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Condena confirmada para el ex intendente Elpidio Guaraz

"Muchas víctimas no pueden hablar por miedo, vergüenza o control coercitivo del agresor"

En septiembre del año pasado se le impuso una pena de nueve años de prisión por abuso sexual. No obstante, mantiene la libertad hasta que la sentencia quede firme.

9 de septiembre de 2025 - 00:10

“Todo ser humano tiene derecho a equivocarse. Fiscales y jueces son seres humanos que se equivocan y en este caso se equivocaron”, había expresado Ramón Elpidio Guaraz, el ex intendente de Bañado de Ovanta, Santa Rosa, el 27 de septiembre del año pasado, luego de conocer el veredicto. La Cámara de Sentencia en lo Criminal de Primera Nominación lo declaró culpable por los delitos de “privación ilegítima de la libertad agravada por ser cometida con violencia” y “abuso sexual con acceso carnal” y se le impuso una condena de nueve años de prisión. Recientemente, la Sala Penal de la Corte de Justicia de Catamarca confirmó la sentencia del Tribunal que juzgó y condenó al jefe comunal.

No obstante, Guaraz mantiene el estado de libertad hasta tanto el fallo quede firme. El abogado de la defensa, Luciano Rojas, presentó el recurso de casación. La Sala Penal, por unanimidad, resolvió “no hacer lugar al recurso de casación interpuesto y confirmar la resolución impugnada”. Para llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación tiene la posibilidad del recurso extraordinario federal. Si éste es rechazado, para la Corte de Justicia catamarqueña el fallo estaría firme. Solo le queda la posibilidad de ir en queja ante el máximo tribunal de Justicia del país. La elaboración del voto estuvo a cargo de la ministra Verónica Saldaño y tuvo la adhesión de sus pares Hernán Martel y Fernanda Rosales Andreotti.

La Sala Penal valoró que la Cámara de Sentencia, integrada por los jueces Fernando Esteban, Silvio Martoccia y Miguel Lozano Gilyam, aplicó perspectiva de género para analizar el contexto de vulnerabilidad de la víctima. A la vez se remarcó que la falta de un patrón de reacción predecible en las víctimas de abuso sexual no resta credibilidad a su relato. Respecto a los testigos que dudaban de la víctima, la Sala Penal consideró que los magistrados de Cámara fundamentaron adecuadamente por qué otorgaron preeminencia al testimonio de la denunciante.

“El tribunal ha fundamentado adecuadamente su decisión al exponer razones valederas que conducen a desestimar la credibilidad de ciertos testigos que afirman no creerle a la víctima. El recurrente no demuestra lo contrario. Los juzgadores valoraron que, si bien aquellos testigos describen a la denunciante como una persona celosa, caprichosa, nada dicen respecto a la conducta o personalidad que pongan en duda la veracidad de sus dichos. Se destacó que su propio hermano dijo que si la denunciante le hubiera contado, no sabe cómo hubiera reaccionado. Por tales razones no resulta desacertado el razonamiento del tribunal al considerar que esos posibles argumentos justifican por qué su hermana no le contó el episodio de violencia sufrido”, se explicó.

Desde esa perspectiva, para la Sala Penal, no luce desacertado el razonamiento de la Cámara de Sentencia al sostener que no es factible restar credibilidad al relato de la víctima sobre lo ocurrido en el interior de un vehículo y en la intimidad de un dormitorio porque las personas de su entorno afirmen haberlos visto bien como pareja sin haber presenciado hechos de violencia. “Resulta casi improbable dado el ámbito en el que estos delitos se ejecutan que los allegados a la víctima pudieran ser testigos de las dinámicas abusivas que ocurren en el contexto íntimo de la relación. Resulta lógico que las personas cercanas a su entorno no puedan dar cuenta de lo sucedido”, se explicó.

Además, se advirtió que es importante comprender que las víctimas de abuso sexual pueden experimentar una amplia gama de reacciones, como el deseo de mantener apariencia de normalidad o económica con el agresor -conforme quedó acreditado en el presente caso-. “Muchas víctimas temen o no pueden hablar sobre lo ocurrido debido a factores como el miedo, la vergüenza o el control coercitivo del agresor. En el presente, la denunciante recién pudo formular la denuncia habiendo transcurrido un año y siete meses de ocurridos los hechos”, se señaló.

El caso

La denuncia contra Guaraz se radicó en junio de 2021 por un hecho de 2019. Por entonces, la denunciante era una adolescente. Guaraz promediaba los 50 años y era intendente de Bañado de Ovanta, Santa Rosa. En octubre de 2022 fue imputado. En alguna oportunidad aseguró que "una organización política quiere perjudicarme". También, indicó que la acusación estaría relacionada con "un grupo de la política que ya compitió conmigo, les gané y ahora quieren perjudicarme de otra manera, no a través de las urnas".

Como de errores se aprende, Guaraz en más de una ocasión reconoció -durante el transcurso del debate- haber tenido una relación de pareja con la denunciante, que era adolescente. Durante la primera audiencia, declaró que tal vez se equivocó al haber tenido una relación con una muchacha tan joven.

"Creo que la Justicia debe cambiar un poco eso, se debe llevar de un solo testimonio”, consideró. Pese al revés judicial -hace casi un año- intentó mostrarse optimista. Cuando su condena quede firme, será debidamente esposado, detenido y trasladado al Servicio Penitenciario Provincial, en Capayán, donde purgará su condena. Ante la eventual detención y traslado al penal, Guaraz aquella vez infló el pecho y fue desafiante. “Siempre estoy preparado para todo; las injusticias se cortan. No crean que duran para siempre”, advirtió. Con la reciente confirmación de la Corte, está más cerca de comenzar a cumplir su condena.

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