martes 2 de diciembre de 2025
Tragedia de la Alcaidía

Marcos Gandini: "Mis clientes eran los principales interesados en demostrar su inocencia"

El abogado defensor resaltó que la demora judicial impidió un juicio que, según dijo, hubiera permitido acreditar que los policías actuaron para salvar a los jóvenes.

El día de ayer se dio a conocer que La Sala Penal de la Corte de Justicia de Catamarca, por mayoría, resolvió el sobreseimiento de cuatro policías imputados por "homicidio culposo agravado por el número de víctimas fatales": Adrián Antonio Mansilla, Luis Alberto Leiva, Juan Carlos Reyes y Adriana del Valle Galván. En el marco de la causa conocida como "Tragedia de la Alcaidía". En este contexto, el abogado Luis Marcos Gandini brindó una entrevista en el programa Mañana Central, de Ancasti Streaming, en la que se refirió a la causa y al recurso de casación que presentó -y al cual la Corte hizo lugar- en representación de Mansilla y Leiva.

El hecho ocurrió el 9 de septiembre de 2011. Los adolescentes Franco Ezequiel Nieva (16), Nelson Alfredo Orlando Molas (17), Nelson Nahuel Fernández (15) y Franco Alejandro Sosa (16) murieron calcinados en una celda de la Alcaidía ubicada en avenida Colón y Mendoza.

Gandini, por su parte, se refirió al tiempo que transcurrió desde ese momento sin que la causa llegara a una resolución judicial. "En realidad no se ha resuelto la prescripción, sino la insubsistencia de la acción penal", aclaró el letrado. "Esta insubsistencia es un instituto jurídico creado a raíz de una garantía constitucional que es que toda persona tiene derecho a ser juzgada dentro de un plazo razonable", explicó.

Según detalló, la causa fue elevada a juicio en 2015 y radicada en el Juzgado Correccional Nº 1. Desde entonces, debían dictarse tres decretos: "El artículo 358, el artículo 360 y la fijación de juicio. (…) A partir de esos tres decretos han pasado 10 años. Era evidente que se había violado esta garantía constitucional, tanto para las víctimas como para las personas sometidas al proceso". "Ayer la Corte notificó que hacía lugar a ese recurso y declaraba la insubsistencia de la acción penal, sobreseyendo a todos los imputados", indicó el abogado.

Consultado por el voto de la ministra Rosales -quien advirtió sobre la "desidia" y la "inacción" judicial que impidieron la realización del debate judicial-, Gandini señaló: "Eso ya es una cuestión del Poder Judicial. La magistrada ordena que se remitan copias a Sumarios para investigar si algún funcionario incurrió en incumplimiento de sus funciones. Eso es aparte de lo que a mí me compete".

Gandini también cuestionó que se hable de impunidad con respecto al fallo. "He visto muchos comentarios. Les puedo garantizar que mis clientes eran los principales interesados en demostrar su inocencia. Las maniobras y los traumas que ellos han tenido por intentar salvar a esos jóvenes… Ellos estaban solos contra un incendio voraz", afirmó. "Les habían apuntado a ellos porque supuestamente no habían hecho bien una requisa, cuando en el lugar existía una ventana que conectaba con la cárcel de mujeres, cuando estuvieron otras guardias también, cuando esos jóvenes quizá no deberían haber estado ahí por el tiempo que había transcurrido", cuestionó.

El abogado insistió en que la demora tornó inviable cualquier defensa efectiva: "El excesivo tiempo transcurrido ya no es justicia. Es muy difícil ejercer una defensa ante 10 años de una causa que no avanzó y ante 15 años de los hechos". Finalmente, destacó que no conoce antecedentes provinciales de una decisión similar: "A nivel nacional existía un fallo en la causa del expresidente Menem, donde se declaró la insubsistencia de la acción penal. A nivel provincial, yo no tengo noción de otro caso".

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