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Cara y Cruz

Protocolos indispensables

4 de febrero de 2026 - 00:50

La prescripción de una causa por abusos sexuales contra una adolescente supuestamente perpetrados hace 19 años expone uno de los aspectos más controversiales de la aplicación de las perspectivas de género.

Una golondrina no hace verano, podría decirse, pero no es el primer caso de sujetos sometidos a calvarios judiciales por denuncias falsas o abandonadas por los denunciantes después de radicarlas, más mortificantes porque endilgan delitos infamantes.

Estos hechos ofrecen flancos vulnerables para descargar ataques indiscriminados hacia los cambios virtuosos que se introdujeron en la gestión judicial de los delitos contra la integridad sexual y la violencia de género, respondidos a su vez con admoniciones que se niegan a registrar matices y diferencias.

La discusión se extravía en extremismos y descalificaciones que omiten abordar un elemento central: la necesidad de diseñar protocolos claros no solo para garantizar la justicia para las víctimas, sino para evitar que las denuncias sean utilizadas como instrumento de revanchas personales.

Esta deficiencia del sistema se hace más evidente cuando se advierte que, mientras algunos acusados son encarcelados de inmediato con pitos y flautas, otros transitan los procesos en libertad hasta que llegado el caso, si llega, las eventuales condenas quedan firmes. Casualmente, los primeros carecen de relaciones e influencias y los segundos no.

La aplicación de la perspectiva de género demanda protocolos claros para restringir el margen a falsas denuncias. La aplicación de la perspectiva de género demanda protocolos claros para restringir el margen a falsas denuncias.

Al ex intendente de Santa Rosa Elpidio Guaraz, por ejemplo, recién lo meterían en un calabozo ahora que la Corte le confirmó la condena de 9 años de prisión por abuso. Lo mismo puede decirse de sacerdotes y otros políticos, mientras a personas ayunas de jinetas y amistades les meten las esposas sin tantas consideraciones, que no ha de andar el poder haciéndose mala sangre con movilizaciones por cualquier cuatro de copas.

También marcan la conveniencia de establecer mecanismos adecuados de acción los casos de mujeres sometidas a violencia sistemática de las que el Estado tenía registro y terminaron asesinadas o muertas en circunstancias dudosas. Uno de los ejemplos más conmocionantes fue el femicidio de Milagro Vázquez, sometida a abusos y violencia durante 14 años por su padrastro y victimario Juan Carlos Aguilar, con el que engendró tres hijos.

Por último, los sospechosos. Que existe un sistema patriarcal bajo el cual la violencia contra las mujeres y las diversidades gozó de tolerancia e impunidad es tan inobjetable como las falsas denuncias. La perspectiva de género es una conquista militante que no merece ser empañada por aprovechamientos personales o facciosos que, por otro lado, facilitan la penetración de prédicas retrógradas y fanáticas.

En cualquier caso, la Justicia y el sistema institucional tienen que procurar sustraerse a las pasiones en busca de equilibrios que eviten tanto la desprotección de las víctimas como la ejecución sumaria de acusados.

La Sala Penal de la Corte de Justicia absolvió por prescripción a un hombre que cargó con el sanbenito de abusador de menores durante 19 años, en el marco de un expediente que estuvo 15 años sin registrar movimientos después de la denuncia. El tribunal hizo lugar al recurso que la Justicia Correccional le había negado el acusado en mayo del año pasado.

Los ministros María Fernanda Rosales Andreotti y Jorge Bracamonte consideraron que mantener abierto el expediente implicaba un “ritualismo vacío” en perjuicio del derecho a ser juzgado en plazos razonables que asiste a todo acusado. Los hechos denunciados habrían ocurrido en mayo de 2007 y la primera actuación viable para interrumpir la prescripción se produjo en diciembre de 2022. Tres lustros sin avanzar en el esclarecimiento de un delito aberrante.

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