan en un procedimiento”, sostuvo.
En la práctica, explicó Gershani Quesada, existen distintos modelos de juzgamiento. Se trata del tribunal ordinario (juez de adultos); el mixto (con dos jueces de adultos y preside el juez especializado); el integrado por tres jueces especializados (que integran la cámara solo a efectos de juzgar), el tribunal especializado puro y el tribunal especializado mixto. Actualmente, en Catamarca está vigente el tribunal ordinario. Es decir, el joven infractor es juzgado por jueces de adultos, con normas procesales de adultos pero con la ley de fondo que tiene en cuenta su minoridad, en especial al momento de imponer la pena.
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