Testigos. Barros pidió que testifiquen el fiscal general Alejandro Gober y el fiscal federal Rafael Vehils Ruiz.
En la acusación que formuló contra el fiscal de instrucción Hugo Costilla, el fiscal del Jury, Augusto Barros, evitó referirse a la investigación que precipitó la sentencia de nulidad de las absoluciones pagas por el violento asalto de Parque América en la Sala Penal de la Corte de Justicia. De este modo, busca desacoplar el desarrollo del juicio político que decidió instigar de la posición que eventualmente tome al respecto la Sala de Doble Conforme de la misma Corte, ante la cual fue apelado el fallo.
Es un detalle clave, porque Costilla solicitó al tribunal del Jury que suspenda el proceso abierto en su contra hasta que Doble Conforme se expida.
Barros desistió de utilizar los elementos que incriminan a Costilla surgidos de la investigación sobre los procedimientos que desembocaron en la nulidad de las absoluciones pagas, realizada por la fiscal Paola González Pinto por orden la Fiscalía General.
En cambio, elaboró un enfoque propio en el que destaca el hecho de que Costilla no se ajustó a los protocolos establecidos para las causas penales de alto impacto social y no informó a la Fiscalía General sobre la gestión del controvertido expediente.
“Lo que torna particularmente grave esta omisión es que, durante buena parte del trámite de la causa, el fiscal había venido informando regularmente los avances del expediente. Sin embargo, al momento crítico de prestar conformidad al acuerdo de reparación integral y requerir el sobreseimiento de los imputados, optó por excluir de la comunicación institucional precisamente el tramo decisivo del proceso”, destaca el fiscal del Jury.
En este marco, Barros solicitó el testimonio del fiscal general, Alejandro Gober.
También pide que sea convocado a testificar el fiscal federal Rafael Vehils Ruiz, a quien Costilla le negó acceso a los dispositivos informáticos secuestrados en el asalto, que solicitó porque la víctima era Matías Rolón Reynoso, encausado por las criptoestafas perpetradas en RT Inversiones. Vehils Ruiz cifraba expectativas en obtener datos valiosos para su propia pesquisa de esos aparatos, pero Costilla no respondió a sus pedidos de colaboración.
Lo que Barros objeta, en definitiva, no es la habilitación del acuerdo de partes para extinguir la acción penal en sí, sino las conductas irregulares previas del fiscal que indujeron tal desenlace.
No lo dice, pero se desprende de sus argumentos: lo que sentencie la Sala de Doble Conforme sobre la nulidad de las absoluciones, en cualquier sentido, no tiene nada que ver con las transgresiones que le endilga a Costilla, algunas de las cuales, a su criterio, podrían configurar delitos como prevaricato o incumplimiento de los deberes del funcionario público.
No se trata de sutilezas técnicas.
Tal vez sea posible discutir desde el punto de vista jurídico si la conciliación de partes, contemplada en el Código Penal, se ajusta o no a derecho en casos como el del violento asalto de Parque América. Barros considera que no, pero el eje de su acusación no pasa por ahí, sino por el modo en que Costilla llevó adelante la investigación de un delito que provocó gran conmoción social menos por las características del hecho que por los involucrados.
Es sobre tales imputaciones que debe defenderse el fiscal enjuiciado, no sobre la juridicidad literal del polémico convenio.
De hecho, tal vez sería más razonable que Doble Conforme aguardara el desenlace del Jury por si se verifica que las conductas de Costilla contaminaron el criterio del juez de Garantías Rodolfo Maidana, que renunció para acogerse a la jubilación y quedó exento del juicio político pero fue, en definitiva, quien firmó la homologación del acuerdo de partes.