En el Juzgado de Control de Garantías del Tribunal Penal Juvenil se llevó a cabo la audiencia de prisión preventiva por un intento de homicidio. María Eugenia Castro y María Gilda Márquez, madre e hija, oportunamente fueron imputadas por el presunto delito de “homicidio calificado por alevosía en grado de tentativa”. Rosana Murúa, la víctima, resultó gravemente herida. Ayer, el fiscal del fuero especializado Guillermo Narváez, solicitó que ambas acusadas continúen privadas de la libertad, con prisión preventiva.
Fuentes consultadas por El Ancasti indicaron que el fiscal había considerado la gravedad del delito que se reprocha como así también el riesgo procesal. A su turno, el abogado defensor de madre e hija, Juan Pablo Morales, planteó algunas nulidades. Luego, la audiencia pasó a un cuarto intermedio. El viernes, se conocerá la resolución.
El hecho de violencia ocurrió la noche del 20 de enero último, en el Salón de Usos Múltiples del barrio 140 Viviendas, en El Bañado, Valle Viejo. Rosana Murúa resultó gravemente herida, con un golpe en la cabeza y una puñalada en el pecho. La joven se desplomó. De inmediato, fue trasladada al Hospital San Juan Bautista e ingresó a cirugía con riesgo de muerte. En un primer momento, la causa fue investigada por el fiscal de Instrucción Laureano Palacios, luego continuó la fiscal de Instrucción Valeria Reyes, ambos del Distrito Este.
El 28 de enero, el juez de Control de Garantías, Marcelo Sago confirmó la detención de ambas mujeres. Tras la resolución del magistrado, las dos acusadas fueron trasladadas a la Unidad de Mujeres Nº 2 en la ciudad Capital.
El 5 de febrero, la mujer fue dada de alta. Una vez recuperada la víctima, la fiscal escuchó su testimonio. Murúa señaló que, además de haber sido atacada por Castro y Márquez, fue agredida por un adolescente de 16 años. Ante esta situación, la fiscal Reyes declinó competencia al Tribunal Penal Juvenil y remitió el expediente a la Fiscalía del fuero especializado.
Fuero de atracción
El artículo 19 de la Ley Provincial 5.544 de Régimen de Responsabilidad Penal Juvenil, establece que éste ejercerá, de acuerdo con sus respectivas competencias y conforme a la etapa del proceso de que se trate, como fuero de atracción sobre todas aquellas causas en las que se encuentren imputados o procesados adolescentes de edad punibles al tiempo de acaecimiento de los hechos tipificados como delitos, y en aquellos en los que se les hubiera atribuido responsabilidad penal en forma conjunta con personas mayores de edad. De esta manera, al adolescente no se le vulnerarán sus derechos por tratarse de una persona menor de edad. En tanto que los adultos serán procesados, en un fuero especializado para adolescentes, pero tratados como un adultos. Es decir, se realiza un abordaje desde lo particular hacia lo general.