sábado 21 de marzo de 2026
Economía

La Cámara de la Construcción reclama medidas para el sector

Advierten sobre el inminente peligro de una grave crisis del sector.

En el marco de la periódica reunión del Consejo Federal de la Cámara Argentina de la Construcción, los consejeros plantearon los problemas que afectan a las empresas asociadas que ejecutan obras públicas y reclamaron medidas para resolver o apaciguar la situación.

“De no actuarse inmediatamente, estas (problemáticas) podrían llevar a graves efectos sobre el empleo en el sector con peligro en la continuidad de las empresas”, advierte la Cámara Argentina de la Construcción en una Declaración.

“Luego de un periodo de alta actividad y empleo en el sector, financiado en gran proporción con el patrimonio de las empresas, en forma directa o a través de crédito bancario, en los últimos meses se ha pasado, de un desequilibrio financiero, a una grave afectación económica, de alto impacto, que consumirá los patrimonios de las empresas”, explica el documento.

Y añade: “El agravamiento de los guarismos de inflación de los costos; el cambio de las condiciones de comercialización de los insumos más importantes; las dificultades de abastecimiento; la imposibilidad de toma de créditos para restituir Capital de Trabajo, ante tasas exorbitantes; Sistemas de ajuste de Precios totalmente irrepresentativos de la realidad, llevarían a una paralización del sector por imposibilidad de acción, con sus evidentes efectos sobre el empleo y la actividad regional”.

“En razón de todo ello, debemos advertir sobre el inminente peligro de una grave crisis del sector, instando a las autoridades de todas las jurisdicciones (Nacional, Provincial y Municipal) a tomar razón de ello y proceder a tomar las medidas que lo resuelvan o atenúen”, señala.

En este sentido, la Declaración establece como mínimo cuatro medidas para paliar la problemática del sector:

“1.-Pago urgente e integro de los trabajos ejecutados, incluidos los certificados básicos, sus redeterminaciones provisorias y definitivas y los intereses por mora en el pago según la ley aplicable, en todos los contratos vigentes incluso los realizados por Convenios entre Jurisdicciones, obras en general realizadas por empresas PyMEs de todo el país”, comienza.

“2. Aprobación y certificación de las redeterminaciones de precios en trámite en momentos en qué, por la alta inflación sufrida, estas redeterminaciones constituyen una parte sustancial de la remuneración del contratista. Incluso con demoras violatorias del artículo 22 del Decreto 691/16Esto es más grave aún en contratos por Convenio con Provincias o municipios, en que se suman dos jurisdicciones a la tramitación”, sigue.

“3. Posibilidad por el Contratista de neutralizar los plazos de obra, sin penalidades ni congelamientos, hasta que la situación sea resuelta pues, todos estos inconvenientes severos, conocidos por cada autoridad y contratista, seguramente han afectado ya el ritmo de obra, por imposibilidad financiera para mantenerlo, con un atraso consecuente en la ejecución de los trabajos y en el cumplimiento de la curva de inversiones contractual. Los consecuentes congelamientos del precio solo aceleran, en forma espiral, el prejuicio que cada empresa sufre ya”, detalla.

“4. Se requiere la adopción de medidas para reconducir los contratos en ejecución, en cuanto aprecios y plazos, de tal manera de posibilitar su continuidad y evitar, o como mínimo atenuar, los efectos de una paralización total, que sin exagerar, tendría rasgos catastróficos”, concluye.

“Hemos advertido a las autoridades y reiteramos enfáticamente ahora la necesidad imperiosa de adoptar medidas urgentes que mitiguen o extingan estas situaciones ya que, de mantenerse, afectarán fuertemente la ejecución de las obras, produciéndose una ruptura en el mantenimiento de la inicial ecuación económica financiera de los contratos, con la consecuente afectación del patrimonio de las empresas”, concluye el documento.

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