miércoles 11 de septiembre de 2024
Prisión perpetua para Vera

"Ha tenido un total desprecio a la condición humana de la mujer"

Rechazaron el recurso de casación interpuesto por la defensa de Vera. Le queda la instancia de recurso extraordinario.

La Corte de Justicia rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa de Naim Vera, quien fue condenado a prisión perpetua por el femicidio de Brenda Micaela Gordillo.

El fallo del máximo tribunal local se conoció ayer al mediodía lo que provocó la inmediata reacción de familiares y allegados a Brenda Micaela, quienes celebraron la resolución y anunciaron para hoy a la mañana una conferencia de prensa y posterior suelta de globos.

El Ancasti tuvo acceso a la resolución de 92 páginas en las que los siete miembros de la Corte de Justicia coincidieron en el rechazo del recurso de casación interpuesto por Gonzalo Ferreras, defensor de Vera. La disidencia estuvo en el análisis de si correspondía que el homicidio de Brenda Gordillo cuente con el agravante previsto en el artículo 80, inciso 1 del Código Penal, es decir el agravamiento de la figura del homicidio cuando la víctima hubiera mantenido una relación de pareja.

Ferreras había aducido en la casación que Vera no tenía la entidad suficiente para generar la “íntima confianza” que deviene de una relación de pareja, en razón de que no reunían los requisitos de publicidad, permanencia y proyectos de vida en común; al contrario, fue transitorio, viciado y condicionado por una mentira (falso embarazo)".

El primer voto fue redactado por María Fernanda Rosales Andreotti, quien señaló "que no exige la ley que haya existido alguna clase de relación sexual, ni que la consideración social determine a los involucrados como pareja, ni que formalmente sean considerados como tales. En esta instancia, entiendo que hay relación de pareja cuando existe un vínculo de confianza especial entre dos personas, sostenida con momentos de vida compartidos, reservada a la autonomía y privacidad de cada una de ellas que debe interpretarse conforme al contexto social y cultural en el que transcurre y se desarrolla". Su voto fue acompañado por Hernán Martel, Fabiana Gómez, Vilma Molina y Raúl Cipitelli.

Los votos en disidencia por este aspecto fueron de Miguel Figueroa Vicario y José Ricardo Cáceres. El primero manifestó que el tribunal que sentenció a Vera no tuvo en cuenta sus dichos.

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En el banquillo. Naim Vera, condenado en mayo a prisión perpetua por la Cámara Penal de 1ª nominación.

En el banquillo. Naim Vera, condenado en mayo a prisión perpetua por la Cámara Penal de 1ª nominación.

"No consideró la versión brindada por el propio imputado en oportunidad de ejercer su derecho de defensa. Vera detalló el momento y las circunstancias en las que conoció a la víctima, el tipo de vínculo que tuvieron -solo relaciones sexuales ocasionales y consentidas-, aclarando que nunca hubo afecto entre ellos, que no existió una relación sentimental, que no eran novios, que no eran nada. Refirió a los motivos por los cuales optó por continuar en contacto con Brenda, enfatizando en que tenía miedo porque ella lo amenazaba con contarle a sus padres que estaba embarazada de él", expresó.

La decisión fue unánime en relación al agravante del "femicidio".

Rosales Andreotti señaló que no era necesario que tuviera que acreditarse que existiera violencia de género previa "sino que basta probar una relación de asimetría de poder del varón hacia la mujer".

"Vera decidió ponerle fin a la vida de Brenda porque ella le había dicho que estaba embarazada y no accedió al pedido de él de abortar, lo que le impediría continuar con su proyecto de vida, que en lo inmediato consistía en comenzar sus estudios universitarios en la provincia de Córdoba", y agregó que Brenda "estaba condicionada al cumplimiento de las expectativas del acusado, quien ha tenido un total desprecio hacia la condición humana de la mujer, la ha minimizado, la ha cosificado, por cuanto si no accede a someterse a su decisión -la realización del supuesto aborto-, no merece continuar con su vida, porque ello le frustra sus expectativas y sus proyectos futuros. Es decir, se trata de un tipo de violencia específico, que está directamente vinculado al género de la víctima".

Tras conocerse los fundamentos de la Corte, a la defensa le queda la instancia del recurso extraordinario el cual, de ser admitido, será analizado por la Corte de Justicia.

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Marcharon por las calles de la ciudad por Brenda.

Marcharon por las calles de la ciudad por Brenda.

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Mi niña hermosa x fin puedo decir que hoy puedes descansar en.Paz .Se hizo Justiciaaa x lo que tanto luchamos ...

Publicado por Justicia Por Brenda Micaela Gordillo en Miércoles, 16 de marzo de 2022

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