La defensa del excamarista Raúl Da Prá realizó un nuevo planteo en la Cámara de Sentencia en lo Criminal de Tercera Nominación, donde actualmente se tramita el expediente para la realización del debate oral y público de la causa mediáticamente conocida como “la videodenuncia”. Da Prá está coimputado junto con su excolega de la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Exhortos Juan Pablo Morales por el presunto delito de “cohecho pasivo agravado”. La abogada Mariana Barbitta, quien asiste en la defensa a Da Prá, presentó el planteo el martes último. De esta manera, solicitó que se declare la nulidad de todo lo actuado. Según se precisó, la defensora, luego de examinar las actuaciones, advirtió “una multiplicidad de déficits que hacen imposible la continuación del proceso”.
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La defensa de Da Prá planteó la nulidad y solicitó la suspensión
El expediente se tramita, desde noviembre último, en la Cámara de Sentencia en lo Criminal de Tercera Nominación.
Para la defensora Barbitta, “se ha llevado a cabo una instrucción penal preparatoria –una investigación- absolutamente arbitraria y nula, en particular por la falta de objetividad del agente fiscal, pero también porque las actuaciones tienen su origen en una acusación falsa, infundada y anónima. La Fiscalía, sabiendo perfectamente quién era el denunciante, jamás llevó a cabo ninguna diligencia respecto de aquel ni tampoco sobre quién sería la persona que habría filmado el supuesto hecho y ni siquiera analizó la posibilidad de que fuera el abogado de una persona privada de la libertad y/o los socios de su estudio jurídico a esa fecha”.
Una vez cerrada la investigación la causa fue elevada a juicio. El expediente ingresó a este Tribunal, donde se desarrollará el debate, en noviembre del año pasado. A mediados de marzo, cuando Barbitta asumió la defensa, uno de los primeros planteos realizados fue solicitar fecha de audiencia para que su cliente pudiera ampliar su declaración indagatoria. Como la investigación está cerrada y se está ofreciendo prueba, el acusado tendría oportunidad de declarar una vez abierto el debate. Mientras tanto, los planteos que se realicen, sólo dilatarían el proceso. En el marco de los actos preliminares ya se efectuó el control de acusación, se constituyó el Tribunal y se notificó a las partes sobre el juicio en trámite. Pasada esta etapa, estarían dadas las condiciones para poner fecha al debate oral y público. El Tribunal de este caso está integrado por el juez natural de esta Cámara, Marcelo Soria, Elizabeth Cabanillas, jueza de Ejecución Penal, y Lucas Vaccaroni, juez de Control de Garantías. El Ministerio Público Fiscal estará representado por el fiscal de Cámara, Miguel Mauvecín.
“Se ha vulnerado el derecho de defensa de Da Prá al haberse rechazado absolutamente todas las medidas probatorias que ofreció, las cuales resultaban pertinentes, y que justamente permitían vislumbrar su inocencia”, detalló.
A criterio de la abogada Barbitta, todo ello derivó en un requerimiento de citación a juicio del fiscal absolutamente nulo, que no cumple con las exigencias del código de procedimiento. Para esta defensa, este requerimiento “es contradictorio, no describe de forma clara, precisa, circunstanciada y específica el hecho por el cual se acusa a Da Prá, y a pesar de haberlo cuestionado, el Juzgado avanzó con elevar la causa a juicio sin tener en cuenta ninguno de los argumentos que planteó la defensa en su oposición. Sencillamente, hoy se encuentra elevada a juicio una causa en la que durante más de tres años de ‘investigación’ no se ha podido determinar la fecha del hecho (se mantiene un parámetro de 75 días al igual que el primer día de iniciado el expediente), no están debidamente identificados los autores y/o autoras del supuesto delito, se han asumido circunstancias de hecho que no se ven reflejadas en las evidencias que obran en la causa, y se pretende sostener todo en un video que fue remitido de forma anónima, sin conocer nada sobre su origen y que varios peritos ya han determinado que se trata de un archivo manipulado, post producido y editado.
Además, según la defensa, esta investigación “absolutamente nula” puso en jaque “la honorabilidad y el respeto que merece un exjuez provincial” y vulnera de forma clara y grave los derechos y garantías constitucionales consagrados. La defensa planteó la nulidad de todo lo actuado y solicitó la suspensión del proceso hasta tanto ésta se resuelva, “justamente, porque continuar adelante con un procedimiento en estas condiciones, supondría seguir avasallando principios, derechos y garantías que deben regir en un Estado de Derecho”.
Expediente
La punta del ovillo
- La causa se inició a mediados de 2020, tras la difusión de un video en el que se observa a Morales y Da Prá presuntamente cobrando una "coima". En el video se observa a los excamaristas al momento de recibir sobres que contendrían dinero. Los hechos habrían ocurrido entre el 5 de diciembre del 2019 y el 18 de febrero del 2020.
- La causa también tiene como imputado a Daniel Jiménez, quien estaba detenido en el Penal y que supuestamente resultaría beneficiado con el pago de la coima. Jiménez, habría enviado a un intermediario para que se reuniera con Da Prá y Morales, con la intención de hacerles entrega de la suma de $820.000 a cambio de que le revoquen la prisión preventiva que había sido confirmada.