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Ahora debe cumplir tres años de prisión efectiva

Lo condenaron por hurto y sumó una pena en suspenso anterior

Mantiene la libertad hasta que el fallo quede firme. Presentó el recurso de casación ante la Corte de Justicia local.

20 de abril de 2026 - 00:45

El juez Correccional de Tercera Nominación Javier Herrera había declarado culpable a Adrián Sosa en el delito de “hurto” y lo condenó a la pena de un mes y 15 días de prisión de cumplimiento efecto. Pese al veredicto condenatorio, el acusado mantiene la libertad hasta que el fallo quede firme. En la misma sentencia, el magistrado resolvió una condena anterior de tres años de prisión en suspenso que el imputado tenía registrado. De esta manera, se unificaron ambas penas en tres años de prisión de cumplimiento efectivo.

El penado presentó un recurso de casación en la Corte de Justicia de Catamarca. La Sala Penal deberá resolver el planteo. Los hechos juzgados ocurrieron en noviembre de 2023 y agosto de 2024. En el primero, Sosa ingresó a un local comercial sobre calle Chacabuco y sustrajo delineadores y una billetera. Fue demorado a pocos metros del local por personal de Tránsito cuando intentaba huir en motocicleta. En el segundo hecho, se apropió un casco y antiparras del manubrio de una moto estacionada frente al edificio de ANSES. Fue identificado por las cámaras del SAE 911 y aprehendido por el Grupo Kappa cuando intentaba descartar los objetos.

La defensa de Sosa, en su estrategia, instalar la inimputabilidad por consumo de psicofármacos pero el magistrado no hizo lugar. En este sentido, advirtió una pericia psiquiátrica del Cuerpo Interdisciplinario Forense (CIF) del Poder Judicial. Según esta prueba, no existen elementos clínicos que sugieran un trastorno psicótico que le impidiera al imputado comprender la ilicitud de sus actos al momento de los hechos.

"Lo que se pretende instalar como hechos infantiles propios de un sujeto inmerso en la droga, no son más que sucesos propios de un delincuente consuetudinario que optó por la sustracción de lo fácil, aprovechándose de víctimas desprevenidas", expresó el juez en sus fundamentos.

El punto central del fallo fue la unificación de penas. Sosa cargaba con una condena previa de tres años en suspenso, impuesta el 20 de mayo de 2024 por la Cámara de Sentencia en lo Criminal de Tercera Nominación, por delitos de “robo simple”, “robo agravado por el uso de armas” y “hurto simple”. El juez revocó la suspensión y unificó ambas condenas en tres años de prisión efectiva, aplicando el sistema composicional. La solicitud de prisión domiciliaria también fue rechazada, al no encontrar el juez causal legal que la justifique conforme a la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad. El magistrado ordenó además que, una vez que Sosa ingrese al Servicio Penitenciario Provincial, se le brinde asistencia para el tratamiento de su consumo de drogas y psicofármacos.

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