domingo 26 de noviembre de 2023

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En el barrio Virgen Niña

Intervendría el fuero Penal Juvenil por la balacera en el sur

El único arrestado recuperó la libertad pero fueron señalados otros adolescentes. Por ello, se declina competencia.

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El único sospechoso que había sido arrestado por disparar contra un portón, el viernes por la noche en el barrio Virgen Niña, en la zona sur de la Capital, recuperó la libertad. Según se precisó, no pudo ser sindicado. En un primer momento, la “balacera en el Virgen del Niña” fue investigada por la fiscal de Tercera Nominación Gabriela de Marcos, quien se encontraba de turno.

Fuentes policiales habían indicado que se estaba produciendo un desorden. Un joven había contado a los efectivos de la Comisaría Décima que cuatro hombres que circulaban a bordo de dos motocicletas tipo 110 cc., habrían efectuado disparos con un arma de fuego contra su propiedad, para luego darse a la fuga. Ante esta situación, personal del Grupo de Intervención Rápida (GIR-Sur) realizó recorridos en las inmediaciones. A las pocas cuadras, arrestaron a un joven de 18 años –quien recuperó la libertad por no haber sido sindicado-. También se secuestró una motocicleta Motomel 110 cc., de color negro.

A medida que avanzaba la investigación y tras escuchar varios testimonios, la fiscal advirtió que había otros sospechosos, tanto adolescentes como jóvenes adultos. Ante la posible participación de adolescentes en este hecho con arma de fuego, la fiscal habría resuelto remitir el expediente a la Fiscalía Penal Juvenil, a cargo del fiscal especializado Guillermo Narváez.

Fuero de atracción

El artículo 19 de la Ley Provincial 5.544 de Régimen de Responsabilidad Penal Juvenil establece que éste ejercerá, de acuerdo con sus respectivas competencias y conforme a la etapa del proceso de que se trate, como fuero de atracción sobre todas aquellas causas en las que se encuentren imputados o procesados adolescentes de edad punibles al tiempo de acaecimiento de los hechos tipificados como delitos y, en aquellos en los que se les hubiera atribuido responsabilidad penal en forma conjunta con personas mayores de edad. De esta manera, al adolescente no se le vulnerarán sus derechos por tratarse de una persona menor de edad. En tanto que los adultos serán procesados, en un fuero especializado para adolescentes, pero tratados como adultos. Es decir, se realiza un abordaje desde lo particular hacia lo general.n

EL DATO

Ley 5544

En enero de 2019 entró en vigencia la Ley Provincial 5544 de Creación del Régimen Penal Juvenil.

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