Impositiva 2026: se propone una suba del 29,6% promedio y mantienen descuentos
El beneficio por el pago anual anticipado del impuesto Inmobiliario y Automotor será del 15%. Este año la reducción fue del 20%.
En la Cámara de Diputados ya se estudia el proyecto de Ley Impositiva 2026, que el Gobierno elevó a la Legislatura esta última semana. En términos generales, el Ejecutivo asegura que busca actualizar los parámetros de la tributación provincial para mantener una "distribución equitativa de las cargas", propone incrementos nominales en los impuestos inmobiliarios y automotores y mantiene los descuentos por pago anual anticipado, aunque con una ligera reducción respecto a la ley vigente: este año, el descuento por el pago anual anticipado del inmobiliario y automotor fue del 20%, mientras que se propone un 15% para el año próximo.
El ministro de Hacienda y Obra Pública, Juan Marchetti, estará en la Comisión de Hacienda de la Cámara baja este martes, junto al equipo de la Agencia de Recaudación Catamarca, para dar detalles de este proyecto y los presupuestos.
Según informó el Gobierno en la presentación, se propone para el ejercicio 2026 una continuidad con los lineamientos de política tributaria, "adecuando la normativa a las nuevas realidades económicas que surgen en la actualidad y manteniendo una distribución equitativa de las cargas tributarias sin alterar el equilibrio de las finanzas provinciales". En este sentido, el valor de la Unidad Tributaria se adecua en un 29,6%, lo que a criterio del Ejecutivo es "un porcentaje razonable según los indicadores económicos, respetando lo establecido por INDEC, según Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado de enero a septiembre del corriente año y proyección de octubre a diciembre". Esto significa que la Unidad Tributaria, que en 2025 fue de $78 pesos, subirá el año próximo a $101,5.
"Esta propuesta ratifica la política estatal de la Provincia de otorgar beneficios fiscales para impulsar la actividad y promover inversiones en materia industrial, de energía renovable, agropecuaria, turística y de la economía del conocimiento a través de leyes vigentes, a saber: Promoción industrial Ley 2.968; Inversiones Agropecuarias e Industria de materia prima Ley 5.022; Promoción de Inversión Turística Ley 5.267; Beneficios a los Proyectos de Energías Renovables Ley 5.490; Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento Leyes 5.639 y 5.705", precisó el ministro Marchetti en la nota de elevación.
Impuesto Inmobiliario
Se mantiene el porcentaje de descuento hasta un máximo del 15% de descuento para el pago anticipado anual, para aquellos contribuyentes que extingan la obligación tributaria anual antes del vencimiento del primer anticipo, no posean deudas de períodos fiscales al momento de la extinción y tengan constituido el Domicilio Fiscal Electrónico hasta la fecha del pago.
Impuesto a los Automotores
Los mínimos establecidos para cada categoría se incrementarán en un 29,6% manteniéndose las alícuotas aplicables respecto del año anterior. Se establece la exención del impuesto a los automotores a los vehículos con una antigüedad igual o superior a 20 años al 31 de diciembre del 2025 y se mantiene el descuento del 15% para el pago anticipado anual para aquellos contribuyentes que extingan la obligación tributaria anual antes del vencimiento del primer anticipo. A su vez, este impuesto tendrá un tope del 29,6% de aumento con relación al periodo fiscal anterior.
Impuesto a los Sellos
El Gobierno sostiene la tasa cero (0) a casi todos los actos, contratos y operaciones en general, pero quedan alcanzados los inherentes a las operaciones con automotores, la construcción, proveedores del Estado y se gravan en su totalidad las operaciones mineras, todas estas "por sus implicancias en la actividad de la Provincia".
Ingresos Brutos
El proyecto define las escalas y los montos fijos que deberán ingresar los contribuyentes del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, en función de su categoría de revista en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes Nacional. Aquel contribuyente que cumple con sus obligaciones y que está comprendido en el Régimen Simplificado Provincial del Impuesto sobre los Ingresos Brutos será beneficiado con un descuento del 15% por pago en término de cada anticipo correspondiente al periodo fiscal 2026. Asimismo, para quienes inicien actividad en este régimen durante el ejercicio fiscal 2026, se los eximirá del pago del tributo por los primeros doce meses.