Saadi celebró el levantamiento de la suspensión en Alumbrera
El ministro de Gobierno, Gustavo Saadi, destacó la normalización de las actividades de producción en el yacimiento Bajo La Alumbrera a partir de la documentación aportada por el Gobierno.
Saadi dijo que "quedó claramente demostrado que actuamos correctamente, porque de manera constante el Estado realiza controles a través de los organismos competentes: el cuidado ambiental es prioritario para Catamarca, y verificamos la situación en forma permanente. Y me parece oportuno felicitar a todo el equipo de técnicos que llevan adelante los estudios, desde geólogos y químicos hasta el último ayudante, porque han demostrado una capacidad y un nivel de compromiso extraordinario".
"La Provincia pone el acento desde el primer día en la preservación del medio ambiente, y aquí no hay margen de polémica porque todos los informes de impacto ambiental llevan a un mismo resultado, lo que demuestra que puede desarrollarse la actividad de modo responsable, en armonía y un sano equilibrio entre la producción minera y el entorno natural", sostuvo.
El ministro consideró que "esta decisión judicial es muy alentadora, porque en primer lugar garantiza los puestos de trabajo de quienes ya están empleados, y por otra parte ofrece un marco de seguridad jurídica y garantía para futuros emprendimientos, muchos de los cuales ya están en etapa de exploración. Y debe quedar claro que con cada emprendimiento estamos hablando de trabajo para más compovincianos".
"Creo importante destacar la tarea que llevó adelante el equipo de Gobierno, desde la Asesoría General que conduce Pablo Gallardo hasta la Secretaría de Minería, porque juntos pusieron sobre la mesa todo lo actuado y rápidamente lograron revertir una decisión que evidentemente era injusta", analizó.
"Estuvimos muy atentos a la situación judicial que se había planteado, y obramos como debíamos hacerlo, con seriedad y responsabilidad", señaló el ministro para añadir que "era una cuestión judicial que debía resolverse en ese ámbito, tal como sucedió".
En cuanto al rol determinante de la Provincia, explicó que "actuamos en silencio porque creemos que cuestiones de esta magnitud no deben politizarse, y por otro lado teníamos la plena certeza de la calidad de los trabajos de control que venimos realizando hace años. Lo que hicimos ante la decisión de la Cámara Federal de Tucumán fue acercar toda la documentación necesaria para demostrar que nunca estuvo en riesgo el ambiente, porque así se desprende de los innumerables estudios realizados".
Saadi señaló que "al incorporarse esta documentación como elemento de prueba, naturalmente la suspensión quedó sin efecto, lo cual nos genera satisfacción porque logramos resguardar la estabilidad de los trabajadores, que era nuestra mayor preocupación".
"Hay litigios de naturaleza compleja que pueden llevar años hasta resolverse, pero aquí la Provincia intervino de manera rápida y eficaz, con los resultados que afortunadamente están ahora a la vista de toda la comunidad", concluyó.
"No tenía sustento"
El doctor Pablo Gallardo, asesor General de Gobierno, recibió con beneplácito el fallo de la Justicia Federal, al observar que "no podía de ninguna manera darse más relevancia a una tesis particular, sin respaldo empírico, que a todos los informes oficiales que se realizan desde hace años, siguiendo todos los protocolos y requerimientos que exige la actividad".
Gallardo dijo que Catamarca revirtió la suspensión en virtud del trabajo realizado en ámbitos judiciales, por lo cual "recibimos directivas precisas de la Gobernadora sobre cómo actuar, con la premisa de utilizar todas las herramientas legales para defender el interés de los catamarqueños y el bien común. Pudimos llevar ese trabajo adelante, por lo que quiero hacer un reconocimiento especial a la doctora María Guadalupe Pérez Llano, directora de Coordinación del cuerpo de abogados oficiales, y a todo el equipo de Asesoría de Gobierno, que se desempeñó en forma excelente".
En cuanto a los aspectos técnicos del fallo, Gallardo explicó que "la clave de este tema es que las exigencias de controles que mencionó la Cámara Federal para ordenar la suspensión, ya se habían cumplido. Siempre se realizaron todos los estudios de impacto ambiental, sólo que no los contemplaron al ordenar esta medida porque no los habían requerido".
"Una vez dictada la suspensión, actuamos para que quedara sin efecto, porque una de las características principales de la medida precautoria es su mutabilidad; de ahí la posibilidad una vez decretada de pedir su ampliación, mejora o sustitución", detalló.
En este caso, al solicitarse el levantamiento de la suspensión ordenada por la Cámara Federal de Tucumán "se advierte la incorporación de elementos de prueba que no han podido ser valorados al momento de dictarse la medida cautelar", incluyendo "controles posteriores a los informes valorados" por quien dictó la suspensión.
De la documentación aportada por la Provincia "se desprende que se han realizado controles técnicos por parte de la Dirección Provincial de Gestión Ambiental Minera de la Provincia (DIPGAM). De ello se deriva prima facie, que se han tomado las medidas necesarias para la protección del medio ambiente, lo que surge de las Resoluciones de la Secretaria de Estado de Minería", que cumplen con todas "las exigencias determinadas por el órgano de aplicación".
"Se advierte de las resoluciones agregadas a la causa, que la actividad minera llevada a cabo por las demandadas ha sido objeto de controles periódicos por parte de la citada autoridad de aplicación, emitiéndose al efecto diversas resoluciones aprobatorias de los informes de impacto ambiental, y sus correspondientes actualizaciones".
El fallo de la Justicia Federal es claro cuando señala que todos los informes indican que "la sub-cuenca superior y media del cauce del Rio Vis Vis, no reconoce una modificación del contenido natural de sus constituyentes que pudiera derivarse de la actividad del complejo minero Bajo de la Alumbrera, como así tampoco se reconocen perturbaciones en el contenido natural de los constituyentes del aluvión de crecida, ni del suelo, ni del agua superficial, ni del agua subterránea, de la cuenca del Rio Vis Vis, que sean atribuibles a la explotación del yacimiento Bajo de la Alumbrera".
Son informes oficiales y por lo tanto debe otorgárseles credibilidad, ya que "el Estado no necesita declarar que su actividad es ilegítima; la presunción de legitimidad de que gozan sus actos administrativos significa que ellos deben considerarse legítimos hasta la prueba y declaración en contrario".
"A criterio del Tribunal la medida precautoria cuestionada se ha tomado teniendo en cuenta un informe pericial que data del año 2008, que tiene como origen una tesis de maestría del año 2002, con una información del año 1999, circunstancia por la cual no reflejaba la situación actual de la actividad de control ejercida por el Estado Provincial", observó la Justicia Federal para dejar sin efecto la medida de suspensión, lo cual quiere decir que se basaba en informes desactualizados y especulativos, descalificados por los controles posteriores.