Jubilados piden igualdad con funcionarios capitalinos
Para fijar la escala salarial de los funcionarios de la Municipalidad de la Capital se toma como referencia el sueldo total que percibe el Gobernador, incluidos los adicionales de antigüedad y título. Para el cálculo del 82% móvil se excluyen los adicionales personales de Brizuela.
Integrantes de Asociaciones de Jubilados calificaron como injusto que deban ser sometidos al tope aplicado por el Poder Ejecutivo Provincial para el cobro del 82% móvil. Es que para el pago de la asignación complementaria la provincia no considera el sueldo total que percibe el gobernador Eduardo Brizuela del Moral, incluidos los adicionales personales como antigüedad y título. En cambio, y de acuerdo con la legislación que está vigente para la Municipalidad de la Capital, el intendente, concejales y funcionarios perciben sus sueldos en función de todos los ingresos que recibe el primer mandatario provincial que totalizan unos $10.800.
Aunque se trata de situaciones diferentes (unos son activos y otros pasivos) hay coincidencia generalizada entre los jubilados de que se plantea una situación de desigualdad, ya que la ordenanza 3987, aprobada en enero de 2006, que establece la escala salarial de la Municipalidad de la Capital fija que la retribución del intendente municipal será equivalente al 90% del importe total que, por cualquier concepto o denominación que se le dé, tenga asignado mensualmente el Gobernador de la provincia. Además, para los demás funcionarios de la Municipalidad y el Concejo Deliberante de la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca se les fija una retribución equivalente a un porcentaje de la remuneración del intendente municipal.
José Ermes Agüero, integrante de la Asociación de Jubilados Autoconvocados, consideró que se genera desigualdad porque funcionarios y jubilados no son medidos con la misma vara. De todos modos, los jubilados defienden la legislación que indica que para el pago de la movilidad se debe contemplar el sueldo total del Gobernador y sobre ello calcular el 82% móvil. De allí surgiría el tope que ningún jubilado podría superar, ya que la ley 4094 establece que nadie podría ganar más que el primer mandatario provincial.
En este momento la provincia sólo tomó como referencia para el cálculo del sueldo del Gobernador y para el pago de la movilidad: la asignación por categoría ($4.940); la compensación por canasta familiar ($1.734) y el adicional por Responsabilidad ($490) que en total suman $7.164, con lo que el 82% del sueldo del primer mandatario es de $5.874, aproximadamente. Los jubilados reclaman que para el cálculo del 82% móvil se tenga en cuenta el ingreso total de Brizuela del Moral que se acerca a los $10.800 por la antigüedad (33 años en la administración pública) y el título universitario por el que percibe un 25% de la asignación de la categoría y que representa unos $1.235. En tanto que por el pago de la antigüedad suma $3.300. Planteo
Por su parte, el profesor Luis López, integrante de la misma Asociación, recordó que en octubre del año pasado se hizo una presentación ante la Oficina Provincial de Asuntos Previsionales en la que se denuncia que el Poder Ejecutivo dispuso topes engañosos y perjudiciales para los jubilados, sin ninguna base institucional, porque no se incluyeron ni se incluyen en la retribución que recibe el Gobernador los adicionales particulares de título y antigüedad que están fijados en la ley 3.198, entre otros, indica.
De acuerdo con las estimaciones que realizan en un estudio particular, el tope para los jubilados debería ser de $9.253 si se toma como referencia la escala salarial vigente.
Esta situación daña desmesuradamente el patrimonio de un dilatado grupo de jubilados provinciales, y a pesar de los reclamos no se advierten cambios en la actitud de las autoridades, señala la presentación. Y advierte que se deja abierta la posibilidad de iniciar acciones judiciales en contra de las autoridades responsables.