jueves 28 de marzo de 2024
Justicia

Pachao: la memoria del caso Videla y las condenas a perpetua a dos policías

En 2005 Félix Videla (53), murió luego de ser violentamente golpeado durante su arresto. En 2007 los condenaron.

El caso de Diego Pachao y el pedido de cambio de carátula en la causa trajo a la memoria el caso de Félix Videla (53), quien murió en 2005 luego de ser violentamente golpeado durante su arresto en la comisaría de Miraflores y por el que fueron condenados policías, dos de ellos por "tortura seguridad de muerte", misma calificación que solicitó el miércoles el Ministerio Público Fiscal en la causa Pachao y que tiene a seis policías sentados en el banquillo de los acusados.

El juicio por el caso Videla, tiene también otra relación con Pachao, se realizó en la Cámara Penal de Segunda Nominación. Fue en 2007 con el Tribunal integrado por los camaristas Rodolfo Bustamante (jubilado) e integrado por los jueces Jorge Álvarez Morales y Fernando Esteban.

Los policías Ronald Aragón y Jorge Abel Romero fueron condenados como autores del delito de “torturas seguidas de muerte” y Pedro Claudio Brizuela, por "encubrimiento calificado".

Los jueces endilgaron prisión perpetua a Aragón y Romero por su actuación en el hecho ocurrido en la madrugada del 20 de octubre de 2005. Aquel día, Aragón había tenido, alrededor de la una de la mañana, un encontronazo con Félix Videla, a quien intentó arrestar porque había protagonizado, como otras veces, un incidente familiar y una vecina fue a pedir ayuda a la dependencia policial. Videla se resistió al arresto y blandiendo un sable salió a enfrentar a Aragón, quien en vano trató de reducirlo, ya que el hombre le asestó un “sablazo” al uniformado para luego darse a la fuga hacia el monte.

Aragón pidió refuerzos a través del comando radioeléctrico y desde la comisaría de Coneta llegaron Romero y Brizuela a bordo del móvil que conducía Fabián Daniel Vega. En medio de la noche comenzaron la búsqueda del evadido por todo el pueblo. Horas más tarde, ya con la colaboración de los otros efectivos, Videla fue finalmente aprehendido en la casa de un hermano, donde había ido a refugiarse.

Según la versión de los policías, también en esa oportunidad Videla trató de resistirse por lo que ellos utilizaron sólo “la fuerza necesaria” para reducirlo. Pero en el análisis de los múltiples testimonios y otros elementos de prueba, los jueces rechazaron de plano esta versión y concluyeron que, en realidad, Videla fue brutalmente golpeado cuando los policías ingresaron a la vivienda y lo encontraron durmiendo. De la declaración de dos testigos surgió que fueron Aragón y Romero los que ingresaron en la habitación y los que le propinaron la severa golpiza que, entre otras lesiones, le produjo fractura de 6 costillas, del esternón, del maxilar y del peñasco en la base del cráneo, lo cual, según la autopsia, le causó la muerte.

“Es indudable que si Aragón y el oficial Romero se encontraban altamente ofuscados por la agresión producida por Videla y su posterior ocultamiento para evitar ser aprehendido, al momento de encontrarlo durmiendo en la pieza le hayan infligido los tremendos golpes (…). Y esos golpes son los que provocaron su estado de inconsciencia a raíz de lo cual lo sacan a la rastra y lo tiran en medio del asfalto desde una altura aproximada de un metro”, destaca en un párrafo la sentencia.

Muchas versiones se tejieron a lo largo del debate sobre cómo ocurrió la muerte de la víctima, cuyo deceso se produjo recién cerca del mediodía dentro del móvil policial que lo había trasladado hasta la Capital para ser revisado por médicos.

“Las lesiones registradas en la zona torácica con fractura de costillas y esternón fueron producidas estando la víctima acostada, pues de otra manera resulta difícil que se lo haya golpeado de tal modo y ello ocurrió, sin lugar a dudas, en el momento en que se hallaba descansando en su habitación”, señalaron los jueces en la sentencia.

A diez años

El caso Diego Iván Pachao

  • El 11 de marzo de 2012 Diego Pachao fue arrestado por policías de la comisaría Séptima. Salió en ambulancia en las primeras horas del 12, en estado inconsciente. Murió el 14 de marzo.
  • La investigación judicial que pasó por diferentes instancias a lo largo de una década determinó que seis policías, de dos guardias de la Séptima, debían ser juzgados por los delitos de "vejaciones" e "incumplimiento de los deberes de funcionario público".
  • Los policías son Gustavo Eduardo Bulacios, Ricardo Barrera, Jorge Duilio Montivero, Ramón Quevedo, Ricardo Varela y Claudio Yani Nieva.
  • El debate comenzó el 8 de agosto, más de diez años después de la muerte de Pachao. Ese 8 de agosto, Diego hubiese cumplido 31 años.
  • El miércoles los fiscales solicitaron el cambio de carátula, pidieron los delitos de "tortura seguida de muerte" y "privación ilegítima de la libertad".
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Los acusados fueron condenados por la anterior Ley y tienen beneficios

Ronald Aragón y Jorge Abel Romero están alojados en el penal de Miraflores desde 2005 y fueron condenados en 2007 antes de la promulgación de la ley 27.375 (julio de 2017) y lo establecido en el artículo 56 bis, cuando estaba vigente que la prisión perpetua era de 35 años para que los condenados recién pudieran acceder a salidas transitorias, salidas laborales y la libertad condicional. Ambos accedieron a beneficios, estudiaron y se graduaron.

Aragón se recibió de abogado hace 2 años y trabaja en un estudio jurídico, en tanto Romero se recibió de técnico en Construcción y Refrigeración y trabaja desde hace 3 años en una panadería como pastelero. Ambos se encuentran a cargo del Juzgado de Ejecución Penal.

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Policía. Ronald Aragón.

Policía. Ronald Aragón.

El 28 de julio de 2017 fue promulgada la ley 27.375 en la que se realizaron numerosas modificaciones a la ley 24.660, que regula la ejecución de las penas privativas de la libertad.

Una de las principales modificaciones está plasmada en el artículo 56 bis inciso 1: “No podrán otorgarse los beneficios comprendidos en el período de prueba a los condenados por los siguientes delitos”.

La lista incluye once delitos, uno de ellos es el homicidio agravado previsto en el artículo 80 del Código Penal.

Responsables

En los fundamentos de la condena, los jueces dejaron en claro la responsabilidad de ambos policías en lo ocurrido a Videla. “Como quedó probado, los encartados (Romero y Aragón) fueron a detener al señor Videla en cumplimiento de una orden judicial y en el momento de hacerlo, quizá por venganza, desplegaron su acción disvaliosa, agrediendo e imponiéndole un grave castigo, trasladando inmediatamente al arrestado al calabozo de la subcomisaría de Miraflores, en donde presuntamente continuó la golpiza”, señala en uno de los párrafos el voto del juez Rodolfo Bustamante.

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Policía. Jorge Alberto Romero.

Policía. Jorge Alberto Romero.

“Es claro que la acción de los enjuiciados estuvo más bien dirigida a aplicar una golpiza a la víctima con el fatal resultado luego registrado y, concomitantemente arrestarlo y trasladarlo a la subcomisaría, no pudiendo extraer de las circunstancias que rodearon el hecho, que la intención directa fue causar la muerte, sino que ella sobrevino como consecuencia de las graves lesiones proferidas al momento de su arresto”, sostuvo el magistrado.

Respecto de los motivos para someter a Videla a tamaño castigo, Bustamante concluyó que “no fueron otros que el fastidio o deseos de venganza por la actitud renuente de Videla”.

Los otros policías

De los otros dos policías que llegaron a juicio, Brizuela fue absuelto del cargo de homicidio en calidad de partícipe primario -que lo exponía a una pena igual a la de Aragón y Romero- y finalmente fue condenado por “omisión de denunciar delito de tortura en concurso real con el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público”, a la pena de 5 años de prisión.

Por su parte, Fabián Daniel Vega, quien fue el chofer del móvil que llevó a los policías en busca de Videla, fue absuelto.

Informe: Gabriela Castro

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