Por unanimidad, la Corte de Justicia impuso al director de la Obra Social de los Empleados Públicos, Julio Cabur, el pago de una multa diaria de $ 100 por el incumplimiento de una sentencia definitiva que fue dictada en marzo de este año. La multa correrá a partir de la notificación, que se realizó el lunes pasado, y el director deberá cumplirla con sus propios recursos.
En marzo de este año, a través de la sentencia 11/18 se hizo lugar a una acción de amparo promovida por un afiliado en contra de la OSEP. La obra social debía dar cumplimiento a la provisión de una droga.
“No obstante, la existencia de un pronunciamiento firme y consentido, la autoridad administrativa no dio cumplimiento a lo ordenado”, expresa la Corte en esta nueva resolución.
Los jueces sostienen que surge evidente la actitud renuente de la autoridad administrativa en cumplir la orden judicial y considera procedente la aplicación de sanciones conminatorias.
La medida apunta al “incumplimiento injustificado por parte del director de la OSEP en dar respuesta a los oficios remitidos por este máximo tribunal y en tal carácter resulta sujeto pasible de la sanción patrimonial que por este pronunciamiento se impone, la que deberá ser soportada personalmente por el director”.
De esta forma la resolución establece una sanción de $ 100 por cada día de atraso en la provisión del medicamento, la que comenzará a correr a partir de la notificación, que se produjo el lunes 2. "Todo ello por considerarse que encuentra causa directa con la desobediencia al mandato judicial y guardar estrecha relación con la fuerza de la resistencia puesta por el obligado a responder, destinatario de la orden judicial".
La Corte no hizo lugar al pedido para girar las actuaciones a la Justicia Penal, que será el último recurso si no se cumple con la provisión del medicamento.
Antecedente
En febrero de este año la Corte de Justicia ya emitió un fallo contra la Obra Social de los Empleados Públicos, que obligaba al organismo a pagar el 100% de un medicamento a una afiliada. En la resolución, el máximo tribunal cuestiona a la OSEP por el cobro de un coseguro teniendo en cuenta la situación financiera de la demandante. Además, le recomendaba que exija al Estado provincial el pago de la totalidad de los aportes que le debe.