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Fundamentos del Tribunal Oral Federal

"Una actividad aberrante, ejecutada para obtener un lucro"

En febrero, un hombre fue declarado culpable por el delito de trata y se lo condenó a ocho años de prisión.

7 de abril de 2025 - 00:05

“Lo acontecido en este caso constituye actos discriminatorios en contra de la mujer cometidos en un contexto de violencia de género. Existieron conductas que evidencian claramente abusos de poder, mediante actos de coerción dados en el ámbito íntimo que implicó la relación de pareja entre víctima y victimario y valiéndose asimismo de la situación de notable vulnerabilidad de la víctima”, sostuvo el Tribunal Oral Federal en los fundamentos por una condena. En febrero último, un hombre fue declarado culpable por el delito de “trata de personas triplemente agravado por la situación de vulnerabilidad y violencia en la víctima, por ser el autor conviviente con la víctima y por haber logrado consumar la explotación de la víctima. Se le impuso una pena de ocho años de prisión. Además, se ordenó que el penado realice tratamiento psicológico con orientación en perspectiva de género y se dispuso como medida de reparación del daño causado, a solicitud del Ministerio Público Fiscal y la Defensoría Oficial de Víctimas, imponer el pago de $7.000.000 en concepto de indemnización, por reparación integral del daño.

La causa se había iniciado con una denuncia en la Unidad Judicial de Violencia Familiar y de Género de la Justicia provincial. En febrero de 2022, la víctima se presentó a este precinto para denunciar a su esposo por situaciones de extrema violencia intrafamiliar. En la denuncia asentó que su esposo es una persona violenta desde siempre. Para la mujer, la situación era insostenible. Contó que constantemente sentía temor. Como la casa en la que convivían era de su propiedad, solicitó la exclusión de su agresor y restricciones de acercamiento. También advirtió que su pareja tenía denuncias anteriores por “trata de personas” y “amenazas.

Un mes después, la mujer amplió su denuncia. Declaró que conocía a su denunciado desde hacía 30 años y que siempre la obligó a prostituirse. De acuerdo con su relato, la trasladó a distintas whiskerías ubicadas en distintas provincias. Llegaron a Catamarca y la obligó a trabajar en prostíbulos y en la calle.

En su denuncia, dejó en claro que el dinero quedaba en manos de su pareja. Además, remarcó que siempre la mantuvo amenazada con la finalidad de explotarla sexualmente. Ante este nuevo testimonio, la Justicia provincial declinó competencia al Fuero Federal. De acuerdo con la investigación del Ministerio Público Federal, el acusado captó a la víctima entre 1992 y 1993. Hasta 2022, amenazas mediante y valiéndose de su situación de vulnerabilidad, la obligó a ejercer la prostitución. El acusado obtuvo beneficios económicos a costa de la explotación sexual de su pareja.

“La conducta atribuida al acusado fue claramente desplegada en un contexto de violencia de género, toda vez que el hecho cometido constituye una actividad aberrante, ejecutada por una persona inescrupulosa con la sola finalidad de obtener un lucro, despreciando la esencia del ser humano, en este caso socavando la dignidad y libertad sexual de la víctima; denigrándola al punto de convertirla en objeto de mercancía, valiéndose de su situación de vulnerabilidad y ejerciendo sobre ella un patrón de conducta opresivo que incluyó abuso físico, coerción, intimidación, degradación, aislamiento y control; un factor clave en la dinámica de las relaciones desiguales de pareja en las que el tratante hace abuso de su poder sobre la víctima, quien era su esposa en este caso”, se detalló.

El Tribunal remarcó que la “trata de personas”, en este caso especial con fines de explotación sexual, es un delito con sesgo de género. Éste denota la existencia de circunstancias especiales de vulnerabilidad de mujeres y niñas que las llevan a ser susceptibles y propensas a ser víctimas de este aberrante delito.

“Como vemos, la violencia ha sido y es motivo de preocupación de los Derechos Humanos y de las instituciones responsables de las políticas públicas. Dentro de los distintos tipos de violencias, una que causa muchas víctimas, que aparece más silenciada y hasta ‘natural' o invisibilizada es la violencia contra la mujer”, se destacó en los fundamentos de la condena.

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